Legislación
Decreto de Gabinete 41 de 2002: Por medio del cual se desarrollan las disposiciones concernientes al Régimen de Aduanas de acuerdo a lo establecido en la Ley No. 41 de 1º de julio de 1996.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División↑ | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 252 | Vencido el plazo máximo establecido, el vehículo o equipo rodante que continué en el país será decomisado en poder de quien se encuentre, salvo que su propieta… | Capítulo X. Destinaciones Aduaneras Especiales o de Excepción Régimen de viajero | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 592 |
| Artículo 253 | Los envíos de socorro son mercancías enviadas para ayudar a víctimas de catástrofes, las cuales podrán incluir vehículos u otros medios de transporte, alimento… | Capítulo X. Destinaciones Aduaneras Especiales o de Excepción Régimen de viajero | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 332 |
| Artículo 254 | Se incluyen dentro de los envíos de socorro todo equipamiento y otros medios de transporte especializados, animales entrenados, provisiones, víveres, efectos p… | Capítulo X. Destinaciones Aduaneras Especiales o de Excepción Régimen de viajero | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 432 |
| Artículo 255 | En los casos de los dos artículos anteriores y por la urgencia de introducción de los bienes a que se hace referencia, las formalidades aduaneras aplicables de… | Capítulo X. Destinaciones Aduaneras Especiales o de Excepción Régimen de viajero | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 212 |
| Artículo 256 | Son mercancías destinadas a ser consumidas o vendidas a pasajeros y a miembros de la tripulación a bordo de las embarcaciones y aviones, y que se encuentren ya… | Capítulo X. Destinaciones Aduaneras Especiales o de Excepción Régimen de viajero | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 338 |
| Artículo 257 | Es el régimen aduanero aplicable a las mercancías que se cargan a bordo de un medio de transporte aéreo, fluvial o marítimo, en un punto del territorio aduaner… | Capítulo X. Destinaciones Aduaneras Especiales o de Excepción Régimen de viajero | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 247 |
