Proyecto de ley 662.
Que ordena el cierre total de las operaciones del Banco Hipotecario Nacional
Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
El derecho a una vivienda digna y adecuada constituye un pilar fundamental para el desarrollo social, económico y humano de la República de Panamá. En atención a este principio, mediante Ley 10 de 25 de enero de 1973 se creó el Banco Hipotecario Nacional (BHN) como entidad autónoma del Estado, con el propósito de promover el desarrollo y financiamiento de programas nacionales de vivienda, orientados a facilitar el acceso a soluciones habitacionales dignas, especialmente para los sectores de menores ingresos. Posteriormente, la Ley 123 del 31 de diciembre de 2013 introdujo modificaciones sustanciales en la estructura y funcionamiento del Banco Hipotecario Nacional, como parte de un proceso de reorganización institucional destinado a fortalecer su capacidad operativa y su rol en la ejecución de la política nacional de vivienda.
Si bien dichas reformas permitieron ciertos avances administrativos, la evolución del contexto social, económico y urbano del país ha puesto de manifiesto limitaciones estructurales que dificultan el cumplimiento eficiente de los objetivos para los cuales fue concebida la entidad. El déficit habitacional cuantitativo y cualitativo de nuestro país eXige una transformación estructural sobre un modelo institucional que garantice el derecho a la vivienda, por lo que dicha transformación estructural debe ser en su sistema de financiamiento habitacional, eficiente y sostenible financieramente con cobertura social, fortaleciendo la política nacional de vivienda. En ese contexto, se dispone el cierre ordenado de las operaciones del Banco Hipotecario Nacional, cuyas funciones serán redistribuidas bajo un modelo moderno, donde el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial reafirmará la rectoría de la Política Nacional de Vivienda y la Caja de Ahorros su rol de banca social hipotecaria respectivamente. Con esta reorganización se pretende evitar duplicidades, reducir los costos operativos, fortalecer el crédito social y habilitar mecanismos modernos de articulación público-privada para la producción de una vivienda social. Lo anterior permitirá, dar cumplimiento a lo consagrado en el artículo 117 de la Constitución Política que establece que el Estado establecerá una política nacional de vivienda destinada a proporcionar el goce de este derecho social a toda la población, especialmente a los sectores de menor ingreso. En virtud de las consideraciones expuestas solicitamos a los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional, la aprobación del presente proyecto de Ley.
Exposición de motivos
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