Por el cual se declara a la República de Honduras como jurisdicción reconocida para los efectos de la definición contenida en el numeral 36 del artículo 49 del Texto Único de la Ley del Mercado de ValoresTipoAcuerdoNúmero4-2024Año2024Fecha22 may 2024Gaceta30054EmisorSuperintendencia del Mercado de ValoresArtículos2
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De la oración a sus funciones
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CONSIDERANDO:**
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Estructura· 1 cláusula
Cláusula principal· principal
Contenido de la cláusula· CONSIDERANDO:**
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31señales
4tipos presentes
13bloques señalados
951palabras · 19 oraciones
Texto
**CONSIDERANDO:**
Texto
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Texto
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Que el del Texto Único faculta a la Junta Directiva para “reconocer, previo dictamen favorable del Superintendente, la jurisdicciones cuyas legalizaciones cuentan con los elementos suficientes para considerarse jurisdicción reconocida como se define en la Ley del Mercado de Valores”.
**Artículo 1.** DECLARAR como jurisdicción reconocida, para los efectos de la definición contenida en el del del Texto Único de la Ley del Mercado de Valores, a la siguiente jurisdicción:
-República de Honduras
Artículo 2
**Artículo 2.** (VIGENCIA). El presente Acuerdo entrará a regir a partir de su promulgación en Gaceta Oficial de la República de Panamá.
PBLÍQUESE Y CÚMPLASE,