Anteproyecto de ley 176.
Que garantiza el acceso gratuito a la plataforma Panamá conecta y establece la integración de las plataformas digitales del Estado.
Graciela Hernández
4 de 4 artículos
| Artículo | Efecto | Texto | Acciones |
|---|---|---|---|
| Artículo 1 | disposición | Artículo 1.Los concesionarios que presten servicios públicos de telecomunicaciones y acceso a internet móvil darán acceso gratuito e ilimitado a la plataforma Panamá Conecta. | |
| Artículo 2 | disposición | Artículo 2.Todas las plataformas del Estado deberán estar incorporadas en la plataforma Panamá Conecta, en un plazo no mayor de un año a partir de la promulgación de la presenta ley. | |
| Artículo 3 | disposición | Artículo 3.Reglamentación El Órgano Ejecutivo, reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de seis ( 6) meses. | |
| Artículo 4 | vigencia | Artículo 4.Vigencia Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. | |