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Proyecto de ley 741.

Por la cual modifican artículos a la Ley n.° 63 De 28 de agosto de 2008

Jamis Acosta

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

La presente iniciativa legislativa tiene como propósito introducir modificaciones y adiciOJl~S____ ._... a la Ley No. 63 de 28 de agosto de 2008, que adopta el Código Procesal Penal en la República de Panamá, específicamente en lo relativo a estos artículos Esta propuesta surge de la necesidad de fortalecer el sistema de justicia penal panameño, ajustándolo a los desafio s actuales en materia de legalidad procesal, protección de derechos fundamentales y eficiencia en la persecución penal. Desde la entrada en vigencia del Código Procesal Penal en 2008, Panamá ha avanzado significativamente en la implementación de un sistema acusatorio, basado en los principios de oralidad, inmediación, contradicción y concentración. Sin embargo, la práctica forense ha evidenciado vacíos normativos, ambigüedades interpretativas y limitaciones procesales que requieren una revisión sistemática de algunas disposiciones clave. Adicionalmente, en línea con un enfoque garantista, las modificaciones buscan asegurar que los procesos penales se desarrollen en plazos razonables, con sujeción a control judicial en etapas clave, y respetando principios como la presunción de inocencia, el derecho de defensa y el principio de congruencia de la acusación. En este contexto, se propone modificar los artículos 271 , 280 y 349 del cuerpo legal en mención, con el objetivo de: • Reforzar las garantías procesales del imputado y de las víctimas. • Mejorar la operatividad y eficacia del proceso penal. • Asegurar una interpretación uniforme de las normas procesales. • Reducir dilaciones indebidas y fomentar un sistema más ágil, justo y equitativo. Esta modificación responde al principio de legalidad y a la necesidad de que tanto el Ministerio Público como las víctimas cuenten con herramientas eficaces para cuestionar decisiones que podrían cerrar anticipadamente una investigación penal sin la debida valoración judicial del fondo. Debo subrayar que esta propuesta ha sido consensuada de forma responsable con aportes de gremios de abogados, de académicos y otro grupo de colegas quienes han dedicado meses a ir consolidando algunos temas de procedimiento en la jurisdicción penal, que deben ser considerados como reforma por este parlamento. En el periodo anterior, el proyecto se mantuvo en la Comisión de Gobierno, y es importante advertir que contó con el apoyo de más de 34 firmas de colegas de distintas bancadas de este Parlamento, por lo que, manteniendo ese compromiso como profesional del derecho, retomo esta iniciativa legal, con el mismo tenor, con el cual fue respaldado. Para finalizar, debo subrayar que, la aprobación de esta reforma se espera:

• Fortalecer el sistema penal acusatorio en términos de legalidad, transparencia y control judicial. • Brindar mayor certeza jurídica a operadores del sistema jueces, fiscales, defensores y víctimas). • Mejorar los mecanismos de control de legalidad de las decisiones judiciales y fiscales. • Disminuir los riesgos de impunidad por errores procesales o decisiones prematuras. La actualización normativa aquí propuesta está en armonía con los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y con los principios constitucionales panameños en materia de debido proceso, tutela judicial efectiva y acceso a la justicia. Por todo lo antes expuesto, con el mayor de los respetos, presentamos a consideración de esta iníciativa legislativa, esperando contar con su apoyo y respaldo, para que luego de surtido trámite legislativo correspondiente y aprobado se convierta en Ley de la República.