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Parlamento

Anteproyecto de ley 176.

Que garantiza el acceso gratuito a la plataforma Panamá conecta y establece la integración de las plataformas digitales del Estado.

Graciela Hernández

Cuadro comparativo SeguirPendiente de prohijar
1Artículo 1disposiciónLos concesionarios que presten servicios públicos de telecomunicaciones y acceso a internet móvil darán acceso gratuito e ilimitado a la plataforma Panamá Conecta.Leer +

Artículo 1.

Los concesionarios que presten servicios públicos de telecomunicaciones y acceso a internet móvil darán acceso gratuito e ilimitado a la plataforma Panamá Conecta.

2Artículo 2disposiciónTodas las plataformas del Estado deberán estar incorporadas en la plataforma Panamá Conecta, en un plazo no mayor de un año a partir de la promulgación de la presenta ley.Leer +

Artículo 2.

Todas las plataformas del Estado deberán estar incorporadas en la plataforma Panamá Conecta, en un plazo no mayor de un año a partir de la promulgación de la presenta ley.

3Artículo 3disposiciónEl Órgano Ejecutivo, reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de seis (6) meses.Leer +

Artículo 3.

Reglamentación El Órgano Ejecutivo, reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de seis (

6) meses.

4Artículo 4vigenciaEsta Ley comenzará a regir desde su promulgación.Leer +

Artículo 4.

Vigencia Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.