Anteproyecto de ley 122.
Que modifica un artículo del Código Penal en materia de quebrantamiento de medidas de protección y de sanciones.
Yarelis Rodríguez
1Artículo 1modificaSe modifica el Artículo 397-A del Código Penal, para que quede así:Leer +
Artículo 1.
Se modifica el Artículo 397-A del Código Penal, para que quede así:
**Artículo 397-A.** Quien, habiendo sido notificado de una medida de protección dispuesta por autoridad competente, en cualquier proceso penal, la incumpla o quebrante, será sancionado con prisión de uno a seis años.
2Artículo 2modificaLa presente ley modifica el artículo 397-A del Código Penal.Leer +
Artículo 2.
La presente ley modifica el artículo 397-A del Código Penal.
3Artículo 3disposiciónLa presente ley comenzará a regir a partir de su promulgación.Leer +
Artículo 3.
La presente ley comenzará a regir a partir de su promulgación.