República de Panamá CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA EXPEDICIÓN Y PAGO DEL CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN, CUYO FINANCIAMIENTO HAYA SIDO APORTADO POR EL PROPIO CONTRATISTA METRO DE PANAMÁ, S.A.
Febrero de 2019 REPÚBLICA DE PANAMÁ CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIRECCIÓN SUPERIOR
FEDERICO A. HUMBERT Contralor General
NITZIA R. DE VILLARREAL Subcontralora General
CARLOS A. GARCÍA MOLINO Secretario General
DIRECCIÓN NACIONAL DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD
ELY BROKAMP I. Directora
FELIPE ALMANZA Subdirector
DEPARTAMENTO DE REGULACION DE FONDOS Y BIENES PÚBLICOS PRÓSPERO ROSAS C. Jefe LETICIA R. DE RODRÍGUEZ Supervisora
ABRAHAM I. MUÑIZ. S. Analista DIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA
JAMES E. BERNARD V. Director
DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORÍA GENERAL
OLDEMAR GUERRA ESPINOZA Director
DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN GENERAL
LUTZIA FISTONIC B. Directora METRO DE PANAMÁ, S.A.
DESPACHO SUPERIOR ROBERTO ROY Director General
DIRECCIÓN DE INGENIERÍA E INFRAESTRUCTURA AGUSTÍN ARIAS Director
UNIDAD DE CONTRATOS E INVERSIONES ELIZABETH PÉREZ C. Administradora de Proyectos
DIRECCIÓN DE FINANZAS EVA MUÑOZ Directora
EILYN CASTILLO Analista Financiero
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DANIEL MEANA Director
OFICINA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL OMAR CASTILLO Jefe ÍNDICE
INTRODUCCIÓN I.
ASPECTOS GENERALES A. Objetivo del Manual de Procedimientos B. Concepto del Certificado de No Objeción C. Base Legal D. Alcance
II.
CONTROLES INTERNOS A. Generales B. Específicos B.1. Requisitos para la Expedición del Certificado de No Objeción B.2. Requisitos para el Pago de los Certificados de No Objeción
III.
PROCEDIMIENTOS A. Presentación y Perfeccionamiento del Informe de Avance de Trabajo B. Aceptación o Rechazo de la Factura y Perfeccionamiento del Certificado de No Objeción C. Pago a Través de la Gestión de Cobro ANEXOS GLOSARIO INTRODUCCIÓN
La Contraloría General de la República, a través de la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad en coordinación con las Unidades Administrativas del Metro de Panamá, S.A., ha elaborado el documento titulado “Manual de Procedimientos para la Expedición y Pago del Certificado de No Objeción, cuyo Financiamiento haya sido Aportado por el Propio Contratista”. El presente documento comprende tres capítulos y un apéndice referente a los anexos y el glosario; los mismos deben ser de uso obligatorio para este manual de procedimientos. El primer capítulo, se refiere a los Aspectos Generales, en él se incluyen el Objetivo del Manual de Procedimientos, Concepto del Certificado de No Objeción, Base Legal, que corresponde a los conceptos normativos y el Ámbito de Aplicación. El segundo capítulo, trata sobre los Controles Internos Generales y Específicos. El tercer capítulo, describe los Procedimientos. Como práctica establecida en nuestra Dirección, estos procedimientos no pretenden fijar pautas inflexibles; por consiguiente, estamos anuentes a considerar las recomendaciones que surjan de su aplicación, las que pedimos tengan a bien presentarlas a la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad I. ASPECTOS GENERALES A. Objetivo del Manual de Procedimientos Establecer los controles y procedimientos para la expedición de los Certificados de No Objeción, que utilice el Metro de Panamá, S.A.
B. Concepto del Certificado de No Objeción Documento que certifica el reconocimiento y la aprobación de un pago a que tiene derecho un Contratista contra el Metro de Panamá, S.A., conforme al modelo que se adjunta en este documento y que puede ser cedido a una o más Cesionarias o Cesionarias Subsiguientes, mediante una Cesión de Crédito.
C. Base Legal
Constitución Política de la República de Panamá de 1972 reformada por los Actos Reformatorios de 1978, por el Acto Constitucional de 1983 y los Actos Legislativos No.1 de 1993 y No.2 de 1994. Artículo 280 (numeral 2). Publicado en la Gaceta Oficial Nº25176 de 15 de noviembre de 2004.
Código Civil de la República de Panamá, “Ley 2 de 22 de agosto de 1916”. Artículos 1084, 1279 y 1598”. Publicada en la Gaceta Oficial N°2404 de 22 de agosto de 1916.
Código de Comercio de la República de Panamá, “Ley 2 de 22 de agosto de 1916”.
Artículo 789. Publicada en la Gaceta Oficial N° 2418 de 4 de septiembre de 1916.
Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, “Que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 61 de 2017”. Artículo 90. Publicado en la Gaceta Oficial N°28483-B de 14 de marzo de 2018.
Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, “Por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República”. Publicada en la Gaceta Oficial N°20188 de 20 de noviembre de 1984.
Ley N°38 de 31 de julio de 2000, “Que aprueba el Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Administración, regula el Procedimiento Administrativo General y dicta disposiciones especiales”. Artículo 46. Publicado en la Gaceta Oficial Nº24109 de 2 de agosto de 2000.
Ley N°6 de 22 de enero de 2002, “Que dicta normas para la transparencia en la gestión pública, establece la acción de Hábeas Data y dicta otras disposiciones”. Artículo 9. Publicado en la Gaceta Oficial Nº24476 de 23 de enero de 2002.
