{"meta":{"recurso":"norma/decreto-2019-13-2019-DNMySC","mirada":"publico","filas":64,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p1","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"República de Panamá\nCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA\nDirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad","ini":0,"fin":112}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA EXPEDICIÓN Y PAGO DEL CERTIFICADO\nDE NO OBJECIÓN, CUYO FINANCIAMIENTO HAYA SIDO APORTADO POR EL\nPROPIO CONTRATISTA\nMETRO DE PANAMÁ, S.A.","ini":114,"fin":283}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Febrero de 2019\nREPÚBLICA DE PANAMÁ\nCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA","ini":285,"fin":356}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DIRECCIÓN SUPERIOR","ini":358,"fin":376}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"FEDERICO A. HUMBERT\nContralor General","ini":378,"fin":415}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"NITZIA R. DE VILLARREAL\nSubcontralora General","ini":417,"fin":462}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"CARLOS A. GARCÍA MOLINO\nSecretario General","ini":464,"fin":506}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DIRECCIÓN NACIONAL DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD","ini":508,"fin":564}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ELY BROKAMP I.\nDirectora","ini":566,"fin":590}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"FELIPE ALMANZA\nSubdirector","ini":592,"fin":618}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DEPARTAMENTO DE REGULACION DE FONDOS Y BIENES PÚBLICOS\nPRÓSPERO ROSAS C.\nJefe\nLETICIA R. DE RODRÍGUEZ\nSupervisora","ini":620,"fin":733}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ABRAHAM I. MUÑIZ. S.\nAnalista\nDIRECCIÓN NACIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA","ini":735,"fin":804}
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{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p14","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORÍA GENERAL","ini":836,"fin":875}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p15","orden":15,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"OLDEMAR GUERRA ESPINOZA\nDirector","ini":877,"fin":909}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p16","orden":16,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN GENERAL","ini":911,"fin":954}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p17","orden":17,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"LUTZIA FISTONIC B.\nDirectora\nMETRO DE PANAMÁ, S.A.","ini":956,"fin":1006}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p18","orden":18,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DESPACHO SUPERIOR\nROBERTO ROY\nDirector General","ini":1008,"fin":1054}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p19","orden":19,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DIRECCIÓN DE INGENIERÍA E INFRAESTRUCTURA\nAGUSTÍN ARIAS\nDirector","ini":1056,"fin":1120}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p20","orden":20,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"UNIDAD DE CONTRATOS E INVERSIONES\nELIZABETH PÉREZ C.\nAdministradora de Proyectos","ini":1122,"fin":1202}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p21","orden":21,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DIRECCIÓN DE FINANZAS\nEVA MUÑOZ\nDirectora","ini":1204,"fin":1245}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p22","orden":22,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"EILYN CASTILLO\nAnalista Financiero","ini":1247,"fin":1281}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p23","orden":23,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA\nDANIEL MEANA\nDirector","ini":1283,"fin":1329}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p24","orden":24,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"OFICINA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL\nOMAR CASTILLO\nJefe\nÍNDICE","ini":1331,"fin":1392}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p25","orden":25,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"INTRODUCCIÓN\nI.","ini":1394,"fin":1409}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p26","orden":26,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ASPECTOS GENERALES\nA. Objetivo del Manual de Procedimientos\nB. Concepto del Certificado de No Objeción\nC. Base Legal\nD. Alcance","ini":1411,"fin":1538}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p27","orden":27,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"II.","ini":1540,"fin":1543}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p28","orden":28,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"CONTROLES INTERNOS\nA. Generales\nB. Específicos\nB.1. Requisitos para la Expedición del Certificado de No Objeción\nB.2. Requisitos para el Pago de los Certificados de No Objeción","ini":1545,"fin":1721}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p29","orden":29,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"III.","ini":1723,"fin":1727}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p30","orden":30,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PROCEDIMIENTOS\nA. Presentación y Perfeccionamiento del Informe de Avance de\nTrabajo\nB. Aceptación o Rechazo de la Factura y Perfeccionamiento del\nCertificado de No Objeción\nC. Pago a Través de la Gestión de Cobro\nANEXOS\nGLOSARIO\nINTRODUCCIÓN","ini":1729,"fin":1970}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p31","orden":31,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"La Contraloría General de la República, a través de la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas\nde Contabilidad en coordinación con las Unidades Administrativas del Metro de Panamá, S.A., ha\nelaborado el documento titulado “Manual de Procedimientos para la Expedición y Pago del\nCertificado de No Objeción, cuyo Financiamiento haya sido Aportado por el Propio\nContratista”.\nEl presente documento comprende tres capítulos y un apéndice referente a los anexos y el glosario;\nlos mismos deben ser de uso obligatorio para este manual de procedimientos.\nEl primer capítulo, se refiere a los Aspectos Generales, en él se incluyen el Objetivo del Manual\nde Procedimientos, Concepto del Certificado de No Objeción, Base Legal, que corresponde a los\nconceptos normativos y el Ámbito de Aplicación. El segundo capítulo, trata sobre los Controles\nInternos Generales y Específicos. El tercer capítulo, describe los Procedimientos.