Proyecto de ley 231.
Que reconoce el pago de los aportes realizados, por extensión de jubilación, a los educadores jubilados de las promocione de 1972 y 1973 certificados por la Caja de Seguro Social
Alain Cedeño
Artículo 1.
Esta Ley tiene como objeto hacer justicia y efectuar el pago a los educadores jubilados de las promociones de 1972 y 1973 certificados mediante resolución expedida por la Caja de Seguro Social, a quienes, al jubilarse en el año 2005, no se les devolvieron las cuotas aportadas, y a los beneficiarios sobrevivientes de los fallecidos.
Artículo 2.
El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas, gestionará las acciones correspondientes con el fin de hacer efectiva la devolución de los aportes.
Artículo 3.
La presente Ley escle interés social.
Artículo 4.
Esta Ley comenzará a regir en el presente año fiscal.