Ley 67 de 14 de noviembre de 2008, “Que desarrolla la Jurisdicción de Cuentas y reforma la Ley 32 de 1984, Orgánica de la Contraloría General de la República”. Artículo 90. Publicado en la Gaceta Oficial Digital Nº26169 de 20 de noviembre de 2008.
Ley Núm.109 de 25 de noviembre de 2013, “Que dicta el marco regulatorio relativo al Sistema Metro de Transporte de Personas”. Artículo 56. Publicado en la Gaceta Oficial
N°27421 de lunes 25 de noviembre de 2013.
Decreto Ejecutivo No.8 de 26 de enero de 2016, “Que reglamenta el procedimiento para la notificación de Cesiones de Crédito según lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 76 de la Ley 22 de 27 de junio de 2006”. Artículo 1. Publicado en la Gaceta Oficial N°27956-B de 26 de enero de 2016.
Decreto Ejecutivo No.40 de 10 de abril de 2018, “Que reglamenta la Ley 22 de 2006, que regula la Contratación Pública”. Publicado en la Gaceta Oficial Digital Nº28502-B de 11 de abril de 2018.
Decreto N°.234 de 22 de diciembre de 1997, “Por el cual se adopta las Normas de Contabilidad Gubernamental”. Artículo 1. Publicado en la Gaceta Oficial Nº23451 de 2 de enero de 1998.
Decreto N°214-DGA de 8 de octubre de 1999, “Por el cual se emiten las Normas de Control Interno Gubernamental para la República de Panamá”. Punto 3.3.1. Norma de Control Interno para para el Área de Presupuesto; 3.3.2. Norma de Control Interno para para el Área de Tesorería; 3.3.4. Norma de Control Interno para para el Área de Contabilidad. Publicado en la Gaceta Oficial Nº23946 de 14 de diciembre de 1999.
Decreto N°.420-2005-DM y SC de 26 de septiembre de 2005, “Por el cual se actualiza el documento titulado Manual General de Contabilidad Gubernamental”. Artículo 1. Publicado en la Gaceta Oficial Nº25424 de 14 de noviembre de 2005.
Decreto Núm.220-2014-DMySC de 25 de julio de 2014, “Por el cual se adoptan las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en la República de Panamá”.
**Artículo 1.** Publicado en la Gaceta Oficial Digital Nº27646 de 20 de octubre de 2014. Decreto Núm.01-2017-DNMySC de 3 de enero de 2017, “Por el cual se aprueba el Manual General de Contabilidad Gubernamental basado en las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP)-Versión II.” Artículo 1. Publicado en la Gaceta Oficial Digital Nº28198-A de 17 de enero de 2017. Decreto Núm.58-2018-DNMySC de 16 de octubre de 2018, Por el cual se aprueba el “Manual de Procedimientos para la Notificación y Registro de la Cesión de Crédito Provenientes de Contratos de Llave en Mano” en el Metro de Panamá, S.A. Artículo 1. Publicado en la Gaceta Oficial N°28644-B de 30 de octubre de 2018. Decreto Núm.60-2018-DMySC de 19 de octubre de 2018, “Por el cual se actualiza la Estructura Organizativa de la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad de la Contraloría General de la República y se aprueba el Manual de Organización y Funciones de esta Dirección”. Artículo 1. Publicado en la Gaceta Oficial Digital Nº28652A de 12 de noviembre de 2018. Resolución de Junta Directiva No.01-2015 de 23 de noviembre de 2015, “Que aprueba el Reglamento para el reconocimiento de créditos resultantes de proyectos que desarrolla el Metro de Panamá, S.A. cuyo financiamiento haya sido aportado por el propio Contratista y se adopta procedimiento para la notificación y el registro de cesiones de dichos créditos y la gestión de cobro de los mismos”. Publicado en Gaceta Oficial N°27928-A de 15 de diciembre de 2015. Circular Núm.3-2012-DMySC de 7 de agosto de 2012, Segunda Versión del Formulario Gestión de Cobro. Publicada en la Gaceta Oficial N°27247 de 18 de marzo de 2013. D. Alcance Aplica a los Contratistas, Cesionaria y/o Cesionaria(s) Subsiguiente(s), que tengan un contrato “llave en mano” con el Metro de Panamá, S.A. y todas las unidades administrativas del Metro de Panamá, S.A., involucradas en los trámites de los Certificados de No Objeción. II. CONTROLES INTERNOS A. Generales 1. La máxima autoridad del Metro de Panamá, S.A., será responsable de la adecuada ejecución del manual de procedimientos, a través de las diferentes unidades administrativas delegadas, según sus funciones. 2. La Contraloría General de la República, puede ejercer el control previo y posterior a todos los actos administrativos, que involucre fondos y bienes públicos. 3. La Dirección Nacional de Ingeniería de la Contraloría General de la República, debe realizar la revisión del Informe de Avance de Trabajo (soporte de cuentas) y sus documentos sustentadores, además de la verificación de la información en campo posterior a la solicitud formal realizada a esta instancia por parte del MPSA, una vez el contratista y la entidad haya preparado y realizado el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) preliminar, el cual debe ser presentado al fiscalizador de obra. 4. La Oficina de Auditoría Interna del Metro de Panamá, S.A., puede realizar audito o investigaciones en cualquier momento del proceso cuando así lo amerite, sin detrimento del que pueda ejercer la Contraloría General de la República; el resultado de la misma se presentará ante la Junta Directiva del Metro de Panamá, para que se adopten medidas administrativas, penales o patrimoniales, según sea el caso. 5. El Metro de Panamá, S.A., incluirá en su presupuesto las partidas presupuestarias, a fin de contar con los recursos financieros para pagar los Certificados de No Objeción y gestionará ante el Ministerio de Economía y Finanzas, la inclusión en el anteproyecto del Presupuesto General del Estado, que dicho Ministerio remitirá anualmente a la consideración de la Asamblea Nacional. 