Ir al contenido

Proyecto de ley 638.

Que modifica y adiciona artículos a la Ley 1 de 19 de enero de 2018, que adopta medidas para promover el uso de bolsas reutilizables en establecimientos comerciales

Marcos Castillero

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

La Ley 1 de 19 de enero de 2018 constituyó un avance significativo en la promoción de prácticas responsables con el ambiente en la República de Panamá, al establecer la prohibición progresiva del uso de bolsas de polietileno y fomentar la adopción de alternativas reutilizables en los establecimientos comerciales. Esta normativa ha contribuido a fortalecer la conciencia ambiental de la ciudadanía y del sector productivo, en consonancia con la necesidad de proteger nuestros recursos naturales y garantizar un desarrollo sostenible.

No obstante, a partir de su implementación, se han identificado aspectos susceptibles de mejora, particularmente en lo relativo al régimen aplicable al suministro de bolsas reutilizables al consumidor final. En específico, el artículo 6 de la citada Ley permite a los comercios optar por el cobro de dichas bolsas, lo cual, si bien respondió en su momento a la necesidad de facilitar la transición hacia nuevos modelos de consumo, ha generado en la práctica una carga económica adicional para los consumidores.

Este escenario ha sido percibido por amplios sectores de la población como una medida inequitativa, en la medida en que el consumidor, además de asumir el costo de los bienes adquiridos, debe afrontar un cargo adicional por un elemento que forma parte del proceso básico de comercialización. Ello resulta especialmente sensible en el contexto económico actual, donde las familias panameñas procuran optimizar sus gastos sin renunciar a prácticas responsables con el ambiente.

La presente iniciativa legislativa propone corregir esta situación mediante la modificación del artículo 6, estableciendo que el suministro de bolsas reutilizables o alternativas ambientalmente amigables constituya parte integral del servicio ofrecido por los establecimientos comerciales, sin que su costo sea trasladado al consumidor, ni de forma directa ni indirecta.

Asimismo, con el propósito de garantizar una implementación equilibrada y sostenible de esta medida, se introducen ajustes complementarios que fortalecen el marco institucional y promueven la corresponsabilidad entre el Estado y el sector comercial. En este sentido, se refuerzan las facultades de fiscalización de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia.

De igual forma, se contempla la posibilidad de que los comercios implementen mecanismos razonables que fomenten el uso responsable de las bolsas reutilizables, evitando así prácticas que puedan desnaturalizar el objetivo ambiental de la ley.

Esta propuesta legislativa se fundamenta en principios de equidad, transparencia, protección al consumidor y sostenibilidad ambiental, procurando un balance adecuado entre los intereses de los consumidores, los comercios y el Estado. Más allá de una medida regulatoria, se trata de fortalecer una cultura de responsabilidad compartida, donde cada actor asume su rol en la construcción de un Panamá más justo y ambientalmente consciente.

En consecuencia, la modificación planteada no solo responde a una necesidad identificada en la aplicación de la ley vigente, sino que también reafirma el compromiso del país con un modelo de desarrollo sostenible, inclusivo y solidario. En virtud de lo anterior, se somete a consideración de la Asamblea Nacional el presente anteproyecto de ley.

Diputado de la República Circuito 6-3