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Anteproyecto de ley 452.

Que establece el régimen de responsabilidad civil, garantías financieras y retención preventiva para el transporte de carga internacional en caso de colisiones viales en el territorio nacional.

Dana Castañeda

Cuadro comparativo SeguirPendiente de prohijar

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

Esta iniciativa surge ante la desprotección que enfrentan los ciudadanos panameños cuando son víctimas de accidentes causados por vehículos de carga con matrícula extranjera.

Actualmente, la falta de una normativa que exija fianzas reales y retención de equipo pesado permite que los responsables abandonen el país sin resarcir los daños causados, vulnerando el derecho a la propiedad y la seguridad jurídica de nuestros nacionales.

Justificación y Antecedentes:

Panamá, como centro logístico de la región, recibe diariamente cientos de vehículos de carga internacional que transitan por nuestras vías nacionales. Si bien la Ley 51 de 2017 regula el transporte de carga, existe un vacío en la celeridad del resarcimiento de daños cuando estos vehículos, con placas y dueños extranjeros, ocasionan colisiones contra ciudadanos panameños.

Problemática Actual:

Dificultad de cobro: Muchos transportistas internacionales abandonan el territorio nacional antes de que los procesos judiciales civiles concluyan, dejando a los afectados sin compensación.

Insuficiencia de pólizas: El Reglamento de Tránsito (Decreto 640) exige seguros básicos, que a menudo no cubren la magnitud de los daños causados por equipo pesado.

Vulnerabilidad del nacional: El ciudadano común enfrenta procesos legales costosos y largos contra empresas radicadas fuera de la jurisdicción panameña.

Objetivo de la Propuesta:

El presente proyecto busca garantizar que todo vehículo de carga internacional que ingrese al país cuente con una fianza de cumplimiento o seguro de responsabilidad civil extendido, y que, ante una colisión con responsabilidad comprobada, el vehículo no pueda abandonar el país hasta que se satisfaga el pago de los daños o se consigne una garantía bancaria suficiente.

Fundamento de Derecho:

Se fundamenta en el Artículo 17 de la Constitución Política, que obliga al Estado a proteger la vida, honra y bienes de sus nacionales, y el Artículo 1644 del Código Civil sobre la obligación de reparar daños causados por culpa o negligencia.

Confió, que nuestros colegas Diputados, evaluarán este anteproyecto de Ley, que viene a proporcionar seguridad al ciudadano y familias que se ven afectados por la irresponsabilidad de transportistas de carga internacional que evaden sus responsabilidades ante daños ocasionados producto de colisiones vehiculares en las carreteras de nuestro país y así fortalecer la seguridad vial y la justicia en nuestras carreteras.

Remito a esta augusta cámara legislativa, el presente anteproyecto se convierta en Ley de la República con la anuencia de todos los Diputados de este hemiciclo parlamentario.