\nComo práctica establecida en nuestra Dirección, estos procedimientos no pretenden fijar pautas\ninflexibles; por consiguiente, estamos anuentes a considerar las recomendaciones que surjan de su\naplicación, las que pedimos tengan a bien presentarlas a la Dirección Nacional de Métodos y\nSistemas de Contabilidad.","ini":1972,"fin":3201}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p32","orden":32,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA\nDirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad\nI. ASPECTOS GENERALES\nA. Objetivo del Manual de Procedimientos\nEstablecer los controles y procedimientos para la expedición de los Certificados de No\nObjeción, que utilice el Metro de Panamá, S.A.","ini":3203,"fin":3492}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p33","orden":33,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"B. Concepto del Certificado de No Objeción\nDocumento que certifica el reconocimiento y la aprobación de un pago a que tiene derecho\nun Contratista contra el Metro de Panamá, S.A., conforme al modelo que se adjunta en este\ndocumento y que puede ser cedido a una o más Cesionarias o Cesionarias Subsiguientes,\nmediante una Cesión de Crédito.","ini":3494,"fin":3833}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p34","orden":34,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"C. Base Legal\n","ini":3835,"fin":3850}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p35","orden":35,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Constitución Política de la República de Panamá de 1972 reformada por los Actos\nReformatorios de 1978, por el Acto Constitucional de 1983 y los Actos Legislativos No.1\nde 1993 y No.2 de 1994. Artículo 280 (numeral 2). Publicado en la Gaceta Oficial Nº25176\nde 15 de noviembre de 2004.","ini":3852,"fin":4136}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p36","orden":36,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"","ini":4138,"fin":4139}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p37","orden":37,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Código Civil de la República de Panamá, “Ley 2 de 22 de agosto de 1916”. Artículos\n1084, 1279 y 1598”. Publicada en la Gaceta Oficial N°2404 de 22 de agosto de 1916.","ini":4141,"fin":4306}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p38","orden":38,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"","ini":4308,"fin":4309}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p39","orden":39,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Código de Comercio de la República de Panamá, “Ley 2 de 22 de agosto de 1916”.","ini":4311,"fin":4389}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p40","orden":40,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Artículo 789. Publicada en la Gaceta Oficial N° 2418 de 4 de septiembre de 1916.","ini":4391,"fin":4471}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p41","orden":41,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"","ini":4473,"fin":4474}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p42","orden":42,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, “Que regula la contratación pública,\nordenado por la Ley 61 de 2017”. Artículo 90. Publicado en la Gaceta Oficial N°28483-B\nde 14 de marzo de 2018.","ini":4476,"fin":4672}
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{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p44","orden":44,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, “Por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría\nGeneral de la República”. Publicada en la Gaceta Oficial N°20188 de 20 de noviembre de\n1984.","ini":4677,"fin":4860}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p45","orden":45,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"","ini":4862,"fin":4863}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p46","orden":46,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Ley N°38 de 31 de julio de 2000, “Que aprueba el Estatuto Orgánico de la Procuraduría\nde la Administración, regula el Procedimiento Administrativo General y dicta disposiciones\nespeciales”. Artículo 46. Publicado en la Gaceta Oficial Nº24109 de 2 de agosto de 2000.","ini":4865,"fin":5130}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p47","orden":47,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"","ini":5132,"fin":5133}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p48","orden":48,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Ley N°6 de 22 de enero de 2002, “Que dicta normas para la transparencia en la gestión\npública, establece la acción de Hábeas Data y dicta otras disposiciones”. Artículo 9.\nPublicado en la Gaceta Oficial Nº24476 de 23 de enero de 2002.","ini":5135,"fin":5369}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p49","orden":49,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"","ini":5371,"fin":5372}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p50","orden":50,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Ley 67 de 14 de noviembre de 2008, “Que desarrolla la Jurisdicción de Cuentas y reforma\nla Ley 32 de 1984, Orgánica de la Contraloría General de la República”. Artículo 90.\nPublicado en la Gaceta Oficial Digital Nº26169 de 20 de noviembre de 2008.\n","ini":5374,"fin":5623}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p51","orden":51,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Ley Núm.109 de 25 de noviembre de 2013, “Que dicta el marco regulatorio relativo al\nSistema Metro de Transporte de Personas”. Artículo 56. Publicado en la Gaceta Oficial","ini":5625,"fin":5794}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p52","orden":52,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"N°27421 de lunes 25 de noviembre de 2013.\n","ini":5796,"fin":5839}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p53","orden":53,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Decreto Ejecutivo No.8 de 26 de enero de 2016, “Que reglamenta el procedimiento para\nla notificación de Cesiones de Crédito según lo dispuesto en el segundo inciso del artículo\n76 de la Ley 22 de 27 de junio de 2006”. Artículo 1. Publicado en la Gaceta Oficial\nN°27956-B de 26 de enero de 2016.","ini":5841,"fin":6135}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p54","orden":54,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"","ini":6137,"fin":6138}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p55","orden":55,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Decreto Ejecutivo No.40 de 10 de abril de 2018, “Que reglamenta la Ley 22 de 2006, que\nregula la Contratación Pública”. Publicado en la Gaceta Oficial Digital Nº28502-B de 11\nde abril de 2018.","ini":6140,"fin":6332}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p56","orden":56,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"","ini":6334,"fin":6335}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p57","orden":57,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Decreto N°.234 de 22 de diciembre de 1997, “Por el cual se adopta las Normas de\nContabilidad Gubernamental”. Artículo 1. Publicado en la Gaceta Oficial Nº23451 de 2 de\nenero de 1998.","ini":6337,"fin":6519}