6. En las obras, cuyo financiamiento haya sido aportado por el propio contratista, el MPSA, deberá garantizar la supervisión del proyecto, a través de un contratista o por unidades administrativa. 7. La Dirección de Ingeniería e Infraestructura del Metro de Panamá y la unidad de Control del Proyecto, en complemento al Informe de Avance de trabajo Anexo Núm.1, deberán entregar una certificación, la cual debe venir firmada por ambas figuras con el siguiente texto: “La Dirección de Ingeniería e Infraestructura del Metro de Panamá, S.A. y la Unidad de Control del Proyecto, certificamos que los trabajos ejecutados en campo cumplen con las especificaciones técnicas y con los planos del contrato. Las cantidades y montos porcentuales de avance son correctos y corresponde a lo ejecutado en campo.” B. Específicos B.1. Requisitos para la Expedición del Certificado de No Objeción 1. Para la expedición del Certificado de No Objeción por parte del Metro de Panamá, S.A., el contratista debe presentar los siguientes documentos: a. Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) y el aseguramiento de la calidad que deberá ser presentado en un formato debidamente firmado, al Metro de Panamá, S.A., con la información y periodicidad exigida en el pliego de cargos y/o el contrato correspondiente. b. Paz y Salvo del contratista, emitido por la Dirección General de Ingresos. c. Paz y Salvo del contratista, emitido por la Caja del Seguro Social. d. Factura(s) comercial(es) por el valor del Informe de Avance de Trabajo, la(s) cual(es) quedará(n) en poder del Metro de Panamá, S.A., una vez haya(n) sido aceptada(s). 2. El Metro de Panamá, S.A., debe entregar el modelo del Informe de Avance de Trabajo (Anexo Núm.1) al contratista, a través de la Dirección de Ingeniería e Infraestructura. B.2. Requisitos para el Pago de los Certificado de No Objeción 1. Para el trámite del pago de los Certificados de No Objeción, a través de la gestión de cobro, se deberán cumplir con los siguientes pasos: Procedimiento 1. La documentación necesaria para efectuar el trámite de la gestión de cobro, se deberá presentar al Metro de Panamá, S.A., con un mínimo de noventa (90) días calendario de antelación a la fecha efectiva de pago indicada en cada Certificado de No Objeción, fecha en la cual el Metro de Panamá, S.A., efectuará el pago de los créditos reflejados en cada Certificación de No Objeción. En el caso que un Certificado de No Objeción sea emitido por el Metro de Panamá, S.A., durante los noventa (90) días calendarios antes de la fecha de pago detallada en dicho Certificado de No Objeción, este podrá incluirse en una gestión e cobro para el pago en la fecha indicada en el Certificado de No Objeción. De haberse registrado la Cesión de Crédito y haberse dado la aprobación de dicha cesión por el Metro de Panamá, S.A., y haberse notificado a la Contraloría General de la República. Aplica a Contratista Cesionaria(s) X X X 2. En caso de que la(s) Cesionaria(s) o la(s) Cesionaria(s) Subsiguiente(s) o el Agente de esta(s), sea una entidad o sucursal registrada en el Registro Público de Panamá, deberá(n) presentar ante el Metro de Panamá, S.A., junto con el formulario de gestión de cobro, los siguientes documentos: a. El (los) original (les) del (de los) Certificado(s) de No Objeción a ser cobrado(s). b. Certificado de Registro Público en original y vigente del Agente, de la(s) Cesionaria(s) o de la(s) Cesionaria(s) Subsiguiente(s) o del agente de esta(s); c. Fotocopia cotejada por Notario Público de la cédula o pasaporte vigente del Representante Legal o de la persona autorizada para firmar el formulario de gestión de cobro. d. En caso de que el firmante del formulario de la gestión de cobro no sea el Representante Legal, se adjuntará copia autenticada ante Notario Público, del poder emitido para facultar al firmante. e. Paz y salvo vigente emitido por la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas de la(s) Cesionaria(s) y/o Cesionaria(s) Subsiguiente(s) o del Agente de esta(s). f. Paz y salvo vigente emitido por la Caja del Seguro Social de la(s) Cesionaria(s) y/o Cesionaria(s) Subsiguiente(s) o del Agente de esta(s). 3. En casos de que la(s) Cesionaria(s) y/o Cesionaria(s) Subsiguiente(s) o del Agente de esta(s), no sean entidades constituidas en Panamá y que no tengan sucursal registrada en el Registro Público de Panamá, deberán presentar junto al formulario de gestión de cobro, los siguientes documentos: a. El (los) original (les) del (de los) Certificado(s) de No Objeción a ser cobrados. b. Certificado de Existencia original y vigente, emitido por la autoridad competente, con vigencia de un año al momento que se presente la gestión de cobro. c. Fotocopia cotejada, ante Notario Público, de la cédula o del pasaporte vigente de la persona autorizada para firmar el formulario de gestión de cobro. d. Certificado u otro documento emitido para facultar al firmante de la gestión de cobro. e. Certificado de no contribuyente de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas. f. Certificado de No Patrono de la Caja del Seguro Social. 4. Los documentos arriba detallados (puntos 2 y 3), que provengan del extranjero deberán ser apostillados o autenticados ante el Consulado panameño y si está en un idioma que no es el español, deberá traducirse al español por un traductor público autorizado en Panamá. 5. En el supuesto de que la fecha indicada en el Certificado de No Objeción se cumpla, y una o más Cesionarias o Cesionarias Subsiguientes no se encuentren paz y salvo con la República de Panamá, con el Tesoro Nacional o con la Caja del Seguro Social, queda entendido que esta circunstancia no limitará el derecho de aquellas Cesionarias y Cesionarias Subsiguiente que sí se encuentren paz y salvo, de modo que se dé trámite a la gestión de cobros de estas últimas. 