Proyecto de ley 700.
Que establece la configuración de los circuitos electorales para la elección de diputados de la Asamblea Nacional
Tribunal Electoral de Panama
| Artículo | Efecto | Texto | Acciones |
|---|---|---|---|
| Artículo 1 | disposición | Artículo 1.Para la elección de diputados de la Asamblea Nacional, el territorio de la República se divide en cuarenta circuitos electorales. | |
| Artículo 2 | disposición | Artículo 2.Los cuarenta circuitos electorales quedan así: Provincia de Bocas del Toro. Se divide en dos circuitos electorales, de la manera siguiente: Circuito 1- 1. Comprende el distrito de Changuinola, con una población de 64,988 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 1- 2. Comprende los distritos de Bocas del Toro, Chiriquí Grande, Almirante y Naso Tjer Di (comarca Naso Tjer Di), con una población de 46,371 electores. Se elegirá un diputado. Provincia de Coclé. Se divide en cuatro circuitos electorales, de la manera siguiente: Circuito 2- 1. Comprende el distrito de Penonomé, con una población de 77,411 electores. Se elegirán dos diputados. Circuito 2- 2. Comprende el distrito de Antón, con una población de 45,874 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 2- 3. Comprende los distritos de La Pintada, Natá y Olá, con una población de 47,304 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 2- 4. Comprende el distrito de Aguadulce, con una población de 38,829 electores. Se elegirá un diputado. Provincia de Colón. Se divide en dos circuitos electorales, de la manera siguiente: Circuito 3- 1. Comprende el distrito de Colón, con una población de 173 ,829 electores. Se elegirán cuatro diputados. Circuito 3- 2. Comprende los distritos de Chagres, Donoso, Portobelo, Santa Isabel y Ornar Torrijos Herrera, con una población de 34,296 electores. Se elegirá un diputado. Provincia de Chiriquí. Se divide en seis circuitos electorales, de la manera siguiente: Circuito 4- 1. Comprende el distrito de David, con una población de 128,170 electores. Se elegirán tres diputados. Circuito 4- 2. Comprende el distrito de Barú, con una población de 49,712 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 4- 3. Comprende el distrito de Bugaba y Tierras Altas, con una población de 70,859 electores. Se elegirán dos diputados. Circuito 4- 4. Comprende los distritos de Alanje, Boquerón y Renacimiento, con una población de 46,704 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 4- 5. Comprende los distritos de Boquete, Dolega y Gualaca, con una población de 49,001 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 4- 6. Comprende los distritos de Remedios, San Lorenzo, Tolé y San Félix, con una población de 28,663 electores. Se elegirá un diputado. Provincia de Darién. Se divide en dos circuitos electorales, de la manera siguiente: Circuito 5- 1. Comprende los distritos de Chepigana, Santa Fe y Sambú (comarca Emberá Wounaan), con una población de 28,028 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 5- 2. Comprende los distritos de Pinogana y Cémaco (comarca Emberá Wounaan), con una población de 21,495 electores. Se elegirá un diputado. Provincia de Herrera. Se divide en tres circuitos electorales, de la manera siguiente: Circuito 6- 1. Comprende el distrito de Chitré, con una población de 44,412 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 6- 2. Comprende los distritos de Los Pozos, Parita y Pesé, con una población de 29,753 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 6- 3. Comprende los distritos de Ocú, Las Minas y Santa María, con una población de 31 ,394 electores. Se elegirá un diputado. Provincia de Los Santos. Se divide en dos circuitos electorales, de la manera siguiente: Circuito 7- 1. Comprende los distritos de Las Tablas, Pocrí, Pedasí y Guararé, con una población de 43,176 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 7- 2. Comprende los distritos de Los Santos, Macaracas y