Derecho Migratorio · ES
Visas de residencia de Panamá comparadas: guía 2026.
Comparación clara de las principales vías de residencia en Panamá en 2026: jubilado/pensionado, países amigos, inversionista calificado, solvencia económica propia, permiso de trabajo y nómada digital. Montos, plazos, elegibilidad y paso a residencia permanente en una sola tabla, con la norma citada.
¿Qué vía de residencia le conviene para mudarse a Panamá? Cada permiso migratorio tiene requisitos, montos y plazos distintos. Esta guía compara las seis rutas más utilizadas en 2026 en una sola vista, para que usted identifique cuál se ajusta a su perfil antes de iniciar el trámite.
Nota: la información resume el marco vigente a la fecha de actualización. La legislación migratoria panameña cambia con frecuencia (por ejemplo, la Ley 492 de 2025 sobre inversionistas y el ajuste de umbrales inmobiliarios previsto para octubre de 2026). Verifique su caso concreto con un abogado antes de decidir.
Tabla comparativa (2026)
| Vía de residencia | Requisito económico | Plazo típico | ¿A quién sirve? | ¿Lleva a permanente? |
|---|---|---|---|---|
| Jubilado / Pensionado | Pensión vitalicia ≥ US$1,000/mes (+US$250 por dependiente) | 2–4 meses | Retirados con pensión de por vida | Es permanente desde el inicio |
| Países Amigos | Vínculo económico: inmueble o depósito ≥ US$200,000, o contrato laboral | 2 años (temporal) → permanente | Nacionales de ~50 países con lazo económico | Sí, tras 2 años |
| Inversionista Calificado | Inmueble ≥ US$300,000 (sube a US$500,000 tras 15-oct-2026), o valores ≥ US$500,000, o depósito ≥ US$750,000 | ~30 días | Inversionistas que quieren permanente ya | Permanente directo |
| Solvencia Económica Propia | US$300,000 en inmueble, depósito a plazo o mezcla (+US$2,000 por dependiente) | 3–6 meses | Personas con capital propio, sin pensión | Sí |
| Permiso de trabajo | Contrato laboral + cuota de Mitradel disponible | Variable | Extranjeros contratados por empresa panameña | Según la vía migratoria asociada |
| Nómada digital (teletrabajador) | Ingreso externo ~US$36,000/año | Semanas | Trabajadores remotos de empresas extranjeras | No; es estancia temporal |
Cómo elegir según su perfil
- Está jubilado y cobra una pensión de por vida. La visa de Pensionado es casi siempre la mejor: es de las más económicas, es permanente desde el primer día y da acceso al célebre paquete de descuentos para jubilados en Panamá (transporte, salud, ocio).
- Es ciudadano de un país "amigo" y quiere invertir moderadamente. La Visa de Países Amigos es la vía estrella para estadounidenses, canadienses y europeos: exige un vínculo económico (típicamente un inmueble de US$200,000) y conduce a la residencia permanente. Su régimen vigente está fijado por el Decreto Ejecutivo 197 de 2021.
- Quiere la residencia permanente de inmediato y tiene capital. El Inversionista Calificado la otorga en unos 30 días. Atención al calendario: el umbral inmobiliario sube de US$300,000 a US$500,000 después del 15 de octubre de 2026, por lo que invertir antes de esa fecha reduce el monto exigido.
- Tiene capital pero no pensión ni interés en el programa de inversionista. La Solvencia Económica Propia permite residir acreditando US$300,000 propios.
- Una empresa panameña lo va a contratar. Necesitará permiso de trabajo (cuota de Mitradel) además del permiso migratorio.
- Trabaja en remoto para una empresa fuera de Panamá. La visa de nómada digital permite vivir en el país sin trabajar localmente, pero no conduce a la residencia permanente.
Ventajas comunes a todas las vías
Panamá es atractivo con independencia de la ruta elegida:
- Sistema tributario territorial: en general solo se grava el ingreso de fuente panameña; las rentas obtenidas en el exterior no tributan en Panamá.
- Economía dolarizada: el balboa está a la par con el dólar estadounidense y el dólar circula libremente.
- Estabilidad y conectividad: centro financiero y logístico regional, con el Hub de las Américas para vuelos directos.
Después de la residencia: naturalización
Quien mantenga la residencia puede solicitar la nacionalidad panameña, por regla general tras cinco años de residencia (dos años si está casado con panameño/a o tiene hijo panameño), acreditando arraigo y conocimientos básicos.
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