6. El trámite con respecto a la(s) Cesionaria(s) y/o Cesionaria(s) Subsiguiente(s) que no se encuentren(n) paz y salvo, quedará suspendido, hasta tanto se cumpla con dichos requisitos legales y estas no tendrán derecho a reclamo de intereses por mora alguna. 7. Las disposiciones no contempladas en este capítulo, se entenderán aplicables, según la resolución de junta directiva No.01-2015. III. PROCEDIMIENTOS A. Presentación y Perfeccionamiento del Informe de Avance de Trabajo 1. Contratista Entrega el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) (Soporte de Cuenta) en borrador y la documentación sustentadora a Control de Proyecto. 2. Control de Proyecto Recibe el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) (Soporte de Cuenta) en borrador y la documentación sustentadora, revisa la información, verifica en campo, que los trabajos realizados cumplan con lo establecido en el contrato y con las normas legales panameñas. De haber inconsistencias, devuelve al contratista para que subsane. De estar todo en orden, coordina con el contratista, la fecha para la visita en sitio, en la cual debe participar personal de la Dirección de Ingeniería e Infraestructura del Metro de Panamá, S.A. y de la Dirección Nacional de Ingeniería de la Contraloría General de la República. Envía el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) (Soporte de Cuenta) en borrador y la documentación sustentadora, a la Dirección Nacional de Ingeniería de la Contraloría General de la República. 3. Contraloría General de la República Dirección Nacional de Ingeniería Fiscalizador de Obras Revisa, previo a la visita a campo, el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo Núm.1) en borrador y copia de los documentos sustentadores presentados por el Control de Proyecto. Verifica en campo, con el personal de la Dirección de Ingeniería e Infraestructura del Metro de Panamá, Control de Proyectos y el contratista, posterior a la solicitud de fiscalización formal, que el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) en borrador presentado, cumpla con lo establecido en el contrato y con las especificaciones técnicas; de no cumplir con lo requerido, instruye que se realicen las correcciones; de estar todo en orden, se procede con el trámite que corresponde. Archiva el borrador Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) en borrador y las copias de los documentos sustentadores, en espera de la presentación del Informe de Alcance de Trabajo (Soporte de Cuenta) original para la firma. 4. Contratista Firma el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo Núm.1), adjuntando la documentación sustentadora y las facturas respectivas y entrega al Control de Proyecto. 5. Control de Proyecto Recibe el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos sustentadores; de existir inconsistencias en la documentación, devuelve al contratista para que efectué las subsanaciones. De estar todo en orden, firma el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1). Remite el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos sustentadores a la Dirección de Ingeniería e Infraestructura del Metro de Panamá, S.A. 6. Metro de Panamá, S.A. Dirección de Ingeniería e Infraestructura Unidad de Contratos e Inversiones Recibe el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Soporte de Cuenta) (Anexo Núm.1) y los documentos sustentadores, revisa la documentación, de existir inconsistencias, devuelve a Control de Proyectos para que se realicen los ajustes respectivos. De estar en orden, remite la documentación al director, a través de un memorando firmado por la Administradora de Proyectos. Director Recibe el memorando, el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos sustentadores. Verifica la información, sella, firma Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1). Remite a la Dirección General. 7. Dirección General Director Recibe el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos sustentadores. Revisa y firma el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1). Remite a la Dirección de Ingeniería e Infraestructura. 8. Dirección de Ingeniería e Infraestructura Unidad de Contratos e Inversiones Recibe los documentos, los introduce en un expediente, folia toda la documentación. Remite los documentos al fiscalizador de obras de la Dirección Nacional de Ingeniería de la Contraloría General de la República. 9. Contraloría General de la República Dirección Nacional de Ingeniería Fiscalizador de Obras Recibe el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos sustentadores, verifica y confronta con sus archivos, que la información del informe presentando, sea la misma que se revisó en campo. De tener objeción, devuelve para subsanar al Metro de Panamá, S.A.; de no haber inconsistencia, sella, firma, registra en el sistema de control, el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo Núm.1). Remite a la Dirección de Ingeniería e Infraestructura del Metro de Panamá. 