Tonosí, con una población de 42,006 electores. Se elegirá un diputado. Provincia de Panamá. Se divide en seis circuitos electorales, de la manera siguiente: Circuito 8- 1. Comprende los distritos de Balboa, Chepo, Chimán y Taboga, con una población de 47,202 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 8- 2. Comprende el distrito de San Miguelito, con una población de 251,303 electores. Se elegirán seis diputados. Circuito 8- 3. Comprende los corregimientos San Felipe, El Chorrillo, Santa Ana, Calidonia, Curundú, Ancón, Bella Vista, Betania y Pueblo Nuevo, con una población de 167,207 electores. Se elegirán cuatro diputados. Circuito 8- 4. Comprende los corregimientos Río Abajo, San Francisco, Parque Lefevre, Juan Díaz y Don Bosco, con una población de 168, 624 electores. Se elegirán cuatro diputados. Circuito 8- 5. Comprende los corregimientos Chilibre, Las Cumbres, Alcalde Díaz, Ernesto Córdoba Campos y Caimitillo, con una población de 152,482 electores. Se elegirán tres diputados. Circuito 8- 6. Comprende los corregimientos Pedregal, Pacora, San Martín, Tocumen, Las Mañanitas, 24 de Diciembre y Las Garzas, con una población de 236,093 electores. Se elegirán cinco diputados. Provincia de Veraguas. Se divide en cuatro circuitos electorales, de la manera siguiente: Circuito 9- 1. Comprende el distrito de Santiago, con una población de 77,634 electores. Se elegirán dos diputados. Circuito 9- 2. Comprende los distritos de La Mesa, Soná y Las Palmas, con una población de 53,878 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 9- 3. Comprende los distritos de Cañazas, Calobre, Santa Fe y San Francisco, con una población de 51,366 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 9- 4. Comprende los distritos de Atalaya, Montijo, Río de Jesús y Mariato, con una población de 27,817 electores. Se elegirá un diputado. Comarca Gunayala (Kuna Ya la). Se divide en dos circuitos electorales, de la manera siguiente: Circuito 10- 1. Comprende el corregimiento Narganá y en el corregimiento Ailigandí a los poblados de Airdirgandí, Irgandí, Playón Chico, Playón Grande y San Ignacio de Tupile y la comarca Guna de Madungandi, con una población de 15,583 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 10- 2. Comprende al resto del corregimiento Ailigandí y a los corregimientos Tubualá y Puerto Obaldía y la comarca Guna de Wargandi, con una población de 12,879 electores. Se elegirá un diputado. Comarca Ngabe-Buglé. Se divide en tres circuitos electorales, de la manera siguiente: Circuito 12- 1. Comprende los distritos de Kankintú, Kusapín, Jirondai y Santa Catalina, con una población de 61,548 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 12- 2. Comprende los distritos de Besiko, Mirono y Nole Duima, con una población de 57,250 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 12- 3. Comprende los distritos de Müna y Ñürün, con una población de 49,167 electores. Se elegirá un diputado. Provincia de Panamá Oeste. Se divide en cuatro circuitos electorales, de la manera siguiente: Cir cuito 13- 1. Comprende el distrito de Arraiján, con una población de 191,551 electores. Se elegirán cuatro diputados. Cir cuito 13- 2. Comprende el distrito de Capira, con una población de 35,701 electores. Se elegirá un diputado. Circuito 13- 3. Comprende los distritos de Chame y San Carlos, con una población de 40,973 electores. Se elegirá un diputado. Cir cuito 13- 4. Comprende el distrito de La Chorrera, con una población de 159,092 electores. Se elegirán cuatro diputados. | |
| Artículo 3 | disposición | Artículo 3.La delimitación y composición de los circuitos electorales establecidos en la presente Ley se detallan en el Anexo A, que forma parte integral de esta Ley. | |
| Artículo 4 | deroga | Artículo 4.La presente Ley deroga la Ley 299 de 5 de mayo de 2022. | |
| Artículo 5 | disposición | Artículo 5.Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. | |