Proyecto de ley 705.
Que modifica y adiciona artículos al Texto Único de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997 y dicta otras disposiciones
Ministerio de la Presidencia
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
El presente proyecto de Ley introduce modificaciones puntuales al Texto Único de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, que en el corto plazo permiten fortalecer el marco regulatorio del servicio público de electricidad y mejorar diversos aspectos necesarios para la adecuada prestación del servicio público de electricidad. Este servicio público constituye un pilar esencial para el desarrollo económico, social y productivo del país. Su prestación eficiente, continua e ininterrumpida no solo representa una exigencia técnica y operativa, sino también una obligación jurídica derivada del artículo 49 de la Constitución Política de la República de Panamá, el cual impone al Estado el deber de garantizar a todas las personas el acceso a bienes y servicios de calidad. Durante las últimas décadas, los clientes del servicio público de electricidad han manifestado de forma reiterada preocupaciones relacionadas con la calidad del suministro eléctrico, debido a su desmejoramiento sistemático. Entre las principales incidencias reportadas destacan las fluctuaciones de voltaje, interrupciones frecuentes del servicio, daños a equipos y artefactos eléctricos, así como deficiencias en los mecanismos de atención, compensación y resarcimiento económico. Estas situaciones impactan de manera directa la economía de los hogares, la actividad comercial e industrial, y la confianza de los ciudadanos en la adecuada prestación del servicio. En atención a esta realidad, el presente proyecto de Ley refuerza el régimen de derechos de los usuarios y las obligaciones de las empresas distribuidoras, incorporando disposiciones orientadas a garantizar mayor transparencia en la información suministrada a los clientes, plazos definidos para la atención de reclamos, reconocimiento de créditos por incumplimiento de las normas de calidad por parte de las empresas distribuidoras conforme a las normas reglamentarias vigentes y herramientas regulatorias que permitan una supervisión más efectiva por parte de la autoridad reguladora. Estas medidas procuran equilibrar la relación entre prestadores y usuarios, fortaleciendo la protección del consumidor dentro del sector eléctrico. Asimismo, la iniciativa legislativa amplía y precisa las obligaciones de las empresas de distribución eléctrica, incorporando elementos esenciales para la modernización del sistema, tales como la implementación de tecnologias de redes inteligentes, mejoras en los sistemas de medición, estándares de transparencia operativa y compromisos de inversión. Dichas adecuaciones responden a la evolución tecnológica del sector y a la necesidad de garantizar sistemas eléctricos mas resilientes, eficientes y adaptados a los desafio s presentes y futuros. Un componente relevante de la propuesta normativa lo constituye la electrificación rural promoviendo el objetivo de acceso universal al servicio de electricidad, la expansión ordenada y sostenible de la cobertura eléctrica. En este sentido, la electrificación de áreas rurales no servidas, no rentables y no concesionadas se incluye como una obligación inherente a la actividad de distribución, ampliando su alcance. De igual manera, se introducen ajustes regulatorios que permiten reconocer estas inversiones dentro de la estructura de costos del sector, asegurando señales económicas adecuadas que viabilicen su ejecución. Estas disposiciones reflejan el compromiso del Estado con la equidad territorial, el desarrollo inclusivo y la reducción de brechas sociales. Por otra parte, el proyecto de Ley atiende consideraciones fundamentales en materia de competencia y estructura del mercado eléctrico para preservar condiciones de competencia efectiva, garantizando un entorno equilibrado, transparente y orientado al interés público.
Igualmente, la propuesta incorpora mecanismos que fomentan una competencia real y efectiva en los procesos de venta del paquete mayoritario de acciones de empresas concesionarias de distribución eléctrica. La experiencia histórica ha evidenciado vacíos regulatorios que limitan la dinámica competitiva en dichos procesos, lo que puede incidir negativamente en la eficiencia del mercado y en los incentivos de desempeño empresarial. En este contexto, se establecen reglas que fortalecen la transparencia, la racionalidad económica y la competencia, alineando estos procesos con principios de mercado y protección del interés nacional. Se introducen ajustes en el régimen sancionatorio yen las facultades de la autoridad reguladora, a fin de robustecer la eficacia del sistema de fiscalización y cumplimiento normativo, entre otros, con la ampliación de las facultades de cobro coactivo contemplada en el Texto Único de la Ley 26 de 29 de enero de 1996, para procesos administrativos cuyo objeto sea el resarcimiento económico al cliente final. Las modificaciones propuestas contribuyen al cumplimiento de los objetivos de política pública del Estado panameño en materia energética, particularmente aquellos orientados a las metas de ampliación de la cobertura eléctrica y acceso universal, fortalecimiento de la calidad del servicio y la modernización del sistema eléctrico que facilite la incorporación de nuevas tecnologías y la descarbonización de la matriz energética de Panamá.
Exposición de motivos
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