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{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p59","orden":59,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Decreto N°214-DGA de 8 de octubre de 1999, “Por el cual se emiten las Normas de\nControl Interno Gubernamental para la República de Panamá”. Punto 3.3.1. Norma de\nControl Interno para para el Área de Presupuesto; 3.3.2. Norma de Control Interno para\npara el Área de Tesorería; 3.3.4. Norma de Control Interno para para el Área de\nContabilidad. Publicado en la Gaceta Oficial Nº23946 de 14 de diciembre de 1999.","ini":6524,"fin":6933}
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{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p61","orden":61,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Decreto N°.420-2005-DM y SC de 26 de septiembre de 2005, “Por el cual se actualiza el\ndocumento titulado Manual General de Contabilidad Gubernamental”. Artículo 1.\nPublicado en la Gaceta Oficial Nº25424 de 14 de noviembre de 2005.","ini":6938,"fin":7168}
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{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.p63","orden":63,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Decreto Núm.220-2014-DMySC de 25 de julio de 2014, “Por el cual se adoptan las\nNormas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en la República de Panamá”.","ini":7173,"fin":7337}
{"id":"decreto-2019-13-2019-DNMySC.a1","orden":64,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Publicado en la Gaceta Oficial Digital Nº27646 de 20 de octubre de 2014.\n\n\n\nDecreto Núm.01-2017-DNMySC de 3 de enero de 2017, “Por el cual se aprueba el\nManual General de Contabilidad Gubernamental basado en las Normas Internacionales de\nContabilidad del Sector Público (NICSP)-Versión II.” Artículo 1. Publicado en la Gaceta\nOficial Digital Nº28198-A de 17 de enero de 2017.\n\n\n\nDecreto Núm.58-2018-DNMySC de 16 de octubre de 2018, Por el cual se aprueba el\n“Manual de Procedimientos para la Notificación y Registro de la Cesión de Crédito\nProvenientes de Contratos de Llave en Mano” en el Metro de Panamá, S.A. Artículo 1.\nPublicado en la Gaceta Oficial N°28644-B de 30 de octubre de 2018.\n\n\n\nDecreto Núm.60-2018-DMySC de 19 de octubre de 2018, “Por el cual se actualiza la\nEstructura Organizativa de la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad\nde la Contraloría General de la República y se aprueba el Manual de Organización y\nFunciones de esta Dirección”. Artículo 1. Publicado en la Gaceta Oficial Digital Nº28652A de 12 de noviembre de 2018.\n\n\nResolución de Junta Directiva No.01-2015 de 23 de noviembre de 2015, “Que aprueba\nel Reglamento para el reconocimiento de créditos resultantes de proyectos que desarrolla\nel Metro de Panamá, S.A. cuyo financiamiento haya sido aportado por el propio Contratista\ny se adopta procedimiento para la notificación y el registro de cesiones de dichos créditos\ny la gestión de cobro de los mismos”. Publicado en Gaceta Oficial N°27928-A de 15 de\ndiciembre de 2015.\n\n\n\nCircular Núm.3-2012-DMySC de 7 de agosto de 2012, Segunda Versión del Formulario\nGestión de Cobro. Publicada en la Gaceta Oficial N°27247 de 18 de marzo de 2013.\n\nD. Alcance\nAplica a los Contratistas, Cesionaria y/o Cesionaria(s) Subsiguiente(s), que tengan un\ncontrato “llave en mano” con el Metro de Panamá, S.A. y todas las unidades administrativas\ndel Metro de Panamá, S.A., involucradas en los trámites de los Certificados de No Objeción.\nII.\n\nCONTROLES INTERNOS\nA. Generales\n1.\n\nLa máxima autoridad del Metro de Panamá, S.A., será responsable de la adecuada\nejecución del manual de procedimientos, a través de las diferentes unidades\nadministrativas delegadas, según sus funciones.\n\n2.\n\nLa Contraloría General de la República, puede ejercer el control previo y posterior a\ntodos los actos administrativos, que involucre fondos y bienes públicos.\n\n3.\n\nLa Dirección Nacional de Ingeniería de la Contraloría General de la República, debe\nrealizar la revisión del Informe de Avance de Trabajo (soporte de cuentas) y sus\ndocumentos sustentadores, además de la verificación de la información en campo\nposterior a la solicitud formal realizada a esta instancia por parte del MPSA, una vez el\ncontratista y la entidad haya preparado y realizado el Informe de Avance de Trabajo\n(Soporte de Cuenta) preliminar, el cual debe ser presentado al fiscalizador de obra.\n\n4.\n\nLa Oficina de Auditoría Interna del Metro de Panamá, S.A., puede realizar audito o\ninvestigaciones en cualquier momento del proceso cuando así lo amerite, sin detrimento\ndel que pueda ejercer la Contraloría General de la República; el resultado de la misma\nse presentará ante la Junta Directiva del Metro de Panamá, para que se adopten medidas\nadministrativas, penales o patrimoniales, según sea el caso.\n\n5.\n\nEl Metro de Panamá, S.A., incluirá en su presupuesto las partidas presupuestarias, a fin\nde contar con los recursos financieros para pagar los Certificados de No Objeción y\ngestionará ante el Ministerio de Economía y Finanzas, la inclusión en el anteproyecto\ndel Presupuesto General del Estado, que dicho Ministerio remitirá anualmente a la\nconsideración de la Asamblea Nacional.\n\n6.\n\nEn las obras, cuyo financiamiento haya sido aportado por el propio contratista, el MPSA,\ndeberá garantizar la supervisión del proyecto, a través de un contratista o por unidades\nadministrativa.\n\n7.\n\nLa Dirección de Ingeniería e Infraestructura del Metro de Panamá y la unidad de Control\ndel Proyecto, en complemento al Informe de Avance de trabajo Anexo Núm.1, deberán\nentregar una certificación, la cual debe venir firmada por ambas figuras con el siguiente\ntexto:\n“La Dirección de Ingeniería e Infraestructura del Metro de Panamá, S.A. y la Unidad\nde Control del Proyecto, certificamos que los trabajos ejecutados en campo cumplen\ncon las especificaciones técnicas y con los planos del contrato.\nLas cantidades y montos porcentuales de avance son correctos y corresponde a lo\nejecutado en campo.”\nB. Específicos\nB.1. Requisitos para la Expedición del Certificado de No Objeción\n1.\n\nPara la expedición del Certificado de No Objeción por parte del Metro de Panamá, S.A.,\nel contratista debe presentar los siguientes documentos:\na. Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) y el aseguramiento\nde la calidad que deberá ser presentado en un formato debidamente\nfirmado, al Metro de Panamá, S.A., con la información y periodicidad\nexigida en el pliego de cargos y/o el contrato correspondiente.\nb. Paz y Salvo del contratista, emitido por la Dirección General de\nIngresos.\nc. Paz y Salvo del contratista, emitido por la Caja del Seguro Social.\nd. Factura(s) comercial(es) por el valor del Informe de Avance de Trabajo,\nla(s) cual(es) quedará(n) en poder del Metro de Panamá, S.A., una vez\nhaya(n) sido aceptada(s).\n\n2.\n\nEl Metro de Panamá, S.A., debe entregar el modelo del Informe de Avance de Trabajo\n(Anexo Núm.1) al contratista, a través de la Dirección de Ingeniería e Infraestructura.\n\nB.2. Requisitos para el Pago de los Certificado de No Objeción\n1.\n\nPara el trámite del pago de los Certificados de No Objeción, a través de la gestión de\ncobro, se deberán cumplir con los siguientes pasos:\n\nProcedimiento\n1. La documentación necesaria para efectuar el trámite de la\ngestión de cobro, se deberá presentar al Metro de Panamá,\nS.A., con un mínimo de noventa (90) días calendario de\nantelación a la fecha efectiva de pago indicada en cada\nCertificado de No Objeción, fecha en la cual el Metro de\nPanamá, S.A., efectuará el pago de los créditos reflejados\nen cada Certificación de No Objeción. En el caso que un\nCertificado de No Objeción sea emitido por el Metro de\nPanamá, S.A., durante los noventa (90) días calendarios\nantes de la fecha de pago detallada en dicho Certificado\nde No Objeción, este podrá incluirse en una gestión e\ncobro para el pago en la fecha indicada en el Certificado\nde No Objeción.\nDe haberse registrado la Cesión de Crédito y haberse dado\nla aprobación de dicha cesión por el Metro de Panamá,\nS.A., y haberse notificado a la Contraloría General de la\nRepública.\n\nAplica a\nContratista Cesionaria(s)\n\nX\n\nX\n\nX\n\n2.\n\nEn caso de que la(s) Cesionaria(s) o la(s) Cesionaria(s) Subsiguiente(s) o el Agente de\nesta(s), sea una entidad o sucursal registrada en el Registro Público de Panamá,\ndeberá(n) presentar ante el Metro de Panamá, S.A., junto con el formulario de gestión\nde cobro, los siguientes documentos:\na. El (los) original (les) del (de los) Certificado(s) de No Objeción a\nser cobrado(s).\nb. Certificado de Registro Público en original y vigente del Agente,\nde la(s) Cesionaria(s) o de la(s) Cesionaria(s) Subsiguiente(s) o del\nagente de esta(s);\nc. Fotocopia cotejada por Notario Público de la cédula o pasaporte\nvigente del Representante Legal o de la persona autorizada para\nfirmar el formulario de gestión de cobro.\nd. En caso de que el firmante del formulario de la gestión de cobro\nno sea el Representante Legal, se adjuntará copia autenticada ante\nNotario Público, del poder emitido para facultar al firmante.\ne. Paz y salvo vigente emitido por la Dirección General de Ingresos\ndel Ministerio de Economía y Finanzas de la(s) Cesionaria(s) y/o\nCesionaria(s) Subsiguiente(s) o del Agente de esta(s).\nf. Paz y salvo vigente emitido por la Caja del Seguro Social de la(s)\nCesionaria(s) y/o Cesionaria(s) Subsiguiente(s) o del Agente de\nesta(s).\n\n3.\n\nEn casos de que la(s) Cesionaria(s) y/o Cesionaria(s) Subsiguiente(s) o del Agente de\nesta(s), no sean entidades constituidas en Panamá y que no tengan sucursal registrada\nen el Registro Público de Panamá, deberán presentar junto al formulario de gestión de\ncobro, los siguientes documentos:\na. El (los) original (les) del (de los) Certificado(s) de No Objeción a\nser cobrados.\nb. Certificado de Existencia original y vigente, emitido por la\nautoridad competente, con vigencia de un año al momento que se\npresente la gestión de cobro.\nc. Fotocopia cotejada, ante Notario Público, de la cédula o del\npasaporte vigente de la persona autorizada para firmar el\nformulario de gestión de cobro.\nd. Certificado u otro documento emitido para facultar al firmante de\nla gestión de cobro.\ne. Certificado de no contribuyente de la Dirección General de\nIngresos del Ministerio de Economía y Finanzas.\nf. Certificado de No Patrono de la Caja del Seguro Social.\n4.\n\nLos documentos arriba detallados (puntos 2 y 3), que provengan del extranjero deberán\nser apostillados o autenticados ante el Consulado panameño y si está en un idioma que\nno es el español, deberá traducirse al español por un traductor público autorizado en\nPanamá.\n\n5.\n\nEn el supuesto de que la fecha indicada en el Certificado de No Objeción se cumpla, y\nuna o más Cesionarias o Cesionarias Subsiguientes no se encuentren paz y salvo con\nla República de Panamá, con el Tesoro Nacional o con la Caja del Seguro Social, queda\nentendido que esta circunstancia no limitará el derecho de aquellas Cesionarias y\nCesionarias Subsiguiente que sí se encuentren paz y salvo, de modo que se dé trámite\na la gestión de cobros de estas últimas.\n\n6.\n\nEl trámite con respecto a la(s) Cesionaria(s) y/o Cesionaria(s) Subsiguiente(s) que no\nse encuentren(n) paz y salvo, quedará suspendido, hasta tanto se cumpla con dichos\nrequisitos legales y estas no tendrán derecho a reclamo de intereses por mora alguna.\n\n7.\n\nLas disposiciones no contempladas en este capítulo, se entenderán aplicables, según\nla resolución de junta directiva No.01-2015.\nIII. PROCEDIMIENTOS\nA. Presentación y Perfeccionamiento del Informe de Avance de Trabajo\n1.\n\nContratista\nEntrega el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) (Soporte de\nCuenta) en borrador y la documentación sustentadora a Control de Proyecto.\n\n2. Control de Proyecto\nRecibe el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) (Soporte de\nCuenta) en borrador y la documentación sustentadora, revisa la información, verifica\nen campo, que los trabajos realizados cumplan con lo establecido en el contrato y con\nlas normas legales panameñas. De haber inconsistencias, devuelve al contratista para\nque subsane. De estar todo en orden, coordina con el contratista, la fecha para la visita\nen sitio, en la cual debe participar personal de la Dirección de Ingeniería e Infraestructura\ndel Metro de Panamá, S.A. y de la Dirección Nacional de Ingeniería de la Contraloría\nGeneral de la República.\nEnvía el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) (Soporte de\nCuenta) en borrador y la documentación sustentadora, a la Dirección Nacional de\nIngeniería de la Contraloría General de la República.\n3. Contraloría General de la República\nDirección Nacional de Ingeniería\nFiscalizador de Obras\nRevisa, previo a la visita a campo, el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de\nCuenta) (Modelo) (Anexo Núm.1) en borrador y copia de los documentos\nsustentadores presentados por el Control de Proyecto.