**CONSIDERANDO:**
Que a través del Decreto 41 de 15 de octubre de 2020 se modificó el horario y los días de atención de las Direcciones Regionales debido al auge de las inscripciones en los partidos políticos en tiempo de pandemia.
Que según el artículo 18 del Decreto 29 de 2022 se puede llevar a los ciudadanos a cualquiera de las oficinas del Tribunal Electoral, según las normas que se establezcan para restringir la aglomeración de personas desde el 15 de agosto de 2022.
Que el artículo 4 del Decreto 11 de 2017 establece que el horario de inscripción de adherentes en los puestos de inscripción será de ocho horas, en horario de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.
Que es menester establecer el mismo horario de atención para la recolección de firmas por libre postulación y para la inscripción de adherentes en partidos políticos.
Que el numeral 9 del artículo 33, de la Ley 5 de 9 de marzo de 2016, Orgánica del Tribunal Electoral, permite establecer los horarios de apertura y cierre de todas sus oficinas a nivel nacional.
**Artículo 1.** Las oficinas regionales de Organización Electoral y oficinas distritales del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo) atenderán de manera presencial en un horario de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., de lunes a domingo, la inscripción de adherentes en partidos políticos y la recolección de firmas de respaldo por la libre postulación, incluyendo los días feriados con excepción del 25 de diciembre de 2022 y 1 de enero de 2023. En el caso de la libre postulación la recolección de firma será hasta el mediodía del 31 de julio de 2023. A partir del 1 de febrero de 2023 las inscripciones de miembros en partidos políticos, de manera presencial, se harán solamente en las oficinas del Tribunal Electoral de lunes a viernes en horario regular.
**Artículo 2.** Las regionales especiales de Panamá Este, Panamá Norte, Panamá Centro (Ave. Ricardo J. Alfaro) y Arraiján atenderán en sus oficinas en un horario de lunes a domingo de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., incluyendo los días feriados, sin contar el 25 de diciembre de 2022 y 1 de enero de 2023. La recolección de firma para los precandidatos por libre postulación será hasta el mediodía del 31 de julio de 2023. A partir del 1 de febrero de 2023 las inscripciones de miembros en partidos políticos se harán, de manera presencial, solamente en las oficinas del Tribunal Electoral de martes a sábado en horario regular.
**Artículo 3.** Las inscripciones en partidos políticos y recolección de firmas de respaldo para la libre postulación, en lugares que carecen de conectividad, se realizarán en un horario de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., incluyendo las regionales especiales.
**Artículo 4.** Deberá darse un aviso previo a la dirección regional u oficina distrital respectiva cuando el número de ciudadanos a presentarse para inscripción en partidos políticos o firmas de respaldo para la libre postulación, sea mayor a 25 personas.
**Artículo 5.** De conformidad con las circunstancias que se generen, en uso de su potestad, el Tribunal Electoral (reconocida por el modelo), podrá realizar los ajustes que estime convenientes.
**Artículo 6.** Este decreto empezará a regir desde el día siguiente a su publicación.