10. Metro de Panamá Dirección de Ingeniería e Infraestructura Recibe el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos sustentadores, verifica las firmas respectivas y lo remite a la Dirección de Finanzas. MAPA DE PROCESO PRESENTACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO CONTRATISTA CONTROL DE PROYECTO (MANAGEMENT) METRO DE PANAMÁ, S.A. DIRECCIÓN GENERAL DIRECCIÓN INGENIERÍA E INFRAESTRUCTURA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Dirección de Ingeniería ENTREGA EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO Y LA DOCUMENTACIÓN SUSTENTADORA. UNIDAD DE CONTRATOS E INVERSIÓN, REVISA EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES, DE ESTAR DE ACUERDO REMITE AL DIRECTOR CON UN MEMORANDO. DIRECTOR, VERIFICA EL INFORME DE AVANCES DE TRABAJO, LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES Y EL MEMORANDO. SELLA, FIRMA EL INFORME DE AVANCES DE TRABAJO. RECIBE EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO. REVISA Y FIRMA EL INFORME. INTRODUCE LOS DOCUMENTOS EN UN EXPEDIENTE, FOLIA TODA LA DOCUMENTACIÓN. VERIFICA INFORME DE AVANCE DE TRABAJO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES, PRESENTANDO SEA LA MISMA QUE SE REVISÓ EN CAMPO. REGISTRA EN EL SISTEMA DE NO TENER OBJECIÓN, SELLA Y FIRMA. DE TENER OBJECIÓN DEVUELVE PARA SUBSANAR. REVISA EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO Y LA DOCUMENTACIÓN SUSTENTADORA, VERIFICA QUE LOS TRABAJOS REALIZADOS CUMPLAN CON LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO Y CON LAS NORMAS LEGALES PANAMEÑAS. COORDINA LA FECHA PARA LA VISITA EN SITIO. REVISA, PREVIO A LA VISITA A CAMPO, EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO Y LA DOCUMENTACIÓN SUSTENTADORA. VERIFICA EN CAMPO, QUE EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO PRESENTADO POR EL CONTRATISTA CUMPLA CON LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO Y CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, DE ESTAR DE ACUERDO EN TODO FIRMA Y SELLA LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES Y LOS CUSTODIA HASTA EL QUE ENTREGUEN EL INFORME ORIGINAL. ENTREGA FIRMADO EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO ADJUNTANDO LA DOCUMENTACIÓN SUSTENTADORA. FIRMA UNA VEZ SE HAYA REVISADO EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO. DE HABER ALGUNA INCONSISTENCIA EN LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS SOLICITARÁ SUBSANACIÓN. VERIFICA LAS FIRMAS RESPECTIVAS DEL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO. B. Aceptación o Rechazo de la Factura y Perfeccionamiento del Certificados de No Objeción 1. Metro de Panamá, S.A. Dirección de Finanzas Recepcionista Recibe el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1), los documentos sustentadores y los entrega al analista financiero. Analista Financiero Recibe Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos sustentadores. Verifica las firmas respectivas en el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1). Revisa las facturas originales contenidas en los documentos sustentadores, de existir alguna irregularidad y se rechace la factura, se debe completar la nota de Rechazo de las Facturas (Anexo Núm.3), entregar al contratista para que realice las subsanaciones que correspondan. Custodia el expediente y mantiene en su poder, el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos sustentadores, hasta tanto se realicen las correcciones correspondientes, una vez atendidas las subsanaciones o de estar todo en orden, completa la nota de Aceptación de las Facturas (Anexo Núm.2). Remite a la Dirección de Finanzas, la nota de Aceptación de las Facturas (Anexo Núm.2) en original y copia. Director Recibe la nota de Aceptación de las Facturas (Anexo Núm.2) en original y copia, revisa; de cumplir con los requisitos, sella y firma el documento y lo entrega a la Recepción. Recepcionista Recibe la nota de Aceptación de las Facturas (Anexo Núm.2), entrega el original al contratista y la copia se la remite al analista financiero. Analista Financiero Recibe la copia de la nota de Aceptación de las Facturas (Anexo Núm.2), completa y emite el Cuadro de Control Financiero (Anexo Núm.4), el (los) Certificado(s) de No Objeción (Anexo Núm.5) y Consecutivo de Certificado de No Objeción (Anexo Núm.6), adjunta el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1), factura y demás documentos sustentadores e ingresa toda la documentación al expediente. Digitaliza toda la información en un dispositivo y lo remite con la documentación física, al Departamento de Contabilidad. 2. Departamento de Contabilidad Recibe el expediente físico y el digital, revisa la(s) factura(s) original(es), registra, sella y firma en la parte posterior de las facturas. Remite, el expediente físico y el disco compacto (CD), al Departamento de Tesorería. 3. Departamento de Tesorería Recibe el expediente físico y el disco compacto (CD), revisa la(s) factura(s) original(es), registra la información, sella y firma en la parte posterior de las facturas. Remite el expediente físico y digital a la Dirección de Finanzas. 4. Dirección de Finanzas Recibe el expediente físico y digital, verifica y de cumplir con los requisitos, sella y firma el Consecutivo de Certificado de No Objeción (Anexo Núm.6) y coloca V.° B.° en el (los) Certificado(s) de No Objeción (Modelo) (Anexo Núm.5) y el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1). Remite copia del Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) (físico o digital) a la Dirección Nacional de Ingeniería de la Contraloría General de la República. Remite el expediente físico y el disco compacto (CD), a la Dirección General. 5. Dirección General Recibe el expediente físico y digital, revisa el Certificado de No Objeción (Modelo) (Anexo Núm.5) y los documentos sustentadores; de estar de acuerdo, sella y firma el Certificado de No Objeción (Modelo) (Anexo Núm.5). Remite a la Oficina de Fiscalización de la Contraloría General de la República. 