**CONSIDERANDO:**
Que el numeral 3 del artículo 9 de la Ley 5 de 2016, Orgánica del Tribunal Electoral, dispone que en materia de administración son funciones del Tribunal Electoral crear, suprimir o reformar las direcciones, departamentos, unidades administrativas y cargos que estimen necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias.
Que mediante Decreto 30 de 2014 se aprobó la nueva Estructura Organizativa y el nuevo Manual de Organización y Funciones del Tribunal Electoral.
Que el Decreto 40 de 2019 modificó el Decreto 30 de 2014 reestructurando la Dirección de Servicios Administrativos como Dirección Administrativa y le incorporó las subdirecciones de Compras y Administrativa.
Que la Dirección Administrativa tiene como objetivo garantizar la atención de las necesidades institucionales, en cuanto a la comunicación, a través de la red nacional de radio, mantenimiento de las áreas verdes, el aseo de edificios, conservación de documentos del archivo institucional, la administración de la flota vehicular, la seguridad institucional, las compras, la recepción de los bienes; así como los registros y control de los bienes patrimoniales y la impresión de documentos, de forma eficiente y oportuna.
Que en la actualidad el Departamento de Bienes Patrimoniales pertenece a la estructura organizativa de la Dirección de Finanzas, pero ambas tienen responsabilidades distintas con relación a los bienes, por lo que es necesaria su separación, para garantizar el cumplimento de lo establecido en el Manual de Normas Generales y Procedimientos para la Administración y Control de los Bienes Patrimoniales (Activos Fijos e Intangibles y Bienes no Amortizables).
Que el referido cambio conlleva eliminar de la estructura organizativa de la Dirección de Finanzas el departamento de Bienes Patrimoniales y trasladarlo a la Dirección Administrativa, como un departamento de la Subdirección Administrativa.
Que es necesario modificar la Estructura Organizativa y el Manual de Organización y Funciones del Tribunal Electoral.
**Artículo 1.** Eliminar de la estructura organizativa de la Dirección de Finanzas el departamento de Bienes Patrimoniales y trasladarlo a la Dirección Administrativa, como parte de la Subdirección Administrativa.
**Artículo 2.** Aprobar los cambios realizados a la Estructura Organizativa y al Manual de Organización y Funciones del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo), con relación a la estructura y organización de la Dirección Administrativa y de la Dirección de Finanzas, tal como ha sido confeccionado por la Dirección de Planificación, conforme aparece en el Anexo del presente decreto.
**Artículo 3.** Este decreto modifica el Decreto 30 de 18 de noviembre de 2014 (reconocida por el modelo), que aprobó la nueva Estructura Organizativa, el Manual de Organización y Funciones del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo) y sus anexos, y el Decreto 40 de 17 de septiembre de 2019 (reconocida por el modelo), que modifica la Estructura Organizativa y el Manual de Organización y Funciones del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo) en lo referente a la Estructura y Organización de la Dirección de Servicios Administrativos.
**Artículo 4.** El presente decreto rige a partir del día siguiente al de su publicación.