\nVerifica en campo, con el personal de la Dirección de Ingeniería e Infraestructura del\nMetro de Panamá, Control de Proyectos y el contratista, posterior a la solicitud de\nfiscalización formal, que el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1)\nen borrador presentado, cumpla con lo establecido en el contrato y con las\nespecificaciones técnicas; de no cumplir con lo requerido, instruye que se realicen las\ncorrecciones; de estar todo en orden, se procede con el trámite que corresponde. Archiva\nel borrador Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) en borrador y\nlas copias de los documentos sustentadores, en espera de la presentación del Informe de\nAlcance de Trabajo (Soporte de Cuenta) original para la firma.\n4. Contratista\nFirma el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo\nNúm.1), adjuntando la documentación sustentadora y las facturas respectivas y entrega\nal Control de Proyecto.\n5. Control de Proyecto\nRecibe el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo\nNúm.1) y los documentos sustentadores; de existir inconsistencias en la documentación,\ndevuelve al contratista para que efectué las subsanaciones. De estar todo en orden, firma\nel Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1).\nRemite el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo\nNúm.1) y los documentos sustentadores a la Dirección de Ingeniería e Infraestructura\ndel Metro de Panamá, S.A.\n6. Metro de Panamá, S.A.\nDirección de Ingeniería e Infraestructura\nUnidad de Contratos e Inversiones\nRecibe el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Soporte de Cuenta) (Anexo\nNúm.1) y los documentos sustentadores, revisa la documentación, de existir\ninconsistencias, devuelve a Control de Proyectos para que se realicen los ajustes\nrespectivos. De estar en orden, remite la documentación al director, a través de un\nmemorando firmado por la Administradora de Proyectos.\nDirector\nRecibe el memorando, el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta)\n(Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos sustentadores. Verifica la información,\nsella, firma Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1). Remite a la\nDirección General.\n7. Dirección General\nDirector\nRecibe el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo\nNúm.1) y los documentos sustentadores. Revisa y firma el Informe de Avance de\nTrabajo (Modelo) (Anexo Núm.1). Remite a la Dirección de Ingeniería e\nInfraestructura.\n8. Dirección de Ingeniería e Infraestructura\nUnidad de Contratos e Inversiones\nRecibe los documentos, los introduce en un expediente, folia toda la documentación.\nRemite los documentos al fiscalizador de obras de la Dirección Nacional de Ingeniería\nde la Contraloría General de la República.\n9. Contraloría General de la República\nDirección Nacional de Ingeniería\nFiscalizador de Obras\nRecibe el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos\nsustentadores, verifica y confronta con sus archivos, que la información del informe\npresentando, sea la misma que se revisó en campo. De tener objeción, devuelve para\nsubsanar al Metro de Panamá, S.A.; de no haber inconsistencia, sella, firma, registra en\nel sistema de control, el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta)\n(Modelo) (Anexo Núm.1).\nRemite a la Dirección de Ingeniería e Infraestructura del Metro de Panamá.\n\n10. Metro de Panamá\nDirección de Ingeniería e Infraestructura\nRecibe el Informe de Avance de Trabajo (Soporte de Cuenta) (Modelo) (Anexo\nNúm.1) y los documentos sustentadores, verifica las firmas respectivas y lo remite a la\nDirección de Finanzas.\nMAPA DE PROCESO\n\nPRESENTACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO\nCONTRATISTA\n\nCONTROL DE PROYECTO\n(MANAGEMENT)\nMETRO DE PANAMÁ, S.A.\nDIRECCIÓN GENERAL\n\nDIRECCIÓN INGENIERÍA E\nINFRAESTRUCTURA\n\nCONTRALORÍA GENERAL DE LA\nREPÚBLICA\nDirección de Ingeniería\nENTREGA EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO Y LA DOCUMENTACIÓN\nSUSTENTADORA.\nUNIDAD DE CONTRATOS E INVERSIÓN, REVISA EL INFORME DE AVANCE DE\nTRABAJO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES, DE ESTAR DE ACUERDO REMITE\nAL DIRECTOR CON UN MEMORANDO.\nDIRECTOR, VERIFICA EL INFORME DE AVANCES DE TRABAJO, LOS DOCUMENTOS\nSUSTENTADORES Y EL MEMORANDO. SELLA, FIRMA EL INFORME DE AVANCES DE\nTRABAJO.\nRECIBE EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO. REVISA Y FIRMA EL INFORME.\nINTRODUCE LOS DOCUMENTOS EN UN EXPEDIENTE, FOLIA TODA LA\nDOCUMENTACIÓN.\nVERIFICA INFORME DE AVANCE DE TRABAJO Y LOS DOCUMENTOS\nSUSTENTADORES, PRESENTANDO SEA LA MISMA QUE SE REVISÓ EN CAMPO.\nREGISTRA EN EL SISTEMA DE NO TENER OBJECIÓN, SELLA Y FIRMA. DE TENER\nOBJECIÓN DEVUELVE PARA SUBSANAR.\n\nREVISA EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO Y LA DOCUMENTACIÓN\nSUSTENTADORA, VERIFICA QUE LOS TRABAJOS REALIZADOS CUMPLAN\nCON LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO Y CON LAS NORMAS LEGALES\nPANAMEÑAS. COORDINA LA FECHA PARA LA VISITA EN SITIO.\nREVISA, PREVIO A LA VISITA A CAMPO, EL INFORME DE AVANCE DE\nTRABAJO Y LA DOCUMENTACIÓN SUSTENTADORA.\nVERIFICA EN CAMPO, QUE EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO\nPRESENTADO POR EL CONTRATISTA CUMPLA CON LO ESTABLECIDO EN EL\nCONTRATO Y CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, DE ESTAR DE\nACUERDO EN TODO FIRMA Y SELLA LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES Y\nLOS CUSTODIA HASTA EL QUE ENTREGUEN EL INFORME ORIGINAL.\nENTREGA FIRMADO EL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO ADJUNTANDO\nLA DOCUMENTACIÓN SUSTENTADORA.\nFIRMA UNA VEZ SE HAYA REVISADO EL INFORME DE AVANCE DE\nTRABAJO. DE HABER ALGUNA INCONSISTENCIA EN LOS DOCUMENTOS\nPRESENTADOS SOLICITARÁ SUBSANACIÓN.\nVERIFICA LAS FIRMAS RESPECTIVAS DEL INFORME DE AVANCE DE TRABAJO.\n\nB. Aceptación o Rechazo de la Factura y Perfeccionamiento del Certificados de No\nObjeción\n1. Metro de Panamá, S.A.\nDirección de Finanzas\nRecepcionista\nRecibe el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1), los documentos\nsustentadores y los entrega al analista financiero.\nAnalista Financiero\nRecibe Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos\nsustentadores.\nVerifica las firmas respectivas en el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo\nNúm.1).