Artículo 1Habilitar el 15 de octubre de 2018 en jornada especial para las regionales Arraiján, El Dorado, Panamá Norte y Panamá Este en horario de 10:00 a.m. a 6:00 p.m.; y las demás regionales en horario extendido de 7:30 a.m. a 6:00 p.m., para que los menores de 18 años, que alcanzarán la mayoría de edad entre el 16 de octubre de 2018 hasta el día anterior a las elecciones, puedan hacer su solicitud de cédula de identidad en las oficinas del Tribunal Electoral, para ser incluidos en el Padrón Electoral.Leer +
**Artículo 1.** Habilitar el 15 de octubre de 2018 en jornada especial para las regionales Arraiján, El Dorado, Panamá Norte y Panamá Este en horario de 10:00 a.m. a 6:00 p.m.; y las demás regionales en horario extendido de 7:30 a.m. a 6:00 p.m., para que los menores de 18 años, que alcanzarán la mayoría de edad entre el 16 de octubre de 2018 hasta el día anterior a las elecciones, puedan hacer su solicitud de cédula de identidad en las oficinas del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo), para ser incluidos en el Padrón (reconocida por el modelo) Electoral.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Instruir a la Dirección Nacional de Cedulación para que coordine las medidas pertinentes con el propósito de efectuar el aviso público correspondiente.Leer +
**Artículo 2.** Instruir a la Dirección Nacional de Cedulación para que coordine las medidas pertinentes con el propósito de efectuar el aviso público correspondiente.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3Este Decreto rige el lunes quince de octubre de dos mil dieciocho.Leer +
**Artículo 3.** Este Decreto rige el lunes quince de octubre de dos mil dieciocho.
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