Anteproyecto de ley 36.
Que establece la auditoría integral obligatoria de concesiones públicas, fortalece la responsabilidad institucional en su evaluación y dicta otras disposiciones.
Carlos Saldaña
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
La gestión de concesiones públicas constituye un instrumento fundamental para el desarrollo de infraestructura y la prestación de servicios públicos. No obstante, la experiencia ha evidenciado que la ausencia de mecanismos técnicos, sistemáticos y periódicos de evaluación durante la ejecución contractual ha limitado la capacidad del Estado para garantizar que dichas concesiones se mantengan alineadas con el interés público.
La presente iniciativa establece la auditoría integral obligatoria de concesiones como herramienta de gestión administrativa, orientada a evaluar de forma técnica, jurídica, financiera, ambiental y social el desempeño de dichos contratos.
El proyecto respeta plenamente la distribución constitucional de competencias, particularmente las funciones de la Contraloría General de la República, estableciendo que las evaluaciones no constituyen control fiscal, sino un mecanismo complementario de gestión interna.
Asimismo, se adopta un modelo de responsabilidad institucional directa, en el cual cada entidad pública será responsable de evaluar sus propios contratos, utilizando prioritariamente sus recursos técnicos y recurriendo de forma subsidiaria a otras instituciones del Estado.
La iniciativa se alinea con estándares internacionales de transparencia, rendición de cuentas y lucha contra la corrupción, fortaleciendo la seguridad jurídica y la eficiencia en la gestión pública.
Antecedentes:
En las últimas décadas, el Estado ha recurrido de manera creciente a mecanismos de concesión administrativa, asociaciones público-privadas y otras formas de delegación de servicios o explotación de bienes públicos como instrumentos para impulsar el desarrollo económico, la infraestructura y la prestación de servicios esenciales.
Sin embargo, la experiencia nacional e internacional han identificado debilidades en la supervisión durante la fase de ejecución contractual, particularmente en lo relativo al seguimiento, tales como la falta de evaluación continua, la fragmentación institucional y la limitada capacidad técnica para medir el desempeño integral de las concesiones.
Estas limitaciones han generado riesgos asociados a incumplimientos contractuales, desequilibrios económicos, impactos ambientales no mitigados y deficiencias en la rendición de cuentas.
En muchos casos, los mecanismos existentes se han concentrado en el control previo o posterior, sin desarrollar herramientas efectivas de evaluación continua durante la ejecución contractual. Esta brecha ha limitado la capacidad del Estado para adoptar decisiones oportunas, correctivas y fundamentadas.
La presente iniciativa surge como respuesta a esta necesidad estructural, proponiendo un modelo de auditoría integral obligatoria que permita fortalecer la gobernanza de las concesiones públicas desde una perspectiva preventiva, técnica y multidimensional.
Objetivos:
La presente iniciativa tiene como propósito:
• Establecer la auditoría integral obligatoria de concesiones públicas.
• Fortalecer la responsabilidad institucional de las entidades concedentes.
• Garantizar decisiones administrativas basadas en evidencia técnica.
• Prevenir riesgos contractuales, económicos, sociales y ambientales.
• Asegurar la prevalencia del interés público en la ejecución de concesiones.
• Proteger el interés público • Mejorar la transparencia y la eficiencia en la gestión pública Constitucionalidad:
El proyecto respeta plenamente el orden constitucional, en particular el principio de legalidad, la responsabilidad de los servidores públicos y la separación de funciones, al no interferir con las competencias de la Contraloría General de la República, sino complementar la gestión administrativa interna.
La ley no crea nuevas funciones de control externo, sino que fortalece la gestión interna de las entidades, dentro del ámbito de sus competencias constitucionales, fortaleciendo el interés público y bienestar general, como eje rector de toda actuación estatal.
Convencionalidad:
La iniciativa se alinea con estándares internacionales en materia de transparencia, rendición de cuentas, lucha contra la corrupción y buena gobernanza, promoviendo el uso eficiente de los recursos públicos.
Particularmente, guarda concordancia con pnnCIpIOS recogidos en instrumentos internacionales que promueven la integridad en la administración pública y la eficiencia en el uso de recursos del Estado, tales como las buenas prácticas impulsadas por organismos multilaterales.