\nRevisa las facturas originales contenidas en los documentos sustentadores, de existir\nalguna irregularidad y se rechace la factura, se debe completar la nota de Rechazo de\nlas Facturas (Anexo Núm.3), entregar al contratista para que realice las subsanaciones\nque correspondan. Custodia el expediente y mantiene en su poder, el Informe de\nAvance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) y los documentos sustentadores, hasta\ntanto se realicen las correcciones correspondientes, una vez atendidas las subsanaciones\no de estar todo en orden, completa la nota de Aceptación de las Facturas (Anexo\nNúm.2).\nRemite a la Dirección de Finanzas, la nota de Aceptación de las Facturas (Anexo\nNúm.2) en original y copia.\nDirector\nRecibe la nota de Aceptación de las Facturas (Anexo Núm.2) en original y copia,\nrevisa; de cumplir con los requisitos, sella y firma el documento y lo entrega a la\nRecepción.\nRecepcionista\nRecibe la nota de Aceptación de las Facturas (Anexo Núm.2), entrega el original al\ncontratista y la copia se la remite al analista financiero.\nAnalista Financiero\nRecibe la copia de la nota de Aceptación de las Facturas (Anexo Núm.2), completa y\nemite el Cuadro de Control Financiero (Anexo Núm.4), el (los) Certificado(s) de No\nObjeción (Anexo Núm.5) y Consecutivo de Certificado de No Objeción (Anexo\nNúm.6), adjunta el Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1), factura\ny demás documentos sustentadores e ingresa toda la documentación al expediente.\nDigitaliza toda la información en un dispositivo y lo remite con la documentación física,\nal Departamento de Contabilidad.\n\n2. Departamento de Contabilidad\nRecibe el expediente físico y el digital, revisa la(s) factura(s) original(es), registra, sella\ny firma en la parte posterior de las facturas. Remite, el expediente físico y el disco\ncompacto (CD), al Departamento de Tesorería.\n\n3. Departamento de Tesorería\nRecibe el expediente físico y el disco compacto (CD), revisa la(s) factura(s) original(es),\nregistra la información, sella y firma en la parte posterior de las facturas. Remite el\nexpediente físico y digital a la Dirección de Finanzas.\n\n4. Dirección de Finanzas\nRecibe el expediente físico y digital, verifica y de cumplir con los requisitos, sella y\nfirma el Consecutivo de Certificado de No Objeción (Anexo Núm.6) y coloca V.° B.°\nen el (los) Certificado(s) de No Objeción (Modelo) (Anexo Núm.5) y el Informe de\nAvance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1).\nRemite copia del Informe de Avance de Trabajo (Modelo) (Anexo Núm.1) (físico o\ndigital) a la Dirección Nacional de Ingeniería de la Contraloría General de la República.\nRemite el expediente físico y el disco compacto (CD), a la Dirección General.\n\n5. Dirección General\nRecibe el expediente físico y digital, revisa el Certificado de No Objeción (Modelo)\n(Anexo Núm.5) y los documentos sustentadores; de estar de acuerdo, sella y firma el\nCertificado de No Objeción (Modelo) (Anexo Núm.5). Remite a la Oficina de\nFiscalización de la Contraloría General de la República.\n\n6. Contraloría General de la República\nOficina de Fiscalización\nRecibe el expediente físico y digital, realiza el proceso de fiscalización al Certificado\nde No Objeción (Modelo) (Anexo Núm.5), según delegación y flujo correspondiente.\nRemite a la Dirección de Finanzas.\n7. Dirección de Finanzas\nAnalista Financiero\nRecibe el expediente físico y digital, verifica que contengan las firmas respectivas.\nContacta al contratista, para que se apersone a la entidad, y una vez firme la constancia\nde Certificado de No Objeción (Modelo) (Anexo Núm.5) y Consecutivo de\nCertificado de No Objeción (Anexo Núm.6), se le entrega al contratista, el original del\nCertificado de No Objeción. Archiva el expediente.\nMAPA DE PROCESO\n\nACEPTACIÓN O RECHAZO DE LAS FACTURA Y PERFECIONAMIENTO DEL CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN\nDIRECCIÓN DE FINANZAS\nMETRO DE PANAMÁ, S.A.\nDEPARTAMENTO DE\nDEPARTAMENTO DE\nTESORERÍA\nCONTABILIDAD\n\nDIRECCIÓN GENERAL\n\nCONTRALORÍA GENERAL DE LA\nREPÚBLICA\nOficina de Fiscalización\nANALISTA FINANCIERO, VERIFICA LAS FIRMAS DEL INFORME DE\nAVANCE DE TRABAJO. REVISA LAS FACTURAS ORIGINALES, DE ESTAR\nTODO EN ORDEN COMPLETA LA NOTA DE ACEPTACIÓN DE LAS\nFACTURAS.\nDIRECTOR (A), REVISA, SELLA Y FIRMA LA ACEPTACIÓN DE LAS\nFACTURAS.\nRECEPCIONISTA, ENTREGLA ACEPTACIÓN DE LAS FACTURAS A\nORIGINAL AL CONTRATISTA.\nANALISTA FINANCIERO, COMPLETA Y EMITE EL CUADRO DE\nCONTROL FINANCIERO, EL CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN Y\nCONSECUTIVO DE CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN, INGRESA TODA LA\nDOCUMENTACIÓN AL EXPEDIENTE. DIGITALIZA TODA LA\nINFORMACIÓN EN UN DISPOSITIVO.\nREVISA LA FACTURA, REGISTRA CONTABLE, SELLA Y FIRMA EN LA\nPARTE POSTERIOR.\nREVISA LA FACTURA ORIGINAL, REGISTRA LA INFORMACIÓN, SELLA Y\nFIRMA EN LA PARTE POSTERIOR.\nVERIFICA EL EXPEDIENTE (FÍSICO Y DIGITAL), SELLA, FIRMA EL\nCONSECUTIVO DE CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN Y COLOCA VISTO BUENO\nEN EL CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN Y EL INFORME DE AVANCE DE\nTRABAJO.\nREVISA, SELLA Y FIRMA EL CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN.\nREALIZA EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN A LA CERTIFICADO DE NO\nOBJECIÓN (MODELO), SEGÚN DELEGACIÓN Y FLUJO CORRESPONDIENTE.\nVERIFICA QUE CONTENGAN LAS FIRMAS RESPECTIVAS. CONTACTA AL\nCONTRATISTA, UNA VEZ FIRME LA CONSTANCIA DE CERTIFICADO DE NO\nOBJECIÓN Y CONSECUTIVO DE CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN, SE LE\nENTREGA AL CONTRATISTA EL ORIGINAL DEL CERTIFICADO DE NO\nOBJECIÓN. ARCHIVA EL EXPEDIENTEY LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES.\n\nC. Pago a través de la Gestión de Cobro\n1. Contratista/Cesionario/Cesionario Subsiguiente\nPresenta ante la Dirección de Finanzas, la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) en original\ny copia, Certificado de No Objeción (Modelo) (Anexo Núm.5), la Cesión de Crédito,\nde haberlo cedido, previamente aprobado de acuerdo al trámite establecido y los\ndocumentos sustentadores.\nNota: La presentación de la Gestión de Cobro deberá ajustarse al plazo establecido en\nla Resolución de Junta Directiva No.01-2015.\n\n2. Metro de Panamá, S.A.\nDirección de Finanzas\nDirección\nRecepción\nRecibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y los documentos sustentadores, revisa la\ninformación; de estar correcto, entrega copia sellada y firmada al\nContratista/Cesionario/Cesionario Subsiguiente, como constancia de recibido y remite\nal Departamento de Presupuesto\n\n3. Departamento de Presupuesto\nRecibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y los documentos sustentadores. Revisa la\ninformación coloca la partida presupuestaria, sella y firma. Remite al Departamento de\nContabilidad.\n\n4. Departamento de Contabilidad\nRecibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y los documentos sustentadores. Revisa la\ndocumentación, registra, sella y firma. Remite al Departamento de Tesorería.