**Artículo 19.** El eobro del impuesto de prctue.
ción de cigarrillos a las empresas que te-gan
celebrado con el Gobierno Nacional contratos relativos a dicha industria, será efectuado por medio del sistema de máquinas franqueadoras.
**Artículo 2.** ? El Organo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Hacienda y Tesoro, restablecerá, en caso de urgeneia motivada por desperfectos mecánicos de las máquinas franqueadoras, el uso de las estampillas e implantará un sistema análogo para al recaudación del impuesto a que se refiere el presente Decreto, mientras dure el arreglo de dichos desperfectos
**Artículo 39.** Este Decreto comenzará a regir desde su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Comunidad · Norma
La conversación
Preguntas, observaciones y lecturas compartidas sobre esta norma. Las intervenciones son públicas; no sustituyen el texto oficial.
Aún no hay intervenciones. La primera lectura puede abrir la conversación.
✦ La lectura es pública. Para participar necesitas Premier activo. Ver mi cuenta
Subrayar por intervalo, sin la barra
Selecciona palabras de un artículo o indica un intervalo. Sin JavaScript, escribe también el texto exacto y todo el prefijo que lo precede dentro del bloque.