Por el cual se reglamenta la contratacion y remuneracion de los trabajadores que realicen sus actividades en los cruceros internacionales dedicados al transporte de pasajeros, entretenimiento y recreacion en naves registradas en la…TipoDecreto EjecutivoNúmero4Año1994Fecha25 feb 1994Gaceta22459Artículos4
**Artículo 1.** La contratación de los trabajadores abordo de las Cruceros Internacionales dedicados al Transporte de Pasajeros, Entretenimiento y Recreación en Naves Registradas en la República de Panamá puede hacerse por tiempo indefinido, por tiempo definido y por viaje, tal como la establece el Capítulo Octavo de la Sección Primera del Libro Primero del Código de Trabajo.
**Artículo 2.** La remuneración de las personas que trabajen a bordo de las naves de servicio Internacional de pasajeros, entretenimiento y recreación, podrá hacerse por primas, primas complementarias, comisiones, bonificaciones, regalías y cualesquiera otros modalidades de pago, de acuerdo con las costumbres y usos marítimos internacionales y en el cual se garantice un ingreso no inferior a doscientos balboas (B/.200.00) mensuales.
**Artículo 3.** Las infracciones contenidos en este Decreto Ejecutivo serán sancionadas por las autoridades administrativas o jurisdiccionales de trabajo con multa de cien balboas (B/.100.00) a quinientos balboas (B/.500.00), la cual será triplicada en caso de reincidencia.
**Artículo 4.** Este Decreto comenzará a regir o partir de su promulgación. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en la ciudad de Panamá, a los 25 días del mes de febrero de mil novecientos noventa y cuatro.
Comunidad · Norma
La conversación
Preguntas, observaciones y lecturas compartidas sobre esta norma. Las intervenciones son públicas; no sustituyen el texto oficial.
Aún no hay intervenciones. La primera lectura puede abrir la conversación.
✦ La lectura es pública. Para participar necesitas Premier activo. Ver mi cuenta
Subrayar por intervalo, sin la barra
Selecciona palabras de un artículo o indica un intervalo. Sin JavaScript, escribe también el texto exacto y todo el prefijo que lo precede dentro del bloque.