\n\n5. Departamento de Tesorería\nRecibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y los documentos sustentadores. Revisa,\nregistra, sella y firma. Genera y completa el documento de pago (nota de transferencia /\nCheque) imprime y remite a la Dirección de Finanzas.\n6. Dirección de Finanzas\nRecibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y el documento de pago (nota de\ntransferencia / Cheque) y los documentos sustentadores. Revisa, autoriza el documento\nde pago y remite a la Dirección General.\nNota: Los montos igual o inferior a los B/.200,000.00, serán firmados por\nel Director de Finanzas y los superiores, por el director general.\n\n7. Dirección General\nRecibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y el documento de pago (nota de\ntransferencia / Cheque) y los documentos sustentadores. Revisa, sella, firma la Gestión\nde Cobro (Anexo Núm.8) y el documento de pago y remite a la Oficina de Fiscalización\nde la Contraloría General de la República.\n\n8. Contraloría General de la República\nOficina de Fiscalización\nRecibe la Gestión de Cobro (Anexo Núm.8) y el documento de pago (nota de\ntransferencia / Cheque), realiza el proceso de fiscalización según delegación y flujo\ncorrespondiente. Remite al Departamento de Tesorería.\n\n9. Metro de Panamá, S.A.\nDirección de Finanzas\nDepartamento de Tesorería\nRecibe Gestión de Cobro (Anexo Núm.8), el documento de pago (Nota de\ntransferencia) y los documentos sustentadores. Revisa que contenga las firmas\nrespectivas y envía la nota de transferencia (original y copia) al Banco Nacional de\nPanamá. De ser cheque, se entrega al Contratista/Cesionario/Cesionario Subsiguiente,\ncumpliendo con los controles respectivos.\nArchiva los documentos sustentadores y copia de la nota de transferencia con firma de\nrecibido del Banco Nacional de Panamá.\n10. Banco Nacional de Panamá\nRecibe la el documento de pago (nota de transferencia), revisa, registra y realiza el pago\na través de transferencia al Contratista/Concesionaria/Concesionaria Subsiguiente.\nArchiva la nota. Remite la constancia de pago a la Dirección de Finanzas del Metro de\nPanamá, S.A.\nMAPA DE PROCESO\n\nPAGO A TRAVÉS DE LA GESTIÓN DE COBRO\nMETRO DE PANAMÁ, S.A.\n\nCONTRATISTA /\nCESIONARIA\n/CESIONARIA\nSUBSIGUIENTE\n\nDirección\n\nDepartamento\nde Presupuesto\n\nDepartamento\nde Contabilidad\n\nDepartamento\nde Tesorería\nDIRECCIÓN DE FINANZAS\nDIRECCIÓN\nGENERAL\nCONTRALORÍA\nGENERAL DE LA\nREPÚBLICA\nOficina de Fiscalización\n\nBANCO\nNACIONAL DE\nPANAMÁ\nPRESENTA LA GESTIÓN DE COBRO, CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN Y LOS\nDOCUMENTOS SUSTENTADORES.\nREVISA LA NOTA DE TRANSFERENCIA GESTIÓN DE COBRO Y LOS DOCUMENTOS\nSUSTENTADORES. AUTORIZA EL DOCUMENTO DE PAGO.\n\nREVISA LA GESTIÓN DE COBRO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES,\nSELLA Y FIRMA LA COPIA COMO CONSTANCIA DE RECIBIDO.\nREVISA, SELLA Y FIRMA LA GESTIÓN DE COBRO Y EL DOCUMENTO DE PAGO.\nREVISALA GESTIÓN DE COBRO, EL DOCUMENTO DE PAGO Y LOS DOCUMENTOS\nSUSTENTADORES, REALIZA EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN SEGÚN DELEGACIÓN\nYADJUNTA\nFLUJO CORRESPONDIENTE.\nEL CERTIFICACIÓN DE PAGO REALIZADOS A LA\nREVISALA GESTIÓN DE COBRO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES.\nCOLOCA PARTIDA PRESUPUESTARIA, SELLA Y FIRMA.\nREVISALA GESTIÓN DE COBRO Y LOS DOCUMENTOS SUSTENTADORES.\nREGISTRA CONTABLEMENTE, SELLA Y FIRMA.\nREVISA Y REGISTRA LA GESTIÓN DE COBRO Y LOS DOCUMENTOS\nSUSTENTADORES, SELLA Y FIRMA. GENERA Y COMPLETA EL DOCUMENTO\nDE PAGO.\nDOCUMENTACIÓN. REGISTRA PARA EL SEGUIMIENTO DE LA CESIÓN DE\nREVISA\nLA GESTIÓN DE COBRO, DOCUMENTO DE PAGO Y LOS DOCUMENTOS\nCRÉDITO.\nSUSTENTADORESQUE CONTENGA LAS FIRMAS RESPECTIVAS, ENVÍA EL\nDOCUMENTO DE PAGO AL BANCO NACIONAL DE PANAMÁ. ARCHIVA LOS\nDOCUMENTOS. DE SER CHEQUE, SE ENTREGA AL CONTRATISTA / CESIONARIO /\nCESIONARIO SUBSIGUIENTE, CUMPLIENDO CON LOS CONTROLES RESPECTIVOS.\nREVISALA EL DOCUMENTO DE PAGO, REGISTRA Y REALIZA EL PAGO A TRAVÉS DE\nTRANSFERENCIA AL CONTRATISTA.\n\nANEXOS\nANEXO NÚM.1\nREPÚBLICA DE PANAMÁ\nMETRO DE PANAMÁ, S.A.\nDIRECCIÓN DE INGENIERÍA E INFRAESTRUCTURA\nINFORME DE AVANCE DE TRABAJO\n(MODELO)\nDel ___________________________ al __________________________ de 20 ___\nContrato:\nContratista:\nMonto ejecución contrato:\nOrden de Proceder:\nMonto de financiamiento contrato:\nEntrega de abono inicial:\nMonto total contrato:\nAvance cumulado:\nAcumulado\nanterior\n\nMonto contractual\nNúm.\n\nDescripción\nPrincipal\n\nAdenda\n\nTotal\ncontrato\n\nB/.\n\nServicios Ejecutados\nEste mes\nB/.\n\n%\n\nAcumulado a la fecha\nB/.\n\n%\n\nPendiente por ejecutar\nB/.\n\n%\n\nTotal:\n\n_______________\n\n________________ ____________\n\n_____________\n\n________________ ___________________\n\nIngeniería Contratista\n\nGerente-Contratista\n\nControl de Proyecto\n\nDirector General MPSA Dirección de Ingeniería CGR\n\nCosto de financiamiento\nPrecio contractual\nDescuentos\n\nDirector Ejecutivo\n\nMonto contractual\n\nAcumulado anterior\n\nContractual\n\nAnterior\n\nRevisado por: ___________________\nDirección de Ingeniería e Infraestructura\n\n__________________\nDirección de Finanzas\n\nEste mes\n\nEsta cuenta\n\n%\n\nTotal acumulado\n\nAcumulado\n\n%\n\nPendiente por ejecutar\n\nPendiente\n\n%\nANEXO NÚM.2\nREPÚBLICA DE PANAMÁ\nMETRO DE PANAMÁ, S.A.\nDIRECCIÓN DE FINANZAS\nACEPTACIÓN DE LAS FACTURAS\nPor este medio, en el Metro de Panamá, S.A., certificamos que corresponde al pago de la cuenta\nNo. _____ a la empresa ___________________________, por los servicios ejecutados en el mes\nde enero de 20__, del contrato __________________ y sus adendas, para el Proyecto de\n________________, suscrito entre el Metro de Panamá, S.A., y __________________________.\n\nEl servicio aceptado se especifica a continuación:\nEjecución de contrato:\n\nB/. ______________________\n\n- Retención del 5%:\n- Amortización de anticipo:\n\nB/. ______________________\nB/. ______________________\n\nMonto neto a pagar:\nFacturas presentadas para la Cuenta No. ___\n\nB/. ______________________\nMonto (B/.)\n\nTotal neto del monto, según facturas:\nRevisado por: ________________________\n\nAprobado por: ____________________\nDirector de Finanzas\nANEXO NÚM.3\nREPÚBLICA DE PANAMÁ\nMETRO DE PANAMÁ, S.A.\nDIRECCIÓN DE FINANZAS\nRECHAZO DE LAS FACTURAS\nPor este medio, en el Metro de Panamá, S.A., certificamos que corresponde al pago de la cuenta\nNo. _____ a la empresa ___________________________, por los servicios ejecutados en el mes\nde enero de 20__, del contrato __________________ y sus adendas, para el Proyecto de\n_________________, suscrito entre el Metro de Panamá, S.A., y _________________________.