Ir al contenido
Parlamento

Proyecto de ley 615.

Que declara el 18 de noviembre de cada año el día para la prevención de la explotación, el abuso y la violencia sexuales contra los niños y la sanación de sus efectos.

Miguel Campos

Artículo 1.

Se declara el 18 de noviembre de cada año el Día para la Prevención de la Explotación, el Abuso y la Violencia Sexuales contra los Niños y la Sanación de sus Efectos.

Comentar

La lectura es pública. Para participar necesitas Premier activo. Ver mi cuenta.

Artículo 2.

El 18 de noviembre de cada año se realizarán en los centros educativos oficiales y particulares del país diversas actividades de orientación y capacitación a los docentes y estudiantes en temas relacionados con la prevención de la explotación, abuso y violencia sexual, lo cual se realizará en coordinación con el Ministerio de Educación y las instancias gubernamentales que correspondan, las cuales podrán gestionar colaboración de otras instancias nacionales e internacionales a fin de adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a los propósitos de la presente Ley.

Artículo 3.

La presente ley empezará a regir a partir de su promulgación.