6. Contraloría General de la República Oficina de Fiscalización Recibe el expediente físico y digital, realiza el proceso de fiscalización al Certificado de No Objeción (Modelo) (Anexo Núm.5), según delegación y flujo correspondiente. Remite a la Dirección de Finanzas. 7. Dirección de Finanzas Analista Financiero Recibe el expediente físico y digital, verifica que contengan las firmas respectivas. Contacta al contratista, para que se apersone a la entidad, y una vez firme la constancia de Certificado de No Objeción (Modelo) (Anexo Núm.5) y Consecutivo de Certificado de No Objeción (Anexo Núm.6), se le entrega al contratista, el original del Certificado de No Objeción. Archiva el expediente. MAPA DE PROCESO ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LAS FACTURA Y PERFECIONAMIENTO DEL CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN DIRECCIÓN DE FINANZAS METRO DE PANAMÁ, S.A. DEPARTAMENTO DE DEPARTAMENTO DE TESORERÍA CONTABILIDAD DIRECCIÓN GENERAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Oficina de Fiscalización ANALISTA FINANCIERO, VERIFICA LAS FIRMAS DEL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO. REVISA LAS FACTURAS ORIGINALES, DE ESTAR TODO EN ORDEN COMPLETA LA NOTA DE ACEPTACIÓN DE LAS FACTURAS. DIRECTOR (A), REVISA, SELLA Y FIRMA LA ACEPTACIÓN DE LAS FACTURAS. RECEPCIONISTA, ENTREGLA ACEPTACIÓN DE LAS FACTURAS A ORIGINAL AL CONTRATISTA. ANALISTA FINANCIERO, COMPLETA Y EMITE EL CUADRO DE CONTROL FINANCIERO, EL CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN Y CONSECUTIVO DE CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN, INGRESA TODA LA DOCUMENTACIÓN AL EXPEDIENTE. DIGITALIZA TODA LA INFORMACIÓN EN UN DISPOSITIVO. REVISA LA FACTURA, REGISTRA CONTABLE, SELLA Y FIRMA EN LA PARTE POSTERIOR. REVISA LA FACTURA ORIGINAL, REGISTRA LA INFORMACIÓN, SELLA Y FIRMA EN LA PARTE POSTERIOR. VERIFICA EL EXPEDIENTE (FÍSICO Y DIGITAL), SELLA, FIRMA EL CONSECUTIVO DE CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN Y COLOCA VISTO BUENO EN EL CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN Y EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO. REVISA, SELLA Y FIRMA EL CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN. REALIZA EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN A LA CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN (MODELO), SEGÚN DELEGACIÓN Y FLUJO CORRESPONDIENTE. VERIFICA QUE CONTENGAN LAS FIRMAS RESPECTIVAS. CONTACTA AL CONTRATISTA, UNA VEZ FIRME LA CONSTANCIA DE CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN Y CONSECUTIVO DE CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN, SE LE ENTREGA AL CONTRATISTA EL ORIGINAL DEL CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN. ARCHIVA EL EXPEDIENTEY LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES. C. Pago a través de la Gestión de Cobro 1. Contratista/Cesionario/Cesionario Subsiguiente Presenta ante la Dirección de Finanzas, la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) en original y copia, Certificado de No Objeción (Modelo) (Anexo Núm.5), la Cesión de Crédito, de haberlo cedido, previamente aprobado de acuerdo al trámite establecido y los documentos sustentadores. Nota: La presentación de la Gestión de Cobro deberá ajustarse al plazo establecido en la Resolución de Junta Directiva No.01-2015. 2. Metro de Panamá, S.A. Dirección de Finanzas Dirección Recepción Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y los documentos sustentadores, revisa la información; de estar correcto, entrega copia sellada y firmada al Contratista/Cesionario/Cesionario Subsiguiente, como constancia de recibido y remite al Departamento de Presupuesto 3. Departamento de Presupuesto Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y los documentos sustentadores. Revisa la información coloca la partida presupuestaria, sella y firma. Remite al Departamento de Contabilidad. 4. Departamento de Contabilidad Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y los documentos sustentadores. Revisa la documentación, registra, sella y firma. Remite al Departamento de Tesorería. 5. Departamento de Tesorería Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y los documentos sustentadores. Revisa, registra, sella y firma. Genera y completa el documento de pago (nota de transferencia / Cheque) imprime y remite a la Dirección de Finanzas. 6. Dirección de Finanzas Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y el documento de pago (nota de transferencia / Cheque) y los documentos sustentadores. Revisa, autoriza el documento de pago y remite a la Dirección General. Nota: Los montos igual o inferior a los B/.200,000.00, serán firmados por el Director de Finanzas y los superiores, por el director general. 7. Dirección General Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y el documento de pago (nota de transferencia / Cheque) y los documentos sustentadores. Revisa, sella, firma la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y el documento de pago y remite a la Oficina de Fiscalización de la Contraloría General de la República. 8. Contraloría General de la República Oficina de Fiscalización Recibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y el documento de pago (nota de transferencia / Cheque), realiza el proceso de fiscalización según delegación y flujo correspondiente. Remite al Departamento de Tesorería. 9. Metro de Panamá, S.A. Dirección de Finanzas Departamento de Tesorería Recibe Gestión de Cobro (Anexo Núm.8), el documento de pago (Nota de transferencia) y los documentos sustentadores. Revisa que contenga las firmas respectivas y envía la nota de transferencia (original y copia) al Banco Nacional de Panamá. De ser cheque, se entrega al Contratista/Cesionario/Cesionario Subsiguiente, cumpliendo con los controles respectivos. Archiva los documentos sustentadores y copia de la nota de transferencia con firma de recibido del Banco Nacional de Panamá. 