\n\nLas facturas presentadas han sido rechazadas por la(s) siguiente(s) condición(es):\nFactura núm.\n\nRevisado por: ________________________\n\nDescripción\n\nAprobado por: ____________________\nDirector de Finanzas\nANEXO NÚM.4\nREPÚBLICA DE PANAMÁ\nMETRO DE PANAMÁ, S.A.\nDIRECCIÓN DE FINANZAS\nCuadro de Control Financiero\nLínea ___ Metro de Panamá\n\nAño:\n\nMes:\n\nNo.\nFactura:\n\nAmortización\nFacturación:\nMonto total facturado a la fecha:\nAvance Económico\nAvance Financiero\n\nMonto\nBruto:\n\nRetención: Amortización:\n\nOtros\ndescuentos:\n\nMonto\nNeto:\n\nNeto\nObservaciones:\nAcumulado:\nANEXO NÚM.5\nREPÚBLICA DE PANAMÁ\nMETRO DE PANAMÁ, S.A.\nDIRECCIÓN DE FINANZAS\nCERTIFICADO DE NO OBJECIÓN\n(Modelo)\nCNO No.___________ (año/mes de la cuenta) _________ (año de pago) ____ (consecutivo)\nExpedido de conformidad con lo dispuesto en el reglamento aprobado mediante la Resolución de\nJunta Directiva No.01-2015- de 23 de noviembre de 2015 de Metro de Panamá, S.A. (en adelante\nReglamento).\nConste por el presente que este Certificado de No Objeción (en adelante CNO) que expide en\ncumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de Junta Directiva No. 01-2015 de 23 de noviembre\nde 2015 de Metro de Panamá, S.A. y el contrato No. _______ de fecha ________ de ______ de\n_____________, suscrito entre el Metro de Panamá, S.A., y ______________ (El\nCONTRATISTA), (detallar las adendas si la hubiese) (en adelante el Contrato). Conste además\nque _______________ (el Garante) ha(n) emitido fianza(s) a favor del Metro de Panamá, S.A.,\ngarantizando las obligaciones del CONTRATISTA bajo el CONTRATO.\nRESUMEN DEL AVANCE DEL PROYECTO, FACTURACIÓN Y DETERMINACIÓN DEL\nCRÉDITO\nProyecto\nMonto del Contrato\n(+/-) Adenda(s)\nMonto Contractual\nInforme de avance\nNo.\nPeriodo cubierto por Mes\nel informe\nAño\nAvance del\nAcumulado\nProyecto\nAnterior\nMonto\nPorcentaje\nMonto Ejecutado\ndel Contrato\n(-) Amortización del\nanticipo\n(-) Retención\ncontractual por\ngarantía\n(+/-) Otras adiciones\no deducciones (1)\nMonto Neto a Pagar al Contratista o a las\nCesionarias con este CNO\n\nFecha de Aceptación\n\nInforme de Avance\n\nTotal\n\nMoneda del Contrato\nMoneda del Contrato %\nMoneda del Contrato %\n\nMoneda del Contrato %\nMoneda de Contrato\n\nFecha de Pago de este CNO\nFacturas a ser\nReconocidas con la\nEmisión de\nFacturas a ser\nreconocidas con la\nEmisión de este\nCNO\n\nCesionaria(s) y/o\ncesionarias\nSubsiguientes (2)\nAgente (3)\nNúmero\n\nMonto\n\nNúmero\n\nMonto\nANEXO NÚM.6\nREPÚBLICA DE PANAMÁ\nMETRO DE PANAMÁ, S.A.\nDIRECCIÓN DE FINANZAS\nCONSECUTIVO DE CERTIFICADO DE NO OBJECIÓN\nPROYECTO LÍNEA __\n\nNúm. de\nCNO /\nCPPs\n\nCesionario\n\nReferencia\n\nEjecución\ndel\nServicio\n\nEstatus\n\nTotal\n\nDirección de Finanzas: ________________________________\n\n30 de\nnoviembre\nde 2016\n\n30 de\nnoviembre\nde 2017\n\nFecha de Pago\n30 de\n30 de\nnoviembre noviembre\nde 2018\nde 2019\n\n30 de\nnoviembre\nde 2020\nANEXO NÚM.7\nANEXO NÚM.8\n\nGLOSARIO\nGLOSARIO\n1.\n\nAgente: cualquier fiduciario y/o agente administrativo designado por la(s) Cesionaria(s) o\nCesionaria(s) Subsiguiente(s) para recibir, solicitar, gestionar y cobrar los Certificados de\nNo Objeción conforme a la Cesión de Crédito correspondiente.\n\n2.\n\nCedente: persona natural o jurídica que transfiere parcial o totalmente su título de crédito\no cualquier otro derecho por medio de una Cesión de Crédito.\n\n3.\n\nCesionaria(s): entidades bancarias, financieras, de seguros, de reaseguros, fondo de\ninversión o fideicomiso cuyo fideicomitentes y /o beneficiarios sean las antes referidas\nentidades, a cuyo favor se hace la Cesión de Crédito, incluyendo el Agente quien actuará\nen beneficio de dicha(s) Cesionaria(s).\n\n4.\n\nCesionaria(s) Subsiguiente(s): entidades bancarias, financiera, de seguros, de reaseguros,\nfondo de inversión o fideicomiso cuyo fideicomitentes y/o beneficiarios sean las antes\nreferidas entidades, a cuyo favor uno o más de las Cesionarias de una Cesión de Crédito\ncede total o parcialmente los Certificados de No Objeción que forma parte de dicha Cesión\nde Crédito.\n\n5.\n\nCesión de crédito total irrevocable: acto de naturaleza contractual, no revocable,\nmediante el cual un proveedor o contratita transfiere a un tercero la totalidad de los créditos\nque le adeuda la entidad contratante, en virtud de los bienes y servicios que ésta ha recibido,\nproducto del cumplimiento de un contrato o bien de una orden de compra.\n\n6.\n\nCesión de crédito parcial irrevocable: acto de naturales contractual, no revocable,\nmediante el cual un proveedor o contratista transfiere a un tercero una parte de los créditos\nque le adeuda la entidad contratante, en virtud de los bienes y servicios que ésta ha recibido,\nproducto del cumplimiento de un contrato o bien de una orden de compra.\n\n7.\n\nContratista: persona(s) natural(es) o jurídica(s) que individualmente o como integrante de\nun consorcio celebra un contrato llave en mano con el Metro de Panamá, S.A.\n\n8.\n\nContrato llave en mano o modalidad similar: esta modalidad se activa cuando la\nadministración pretenda alcanzar la entrega del objeto que se va a contratar en perfecto\nestado de funcionamiento y rendimiento, apto para proporcionar a la entidad pública la\ncapacidad de uso necesario para el cumplimiento de funciones sociales.\nSe considera contratos llave en mano completos los que el Estado celebra con el contratista\npara la realización de una obra que incluye, por lo general, todas las obligaciones inherentes\na ella, como lo suministros, diseño, la construcción y la presentación de servicios.\nSe considera contrato de llave en mano parcial lo que celebra la entidad contratante con el\ncontratista, de acuerdo a la fusión o combinación de alguna de las obligaciones, como son\ndiseño y/o construcción y/o equipamiento y/o prestación de servicios.\nLa obligación principal que asume el Estado en los contratos llave en mano es el pago del\nprecio de la obra, previamente negociado con los proponentes y regulado en el pliego de\ncargos.\n9.\n\nCrédito: cantidad de dinero que le adeuda la entidad contratante al proveedor o contratista,\ncon motivo del cumplimiento de una obligación pactada en un contrato u orden de compra\npor parte de éste.\n\n10. Memorial de Notificación de Cesión de Crédito: es el documento mediante el cual un\nCedente notifica a Metro de Panamá, S.A., una Cesión de Crédito, para cesiones entre un\nCedente y una o más Cesionarias y para cesiones entre una Cesionaria y una o más\nCesionarias Subsiguientes.","ini":7339,"fin":44032}
