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Derecho Laboral · ES

Tribunales de trabajo en Panamá: Juntas de Conciliación, juzgados seccionales y tribunales superiores.

Guía de la organización de la justicia laboral en Panamá: las Juntas de Conciliación y Decisión (competencia por cuantía y trabajadores domésticos), los Juzgados Seccionales de Trabajo por sección territorial, los dos Tribunales Superiores de Trabajo y el cierre en la Sala Tercera de la Corte Suprema.

Publicado en la fuente: Última fecha declarada:

Saber ante qué órgano se reclama un derecho laboral depende de la cuantía, la materia y el territorio. La justicia de trabajo en Panamá combina órganos especiales tripartitos con juzgados y tribunales del Órgano Judicial. Esta guía ordena el mapa.

Guía informativa. La distribución y el número de juzgados cambian por acuerdos del Pleno de la Corte Suprema; verifica el directorio vigente para un caso concreto.

Las Juntas de Conciliación y Decisión

Las Juntas de Conciliación y Decisión (Ley 7 de 1975) son órganos tripartitos: un representante de los trabajadores, uno de los empleadores y uno del Gobierno que preside. Están adscritas al MITRADEL y tienen competencia en todo el país. Conocen con exclusividad de:

  • Los despidos injustificados.
  • Las demandas por prestaciones de cualquier clase hasta B/.1,500.
  • Las demandas de cualquier cuantía de trabajadores domésticos.

Los Juzgados Seccionales de Trabajo

Por encima del umbral de las Juntas actúan los Juzgados Seccionales de Trabajo (Ley 59 de 2001), organizados por secciones territoriales:

SecciónÁmbitoSede(s)
1.ªPanamáCiudad de Panamá (cuatro juzgados) y La Chorrera
2.ªColón y Comarca Guna YalaCiudad de Colón
3.ªChiriquíDavid
4.ªCocléAguadulce y Penonomé
5.ªBocas del ToroChanguinola
6.ªHerreraChitré
7.ªVeraguasSantiago
8.ªLos SantosLas Tablas
9.ªDariénLa Palma

El número de juzgados por sede se ajusta por acuerdos del Pleno de la Corte Suprema.

Los Tribunales Superiores de Trabajo

En segunda instancia hay dos Tribunales Superiores de Trabajo:

  • El del Primer Distrito Judicial, con sede en Panamá (jurisdicción sobre Panamá, Colón, Darién y la Comarca Guna Yala).
  • El del Segundo Distrito Judicial, con sede en Santiago (jurisdicción sobre Veraguas, Coclé, Herrera, Los Santos, Chiriquí y Bocas del Toro).

El cierre en la Corte Suprema

La casación laboral la resuelve la Sala Tercera de la Corte Suprema, que es «de lo Contencioso-Administrativo y Laboral». Así, el vértice de la justicia de trabajo es esa Sala.

Preguntas frecuentes de la fuente

Preguntas, respuestas y fuentes conservadas del archivo histórico. Nucleus no ha cotejado su vigencia ni sus enlaces.

¿Ante quién reclamo un despido injustificado?

Ante una Junta de Conciliación y Decisión, que conoce de esa materia con exclusividad.

¿Y si mi reclamo supera los B/.1,500?

Corresponde a un Juzgado Seccional de Trabajo, salvo que se trate de despido o de trabajo doméstico, que van a la Junta.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Los plazos laborales son cortos; conviene consultar de inmediato.

Fuentes declaradas en Iurispa

Preguntas, respuestas y fuentes conservadas del archivo histórico. Nucleus no ha cotejado su vigencia ni sus enlaces.

  1. Código de Trabajo ↗
  2. Ley 7 de 1975 ↗
  3. Ley 59 de 2001 ↗
  4. Órgano Judicial de Panamá ↗