**CONSIDERANDO:**
Que el numeral 3 del artículo 9 de la Ley 5 de 9 de marzo de 2016, Orgánica del Tribunal Electoral, dispone que son funciones del Tribunal, en materia de administración, crear, suprimir o reformar las direcciones, departamentos, unidades administrativas y cargos que estimen necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias.
Que con el fin de cumplir con la función antes descrita y mejorar continuamente los servicios que presta el Tribunal Electoral, el Pleno mantiene un seguimiento permanente del trabajo que desarrollan las distintas unidades que conforman la institución, impartiendo las directrices que considere necesarias para tal fin.
Que el objetivo de la Dirección de Comunicación es fortalecer la imagen institucional, a través de la comunicación, información y divulgación transparente, objetiva y oportuna al público interno y externo, de los acontecimientos y actividades vinculadas al Tribunal Electoral y con la medición del grado de satisfacción de los ciudadanos.
Que con el propósito de complementar y reforzar las funciones de la Dirección de Comunicación, se hace necesario crear el Departamento de Diseño Gráfico, que tendrá entre sus funciones, la creación de conceptos visuales para la comunicación de ideas o elementos que identifiquen los proyectos institucionales que sean asignados.
Que la creación del Departamento de Diseño Gráfico, implica la modificación de la Estructura Organizativa y el Manual de Organización y Funciones del Tribunal Electoral.
**Artículo 1.** Crear el Departamento de Diseño Gráfico adscrito a la Dirección de Comunicación.
**Artículo 2.** Aprobar los cambios realizados a la Estructura Organizativa y al Manual de Organización y Funciones del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo), elaborado por la Dirección de Planificación, de conformidad con el anexo del presente decreto.
**Artículo 3.** Para garantizar la eficacia y eficiencia del Departamento de Diseño Gráfico, el Despacho Superior definirá los perfiles de cargos, salarios y los procedimientos operativos que sean necesarios para su buen funcionamiento.
**Artículo 4.** Este Decreto modifica el Decreto 30 de 2014 (reconocida por el modelo) que aprobó la nueva Estructura Organizativa y el Manual de Organización y Funciones del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo) con relación a la Dirección de Comunicación.
**Artículo 5.** Este decreto rige a partir de su publicación.