10. Banco Nacional de Panamá Recibe la el documento de pago (nota de transferencia), revisa, registra y realiza el pago a través de transferencia al Contratista/Concesionaria/Concesionaria Subsiguiente. Archiva la nota. Remite la constancia de pago a la Dirección de Finanzas del Metro de Panamá, S.A. MAPA DE PROCESO PAGO A TRAVÉS DE LA GESTIÓN DE COBRO METRO DE PANAMÁ, S.A. CONTRATISTA / CESIONARIA /CESIONARIA SUBSIGUIENTE Dirección Departamento de Presupuesto Departamento de Contabilidad Departamento de Tesorería DIRECCIÓN DE FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Oficina de Fiscalización BANCO NACIONAL DE PANAMÁ PRESENTA LA GESTIÓN DE COBRO, CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES. REVISA LA NOTA DE TRANSFERENCIA GESTIÓN DE COBRO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES. AUTORIZA EL DOCUMENTO DE PAGO. REVISA LA GESTIÓN DE COBRO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES, SELLA Y FIRMA LA COPIA COMO CONSTANCIA DE RECIBIDO. REVISA, SELLA Y FIRMA LA GESTIÓN DE COBRO Y EL DOCUMENTO DE PAGO. REVISALA GESTIÓN DE COBRO, EL DOCUMENTO DE PAGO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES, REALIZA EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN SEGÚN DELEGACIÓN YADJUNTA FLUJO CORRESPONDIENTE. EL CERTIFICACIÓN DE PAGO REALIZADOS A LA REVISALA GESTIÓN DE COBRO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES. COLOCA PARTIDA PRESUPUESTARIA, SELLA Y FIRMA. REVISALA GESTIÓN DE COBRO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES. REGISTRA CONTABLEMENTE, SELLA Y FIRMA. REVISA Y REGISTRA LA GESTIÓN DE COBRO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES, SELLA Y FIRMA. GENERA Y COMPLETA EL DOCUMENTO DE PAGO. DOCUMENTACIÓN. REGISTRA PARA EL SEGUIMIENTO DE LA CESIÓN DE REVISA LA GESTIÓN DE COBRO, DOCUMENTO DE PAGO Y LOS DOCUMENTOS CRÉDITO. SUSTENTADORESQUE CONTENGA LAS FIRMAS RESPECTIVAS, ENVÍA EL DOCUMENTO DE PAGO AL BANCO NACIONAL DE PANAMÁ. ARCHIVA LOS DOCUMENTOS. DE SER CHEQUE, SE ENTREGA AL CONTRATISTA / CESIONARIO / CESIONARIO SUBSIGUIENTE, CUMPLIENDO CON LOS CONTROLES RESPECTIVOS. REVISALA EL DOCUMENTO DE PAGO, REGISTRA Y REALIZA EL PAGO A TRAVÉS DE TRANSFERENCIA AL CONTRATISTA. ANEXOS ANEXO NÚM.1 REPÚBLICA DE PANAMÁ METRO DE PANAMÁ, S.A. DIRECCIÓN DE INGENIERÍA E INFRAESTRUCTURA INFORME DE AVANCE DE TRABAJO (MODELO) Del ___________________________ al __________________________ de 20 ___ Contrato: Contratista: Monto ejecución contrato: Orden de Proceder: Monto de financiamiento contrato: Entrega de abono inicial: Monto total contrato: Avance cumulado: Acumulado anterior Monto contractual Núm. Descripción Principal Adenda Total contrato B/. Servicios Ejecutados Este mes B/. % Acumulado a la fecha B/. % Pendiente por ejecutar B/. % Total: _______________ ________________ ____________ _____________ ________________ ___________________ Ingeniería Contratista Gerente-Contratista Control de Proyecto Director General MPSA Dirección de Ingeniería CGR Costo de financiamiento Precio contractual Descuentos Director Ejecutivo Monto contractual Acumulado anterior Contractual Anterior Revisado por: ___________________ Dirección de Ingeniería e Infraestructura __________________ Dirección de Finanzas Este mes Esta cuenta % Total acumulado Acumulado % Pendiente por ejecutar Pendiente % ANEXO NÚM.2 REPÚBLICA DE PANAMÁ METRO DE PANAMÁ, S.A. DIRECCIÓN DE FINANZAS ACEPTACIÓN DE LAS FACTURAS Por este medio, en el Metro de Panamá, S.A., certificamos que corresponde al pago de la cuenta No. _____ a la empresa ___________________________, por los servicios ejecutados en el mes de enero de 20__, del contrato __________________ y sus adendas, para el Proyecto de ________________, suscrito entre el Metro de Panamá, S.A., y __________________________. El servicio aceptado se especifica a continuación: Ejecución de contrato: B/. ______________________ - Retención del 5%: - Amortización de anticipo: B/. ______________________ B/. ______________________ Monto neto a pagar: Facturas presentadas para la Cuenta No. ___ B/. ______________________ Monto (B/.) Total neto del monto, según facturas: Revisado por: ________________________ Aprobado por: ____________________ Director de Finanzas ANEXO NÚM.3 REPÚBLICA DE PANAMÁ METRO DE PANAMÁ, S.A. DIRECCIÓN DE FINANZAS RECHAZO DE LAS FACTURAS Por este medio, en el Metro de Panamá, S.A., certificamos que corresponde al pago de la cuenta No. _____ a la empresa ___________________________, por los servicios ejecutados en el mes de enero de 20__, del contrato __________________ y sus adendas, para el Proyecto de _________________, suscrito entre el Metro de Panamá, S.A., y _________________________. Las facturas presentadas han sido rechazadas por la(s) siguiente(s) condición(es): Factura núm. Revisado por: ________________________ Descripción Aprobado por: ____________________ Director de Finanzas ANEXO NÚM.4 REPÚBLICA DE PANAMÁ METRO DE PANAMÁ, S.A. DIRECCIÓN DE FINANZAS Cuadro de Control Financiero Línea ___ Metro de Panamá Año: Mes: No. Factura: Amortización Facturación: Monto total facturado a la fecha: Avance Económico Avance Financiero Monto Bruto: Retención: Amortización: Otros descuentos: Monto Neto: Neto Observaciones: Acumulado: ANEXO NÚM.5 REPÚBLICA DE PANAMÁ METRO DE PANAMÁ, S.A. DIRECCIÓN DE FINANZAS CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN (Modelo) CNO No.