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Parlamento

Proyecto de ley 231.

Que reconoce el pago de los aportes realizados, por extensión de jubilación, a los educadores jubilados de las promocione de 1972 y 1973 certificados por la Caja de Seguro Social

Alain Cedeño

4 de 4 artículos
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ArtículoEfectoTextoAcciones
Artículo 1disposición

Artículo 1.

Esta Ley tiene como objeto hacer justicia y efectuar el pago a los educadores jubilados de las promociones de 1972 y 1973 certificados mediante resolución expedida por la Caja de Seguro Social, a quienes, al jubilarse en el año 2005, no se les devolvieron las cuotas aportadas, y a los beneficiarios sobrevivientes de los fallecidos.

Artículo 2disposición

Artículo 2.

El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas, gestionará las acciones correspondientes con el fin de hacer efectiva la devolución de los aportes.

Artículo 3disposición

Artículo 3.

La presente Ley escle interés social.

Artículo 4disposición

Artículo 4.

Esta Ley comenzará a regir en el presente año fiscal.