Texto
DECRETA:
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
DECRETA:
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
2señales
2tipos presentes
2bloques señalados
659palabras · 78 oraciones
DECRETA:
Artícuto 197 Crón= puesta de las Ténez, Gailiermo o can, Armiro De Klov Alíaro. Ta el Tarca de estuiar le y
“ s carie Ta 1 de
el si
de E
20,
Masozr Qrmsteno Y
DECRETO NUMERO 7 DE 1921 (D 12 D FEBRFRO)
por el cual se reforma el Decreto námero de "15a1
El Presidente de a República,
en nso de sns facultades legales,
DECRETA:
POR EL CUAL A LOS CONCEJOS MUNICIPALES DE LOS DISTRITOS DE SANTA ISABEL, PORTOBELO, CHAGRES Y DONOSO PARA IMPONER LAS CONTRIBUCIONES QUE DEBEN COBRARSE EN EL AÑO DE 1922.
**Artículo 19.** La Secretaría de Tacien-de y Tesoro pondrá a disposición de la Jiita Central de Caminos los fondos destinados a la construcción y reconstrucción, reparación, mejora y” conservación de lós caminos públicos,
**Artículo 29.** Los fondos que se por-g7 £ le “isposición de la funta Centrsl de Caminos serán depositados _cos mente con los demás fondos. del rario Público en el Banco que designe el Poder Ejetutivo
**Artículo 39.** Para efectuar los pagos de los gastos que ocasionen la construcción, reconstrucción, conserración, reparación y estudios técnicos de los cartinos hacio: Taies, se girarán cheques a cergo del Bauco depositario de los fondos pará'ca-minos, en forma análoga a la que se em-plca para los gastos ordinarios del servi o píbico. “Cana cheque girado leva- ustamente las Ármas autógrafas: Tel Presidene de la junta y. del Agente Fiscal de la República. Artícalo de Ningún cheque por suma o camtidad imputable a gastos incurridos “E comearado y aprobado por _el re niero en Jefe, todos los documentos que Jstifuen v egaticon el crédito resobo" de n Junta y el “agente | a eee d der nn q¡ < mO bl flg3fx… jegta | se baran el Artíeulo 69 Con conocimiento del plan [ rresponden como miembro de la Ju Dos Oficiales Mecanógrafos (uno tre- ductor) Un Archivero. Un Apuntador General. Un Estenógrafo. 'Un Almacenista y Auxiliares, Un Portero. Un Sirviente.
**Artículo 10.** _ Las funciones del Contador serán las siguientes: — 19 Llevar la contabilidad de los fondos destinados a la construción de ca-mitios, etc.. etc,, puestos a disposición de la fanta por el Gebierno Nacional 29 Ievar una cuenta a _cada Distrito Municipal de los fondos pars caminos que le correspondan; 30 Llevarla cnenta del número de j:rnales con que se pueda contar en cada Distríto Munícipal para los caminos distritoriales; 48 Dar cuenta a la Junta de los jor-nales con que se cuenta en cada Distrito para la construcción de caminos; $% _ Formar, de acuerdo con--las instrucciones de la Junta_ de Caminos, los presupuestos e entradas y gastos para 1s construcción de caminos h la Kepú- 6% Revisar las cnentas del Ferrocarril Nacional de Chiriquí y someterlas con sus observaciones a la Jurta; y 7 Cunylir 1s óxdenes que e sean ; a qanía y ls demás que le asigne el reglamento interno- Artícuio 11, Son obligaciones del Ayente Fiscal” además de las que le co- Central de Caminos y como Agente” Fis-<al de la República, recabar de las _Juntas Distritoriales de Caminos, la recan-dación de la Contribución de Caminos y liacer depositar ecos fondos en el Banco depositario de la Janta Central de Cami- Dar cuenta a la Junta de los fondos dispomibles para caminos en cada Distrito; Firmar los cheques que se expidan para cubrir los gastos ordenados por la Junta, y pasarios al Presidente de la mismí para que sean refrenderos con-forme queda dispuesto Arículo 12. Deróganse los y 48 del Decreto rúmero 5 de 18 de Enero de 1921] Comuníquese y publiquese , 4J0s doce días del mil novecientos ecin- BELISARIO PORKAS, El Secrtario de Fomento, Mavver Qurerero Y. DECRETO NUMERO $ DE 1921 (DE S DE PaSRERO) un nombramiento 1 Fresidente de 1a Repáblico o de sus facultades legeles, ahjeto de que Yos” Trstttlos E de ael pala eo el meior plan de ss Tec …!' aaexo dl Nuevo y publique Parsmá, a los mueve días d muvecientos PELE ARIO PORRAS, Secretario de Foment:
Entra para ver tus avisos.