LegislaciónLegislación/Correos Correos y Telegrafos Decreto Dirección General de Correos y Telegrafos Ministerio de Gobierno y Justicia Secretaria de Gobierno y Justicia Servicios Telegrafos/Decreto 169ID · decreto-1922-169
Decreto 169●Vigente
Por el cual se establece en el servicio interior de correos y telégrafos, el de giros postales y telegráficos.
POR EL CUAL SE ESTABLECE EN EL SERVICIO INTERIOR DE CORREOS Y TELEGRAFOS, EL DE GIROS POSTALES Y TELEGRAFICOSTipoDecretoNúmero169Año1922Gaceta04064Artículos5
Correos Correos y Telegrafos Decreto Dirección General de Correos y Telegrafos Ministerio de Gobierno y Justicia Secretaria de Gobierno y Justicia Servicios Telegrafos
**Artículo 20.** Corresponde a la Dirección Deneral de e
ae que eomebaará a prestarie Y
Ta enamiía
a.
Tanto el reg demás disposiciones que dicte 1a Ti ción General de Correos y Telégr.
ente respecio, reguicre la aprobat Poder Ejecutico,
wento como todas las
**Artículo 59.** Para el movini fondos de giros postales y tel ia 48 destiza la sumta de tred mi al (B. 3.008.00) con cargo a la Ciya de la Dirección General e Correos y Telégra fos, lon cualen se tomarán del producio de la venta de especies postales, telegrár ficas y de escomiendas postales
Comuniquese y publiquese
Dado en Fanamá, ulos veintisirte días del mies de Diciembre de 'mil novecien:
0s veistidós
BELISARIO PORRAS.
El Seeretario de Gobierno y Justicia, R CHzARL
DECRETO NUMERO 111 DE 1927 2— (DE 23 DE DICIENARE)
5or el cunlae aeclem invobulatente uD vombra Sirno e s de l Colonía Penalcr Cor
El Presi en uso de sus facultades Jegales,
07
1e de de República,
DECRETA
Artícula qnico. Se declara Insub.
eiente ei nombramiento hecho en el señor Juifo Pineda para Vigilante la Cofonia Pena de Coiba y senor
Ng
| - Comuniquee y publiquese m | "Pa9ceo Fanamá, e 108 veletinge-e 26 | dias del mes de Diciembro de mblx.:
190r | vecientos velacidós ] BELISARIO PORBAS 1as | El Neeretario de Goblerno y Jue a | de
5, Curamr
REPUSLICA DE PANAMA
bra en su reemplazo al señor Aífrea- |
el Conseño Tic
Presidente fe eu Hepriblica,
enmso de sus facultades legsles y de zeuerto e n el artícao 33 del Cóulgo Penal de
oRONEFA
!
| Arifculo e El Concejo Técmico de ¡l .
|
!
|
o años por el
Poder Ejveutivo. De ese Concejo f ma-á parte precisamente el Sucretario de Goblerno y Justicia, quien será s Presidente. - El V iocpresidente y Secretario serán nombrados entre lus
| cinco mlembros por maporía de votcb,
El cañgo de miembro del Concejo Téenico “es rompetibe con cualquier otro empleo y caro público
**Artículo 2.** ? El Concejo Técnico se reanirá «bilgatoriamento una vez al mes y slempreque para ese Unsea eonvávaño for sa dente. Ce Drard seslones en eí Despacho Secretaria de Goblerno y Justicla.
Artículo % El C ncejo Térico ade.
mÁS e las atribucións que v ceñaia *V acticuio 33 del Cónier Penal ten Mrá de de Gietar su reglamento n terno.
le de
Les sniembros dal Cone Endrá
m de diez ha bo:s da díaque aboren, »xepción hecha de su Fresidente, el Secretadio de Gos bierno y Justicia.
Articulo » Será fecha inicial del perlodo de «uración de “os miemb-os del Conesjo Técnico de la vigencia del Cósipo Penal de 1972
**Artículo 69.** So nombra a los seño.
Artiento de 0jo Té
yeS duezor 3. Demácteries Arrsemenz, Carios L. López, Ciriro ), Marcimz, d Guardia Vega y don Boduifo Uhia TH Secretario de ubl: mo y Justicia,
mlembros del Concejo Técnico de Cár celes.
Comuniquese y publiquesa.
