Decreto Ejecutivo 161 de 1995
Decreto Ejecutivo 161 de 1995
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Decreto Ejecutivo 161 de 1995
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9señales
4tipos presentes
5bloques señalados
273palabras · 13 oraciones
Decreto Ejecutivo 161 de 1995
**Artículo 1.** Art.
**Artículo 2.** En todo caso en que el interesado no aporte los permisos , así se hará constar en la respectiva Escritura Pública. Art.
**Artículo 3.** Art.
**Artículo 4.** Art.
**Artículo 5.** En cualquier caso, el propietario de un inmueble exonerado solicitar de la Administración Tributaria que la certifique el plazo de exoneración del Impuesto de Inmueble a que tiene derecho. Art.
**Artículo 6.** El presente Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Panamá, a los 16 días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cinco (1995).
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