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Anteproyecto de ley 78.

Que garantiza la transparencia en la lectura de los medidores de energía eléctrica, establece reglas para la determinación del subsidio por consumo de hasta 300 kwh mensuales y dicta otras disposiciones

Ricardo Vigil

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Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

Con mi acostumbrado respeto me dirijo a usted, en pleno ejercicio del artículo 108 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de esta Asamblea Nacional, con la directa intención de presentar el Anteproyecto de Ley "Que garantiza la transparencia en la lectura de los medidores de energía eléctrica, establece reglas para la determinación del subsidio por consumo de hasta 300 kWh mensuales y dicta otras disposiciones"; para que por los canales procesales parlamentarios vigentes, se someta a su discusión y eventual aprobación nuestra iniciativa legislativa y para ello, exponemos los motivos que gestaron esta propuesta de ley y que detallamos de la siguiente manera:

El acceso al servicio público de energía eléctrica constituye un derecho esencial para el desarrollo de las familias panameñas y la actividad económica del país. En atención a ello, el Estado ha implementado subsidios destinados a proteger a los consumidores residenciales con menores niveles de consumo eléctrico.

Sin embargo, numerosos usuarios han manifestado inconfonnidad debido a que, en algunos casos, las empresas distribuidoras realizan la lectura del medidor con posterioridad al período mensual correspondiente, provocando que el consumo acumulado exceda los trescientos (300) kilovatios hora (kWh), ocasionando la pérdida del subsidio pese a que el consumo promedio mensual hubiera pennanecido dentro del límite establecido.

Asimismo, los consumidores no cuentan con información inmediata sobre la lectura realizada, la fecha exacta de medición ni los datos utilizados para la facturación, lo que limita la transparencia y dificulta el ejercicio del derecho de reclamación.

La presente iniciativa busca fortalecer los derechos de los consumidores mediante la obligación de las empresas distribuidoras de notificar electrónicamente la lectura del medidor el mismo día en que ésta sea realizada; establecer una fecha cierta para la medición mensual; impedir que las lecturas tardías afecten el derecho al subsidio y garantizar que toda factura indique claramente la fecha efectiva de la lectura y este es el motivo de esta propuesta de ley Señora Presidenta y que pedimos sea acogida por la Comisión especial que corresponda y se le dé el trámite parlamentario que se merece.