___________ (año/mes de la cuenta) _________ (año de pago) ____ (consecutivo) Expedido de conformidad con lo dispuesto en el reglamento aprobado mediante la Resolución de Junta Directiva No.01-2015- de 23 de noviembre de 2015 de Metro de Panamá, S.A. (en adelante Reglamento). Conste por el presente que este Certificado de No Objeción (en adelante CNO) que expide en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de Junta Directiva No. 01-2015 de 23 de noviembre de 2015 de Metro de Panamá, S.A. y el contrato No. _______ de fecha ________ de ______ de _____________, suscrito entre el Metro de Panamá, S.A., y ______________ (El CONTRATISTA), (detallar las adendas si la hubiese) (en adelante el Contrato). Conste además que _______________ (el Garante) ha(n) emitido fianza(s) a favor del Metro de Panamá, S.A., garantizando las obligaciones del CONTRATISTA bajo el CONTRATO. RESUMEN DEL AVANCE DEL PROYECTO, FACTURACIÓN Y DETERMINACIÓN DEL CRÉDITO Proyecto Monto del Contrato (+/-) Adenda(s) Monto Contractual Informe de avance No. Periodo cubierto por Mes el informe Año Avance del Acumulado Proyecto Anterior Monto Porcentaje Monto Ejecutado del Contrato (-) Amortización del anticipo (-) Retención contractual por garantía (+/-) Otras adiciones o deducciones (1) Monto Neto a Pagar al Contratista o a las Cesionarias con este CNO Fecha de Aceptación Informe de Avance Total Moneda del Contrato Moneda del Contrato % Moneda del Contrato % Moneda del Contrato % Moneda de Contrato Fecha de Pago de este CNO Facturas a ser Reconocidas con la Emisión de Facturas a ser reconocidas con la Emisión de este CNO Cesionaria(s) y/o cesionarias Subsiguientes (2) Agente (3) Número Monto Número Monto ANEXO NÚM.6 REPÚBLICA DE PANAMÁ METRO DE PANAMÁ, S.A. DIRECCIÓN DE FINANZAS CONSECUTIVO DE CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN PROYECTO LÍNEA __ Núm. de CNO / CPPs Cesionario Referencia Ejecución del Servicio Estatus Total Dirección de Finanzas: ________________________________ 30 de noviembre de 2016 30 de noviembre de 2017 Fecha de Pago 30 de 30 de noviembre noviembre de 2018 de 2019 30 de noviembre de 2020 ANEXO NÚM.7 ANEXO NÚM.8 GLOSARIO GLOSARIO 1. Agente: cualquier fiduciario y/o agente administrativo designado por la(s) Cesionaria(s) o Cesionaria(s) Subsiguiente(s) para recibir, solicitar, gestionar y cobrar los Certificados de No Objeción conforme a la Cesión de Crédito correspondiente. 2. Cedente: persona natural o jurídica que transfiere parcial o totalmente su título de crédito o cualquier otro derecho por medio de una Cesión de Crédito. 3. Cesionaria(s): entidades bancarias, financieras, de seguros, de reaseguros, fondo de inversión o fideicomiso cuyo fideicomitentes y /o beneficiarios sean las antes referidas entidades, a cuyo favor se hace la Cesión de Crédito, incluyendo el Agente quien actuará en beneficio de dicha(s) Cesionaria(s). 4. Cesionaria(s) Subsiguiente(s): entidades bancarias, financiera, de seguros, de reaseguros, fondo de inversión o fideicomiso cuyo fideicomitentes y/o beneficiarios sean las antes referidas entidades, a cuyo favor uno o más de las Cesionarias de una Cesión de Crédito cede total o parcialmente los Certificados de No Objeción que forma parte de dicha Cesión de Crédito. 5. Cesión de crédito total irrevocable: acto de naturaleza contractual, no revocable, mediante el cual un proveedor o contratita transfiere a un tercero la totalidad de los créditos que le adeuda la entidad contratante, en virtud de los bienes y servicios que ésta ha recibido, producto del cumplimiento de un contrato o bien de una orden de compra. 6. Cesión de crédito parcial irrevocable: acto de naturales contractual, no revocable, mediante el cual un proveedor o contratista transfiere a un tercero una parte de los créditos que le adeuda la entidad contratante, en virtud de los bienes y servicios que ésta ha recibido, producto del cumplimiento de un contrato o bien de una orden de compra. 7. Contratista: persona(s) natural(es) o jurídica(s) que individualmente o como integrante de un consorcio celebra un contrato llave en mano con el Metro de Panamá, S.A. 8. Contrato llave en mano o modalidad similar: esta modalidad se activa cuando la administración pretenda alcanzar la entrega del objeto que se va a contratar en perfecto estado de funcionamiento y rendimiento, apto para proporcionar a la entidad pública la capacidad de uso necesario para el cumplimiento de funciones sociales. Se considera contratos llave en mano completos los que el Estado celebra con el contratista para la realización de una obra que incluye, por lo general, todas las obligaciones inherentes a ella, como lo suministros, diseño, la construcción y la presentación de servicios. Se considera contrato de llave en mano parcial lo que celebra la entidad contratante con el contratista, de acuerdo a la fusión o combinación de alguna de las obligaciones, como son diseño y/o construcción y/o equipamiento y/o prestación de servicios. La obligación principal que asume el Estado en los contratos llave en mano es el pago del precio de la obra, previamente negociado con los proponentes y regulado en el pliego de cargos. 9. Crédito: cantidad de dinero que le adeuda la entidad contratante al proveedor o contratista, con motivo del cumplimiento de una obligación pactada en un contrato u orden de compra por parte de éste. 10. Memorial de Notificación de Cesión de Crédito: es el documento mediante el cual un Cedente notifica a Metro de Panamá, S.A., una Cesión de Crédito, para cesiones entre un Cedente y una o más Cesionarias y para cesiones entre una Cesionaria y una o más Cesionarias Subsiguientes.