EMITIR LAS NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL PARA LA REPUBLICA DE PANAMA
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**Artículo 7.** DECRETA Emitir las Normas de Auditoría Gubernamental para la República de Panemá de aplicación obligatoria para realizar auditorías en las Instituciones del Sector Gubernamental por los auditores de la Contraloría General de la República, las Unidades de auditoría Interna de las Entidades del Sector Público, y las Firmas Privadas de Auditoría que se contraten. Las Normas de Auditoría Gubernamental constituyen la base conceptual y metodológica para el auditor y contribuyen a determinar la amplitud de su actuación y los procedimientos que deberá aplicar en la auditoría. Las Normas de Auditoría Gubernamental serán complementadas con manuales, guías e instrucciones especializadas, con el fin de proporcionar pautas específicas para el ejercicio de la auditoría. * La Auditoría Gubernamental comprende la Auditoría Financiera, la Auditoría Operacional y las Auditorías Especiales. Para desempeñar los cargos de Director de Auditoría General, Jefe de Departamento y Supervisor en la Contraloría General de la República es requisito esencial el título profesional de Contador Público Autorizado y la licencia otorgada por la Junta Técnica de Contabilidad del Ministerio de Comercio o Industria, Igual requisito es indispensable para desempeñar los cargos de Auditores Internos y Supervisores de Auditoría Interna. Las presentes Normas de Auditoría Gubernamental para la República de Panamá, derogan las Normas vigentes denominadas Normas de Auditoría Externa Gubernamental y todas las Normas de Auditoría Internas promulgadas a la fecha. Las presentes Normas de Auditoría Gubernamental para la República de Panamá entrarán en vigor a partir de la publicación del presente Decreto. Fundamento Legal: Artículo 276 de ia Constitución Política y numeral 2 del artícula 1 de la Ley 32 de noviembre de 1984.
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