Dado en la cludad «e Panamá, a des días del mes de Enero de veclentos velatitrés.
BELISARIO PORRAS.
El Secrezario de Goblerno y Jus-tieia,
los
B. Cuiaey,
RESOLUCIÓN N 10 125
República de Panamá —Poder Kjecnti Nacional — Secrcta Justicia —Sección Pritera.—.
29 de 152,
sto ei Acnerdo námera 9 de $ de Octubre úliimo, sobre poiícía mat — patido por el Concej de Capira, en que <e regiame 60 de Torea Ón del
o nouibre, en atención e que el Manio cipio n cuestión tiene
Bre tierras y que ae retere [ de y de conformidad con | del Códiyo Adminictraneo
ramam,
Acuer nrtículo 748
| 1e RESUELUR
Aprobar el Acuerdo citado del Coneejo | de Capra.
Comeniquese y publiquese BELISARIO PORRAS, El Secretario de Gobierno y Justicia,
R, Carans
de Gobierno y |
|
1
| i |
4
vO inscrito 0- .
de a
1 Núxreo d08s
Repúfblica de Enma
fre 27 de 1922
É antoridad, yo e le conceda la i.
Bertas ennicional de que trata =) artícalo 15 del Cósigo Prnal y al e
ido por el Director del Presisio,
en el respactivo esta-de cactigo.
Por tanto, de acuerdo con lss ar-tícnlos 19,29, 30 y $1 del Código Per mal y 19 del Decreto número $7 d 1919 y con la opinión del señor Pro-curalor Gemeral de la Nación, emiti-as en u Vista múmero 632, del 7 de los eorricutes,
sE RESUELUE
der a Clierd A. Elull la qiber liciomal derante a
puesto =» hieftad ¿n esa fechia
mjeto 5 la vigilancia de las autoro.
< púr el tiempó que le falta de la cos Mena, 0a Taño, y a emaptir las RUveites olvigacion:
tamcnte de a - vigil na pudiendo
2 Otmervar las regins de insperción que aguélin le señalo: y
38 Adoptar euaquier oficio, arte 0 in-dustria dícitaes, si xo tuviere mesdios pros pios y conucidlos de subsistencia
a del gar
La fsita de enmplimiento de las obii-paciouen anteriores, 0 la comisión de un Puevo deito, privan al fuvorecido del bensficio de a fibertad condicionat y volverá a seguís cumpliendo sa c
Comuníquese y publizaeso EELISARIO PORRAS.
A Secretario de Gobierno y Justicia,
. Canan:.
RESOLUCION NUMERO 314
Bepábiica de Paramá _Poder Ejecu-tiro Neelunal—Secretaría de o blemo y Justicia—Serción Segunda —Nesolución nómero 314.—Pana.
0á Diciemre yT de 1uz.
Fernando Aguirre, panameño, Ca-
yetano Martíner. panameño e yan
Duncan (a) Cirli Mc Lean, jamates:
ma, han solleitado de esta Srcretaria
5e les conceda la “Ibertad condicional de que trata el artículo 15. del Código
Penal, yal efecto acompañan copiae
de ¡ns sé ¡Tenclas por las euales fueron
condenados y certificad.s erpedidos
Bor elS bdirech»r de la Colnia Pene)
de la Isla de Colbs, en donde complen
108 Teos 5us condenas, en los que cons-
ta que lesreos mencionados no en
Sb»rvade huena conducta durente e:
Usmpo que ilevan de estar presos
Famo el artículo 18 del Código Pe-el mstabiece como requisito indispeo.
Fable Dara “a libertad: condicional, la Buena conducta del so'leftante duran Ye el tiempo de la condena, y como Ton Teos mencionados no han ilenado este Tequistto, de acuerdo con la 'opinióo del Procurador General de la Nación,
Comunidad · Norma
La conversación
Preguntas, observaciones y lecturas compartidas sobre esta norma. Las intervenciones son públicas; no sustituyen el texto oficial.
Aún no hay intervenciones. La primera lectura puede abrir la conversación.
✦ La lectura es pública. Para participar necesitas Premier activo. Ver mi cuenta
Subrayar por intervalo, sin la barra
Selecciona palabras de un artículo o indica un intervalo. Sin JavaScript, escribe también el texto exacto y todo el prefijo que lo precede dentro del bloque.