La auditoría integral constituye un mecanismo idóneo para cumplir con estos compromisos, al incorporar evaluación técnica, trazabilidad y publicidad de la información.
Legalidad:
La ley se integra de manera armónica con el ordenamiento jurídico vigente, especialmente con;
• La Ley 22 de 2006, normativa de contrataciones públicas, sin modificar los procedimientos existentes, sino fortaleciendo la fase de ejecución contractual.
• Normas sobre responsabilidad administrativa.
• Legislación ambiental.
• Normas de acceso a la información.
No modifica los procedimientos de contratación ni las competencias de control fiscal, sino que introduce un instrumento complementario de gestión administrativa, orientado a fortalecer la fase de ejecución contractual.
Asimismo, respeta el debido proceso, la seguridad jurídica y la estabilidad de las relaciones contractuales, al establecer criterios objetivos, técnicos y previamente definidos.
Derecho comparado:
La auditoría integral de concesiones públicas y la evaluación continua de contratos administrativos no es una innovación aislada, sino una práctica respaldada por diversas jurisdicciones y organismos internacionales que han desarrollado mecanismos para fortalecer la eficiencia, transparencia y control en la gestión pública.
En Chile, el sistema de concesiones de obras públicas contempla mecanismos de supervisión permanente a través del Ministerio de Obras Públicas, que evalúa el cumplimiento técnico, financiero y operativo de los contratos. Asimismo, existen instancias como el Panel Técnico de Concesiones, que permiten revisar controversias y evaluar el equilibrio económico del contrato, asegurando que las decisiones se basen en criterios técnicos.
En Colombia, la Agencia Nacional de Infraestructura implementa esquemas de seguimiento integral de concesiones bajo modelos de asociaciones público-privadas (APP), que incluyen:
• Evaluación de indicadores de desempeño • MonÍtoreo financiero • Supervisión técnica continua • Gestión de riesgos contractuales • Estos mecanismos permiten una intervención temprana ante incumplimientos.
En España, la regulación de contratos del sector público incorpora la figura del responsable del contrato, quien tiene la obligación de supervisar la ejecución y verificar el cumplimiento de las condiciones pactadas. Además, se aplican controles técnicos y económicos continuos, así como auditorías que permiten evaluar la sostenibilidad del contrato y su impacto en el interés general.
En México, los proyectos de asociación público-privada incluyen sistemas de evaluación del desempeño basados en indicadores, así como mecanismos de revisión periódica que permiten ajustar las condiciones contractuales cuando se detectan desviaciones relevantes.
Comparación con organismos internacionales:
Organismos como el Banco Mundial y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos han desarrollado lineamientos que recomiendan:
• Evaluación continua del ciclo de vida de los contratos • Uso de indicadores de desempeño (KPls) • Sistemas de gestión de riesgos • Auditorías técnicas integrales • Transparencia y acceso a la información Estas buenas prácticas destacan la necesidad de pasar de modelos de control reactivo a esquemas de supervisión preventiva y basada en evidencia.
Síntesis comparada:
Del análisis de derecho comparado se desprenden elementos comunes:
• La evaluación de concesiones es continua, no eventual • Se basa en indicadores medibles y verificables • Integra dimensiones técnicas, financieras, legales y sociales • Permite correcciones oportunas durante la ejecución contractual • Refuerza la responsabilidad institucional directa Conclusión:
La presente iniciativa recoge estas buenas prácticas internacionales y las adapta al contexto nacional, proponiendo un modelo estructurado de auditoría integral obligatoria que fortalece la gestión pública sin interferir con los sistemas de control existentes.
De esta forma, el Estado avanza hacia un modelo moderno de gobernanza de concesiones, alineado con estándares internacionales de transparencia, eficiencia y protección del interés público.
La aprobación de esta ley permitirá modernizar la gestión de concesiones, reducir riesgos, fortalecer la confianza ciudadana y asegurar que los contratos públicos cumplan efectivamente su finalidad social.
Por 10 que proponemos a esta augusta cámara el siguiente anteproyecto de ley.
Exposición de motivos
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