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Anteproyecto de ley 422.

Que establece el régimen notarial en la República de Panamá.

Alexandra Brenes

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Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

El Notario es una persona a la que el Estado le concede la facultad de otorgar fe pública. Es decir, el notario es un particular que ejerce la función de darle a documentos publicidad y .... validez frente a terceros. Esta labor no es nueva y, en miras de reformarlo, es importante entender el nacimiento y evolución del notario a través de los siglos.

El origen del notario es bastante estudiado. Sin embargo, muchos historiadores consideran que se los notarios comenzaron a obtener gran relevancia en el año 300 A.C. en Grecia, donde existían funcionarios públicos cuyo trabajo era la redacción y registro de los contratos que realizaban los ciudadanos. Luego, Justiniano I en el siglo VI, en sus novelas describe que el Taballion era un funcionario que debía además de redactar los contratos civiles, cerciorarse de la voluntad de las partes y de consignar la fecha en el documento.

Trescientos años después en el Imperio Bizantino, el Emperador León, estableció como requisito para ser notario que la persona debía ser un conocedor de las leyes.

Durante el reinado de Alfonso X (1221 - 1284), Rey de Castilla y León, se destaca la figura del escribano real que era la persona que hacia constar las actas del Rey por escrito; además existía también el escribano público encargado de hacer constar los contratos y documentos de los hombres (antecedente del notario moderno). El emperador Germano, Maximiliano, en su constitución establece el valor probatorio que tienen los documentos expedidos por notario, así como la obligación de comparecencia ante el notario público. Por último, y para concluir con este breve recuento histórico, en el año 1803, en Francia se expide la Ley 25 de Ventoso que establecía lo siguiente: "Los notarios son los funcionarios públicos establecidos por la ley para recibir todos los actos y contratos a los cuales las partes deben o quieren darles el carácter de autenticidad propio de los actos de autoridad pública y para asegurar la fecha de los mismos, conservarlos en depósito y expedir testimonios y copias".

Como se ha visto las funciones del notario han ido reforzándose, profesionalizándose y regulándose cada vez más con mayor rigurosidad. Esta Ley 25 de Ventoso, es la que inspiró el actual sistema notarial que hoy en día conocemos. En donde en esencia, el notario es una persona que da seguridad jurídica a documentos por medio de su firma. Sin embargo, hemos visto que varios países han innovado en sus legislaciones de notarias para facilitarle a población un servicio más económico, rápido y transparente.

En Panamá la figura del notario es regulado el Código Civil y el Código Administrativo en el año 1917. A más de un siglo de haberse establecido el régimen de los notarios en Panamá, no se han realizado mayores cambios al régimen notarial, lo cual nos genera grandes inconvenientes como: falta de un sistema digitalizado que permita adaptarse a la dinámica actual de la sociedad; politización de los nombramientos; imposibilidad de utilizar las firmas electrónicas, remuneración excesiva de los notarios públicos; falta de fiscalización efectiva sobre el actuar de los notarios y la ausencia de suficientes notarias para la cantidad de habitantes con que cuentan ciertas regiones del país, lo que se traduce en ineficiencia y saturación del servicio.

Las únicas leyes que se han aprobado en los últimos años en la Asamblea Nacional relacionadas al tema de las notarias públicas son aquellas que crean nuevas notarias, pero se realizan sin ningún base que sustente que cada determinada cantidad de habitantes o que por el volumen de trámites que se realicen en una región en especifico es necesario más notarias. La última norma jurídica aprobada en temas notariales es la Ley 145 de 2020 que crea una nueva notaría en Panamá Oeste.

Es importante que innovemos en la legislación de notarias para: 1) Llevarle mejores servicios públicos a las personas; 2) Reducir la corrupción, falta de transparencia y politización; 3) Reducir los costos de los usuarios de las notarias.

Es por ello que presentamos el presente Anteproyecto de Ley que tiene como finalidad innovar y realizar un cambio en el sistema de derecho notarial panameño. Entre los cambios que contempla el presente proyecto están los siguientes:

1- Cualquier ciudadano panameño que cumpla con una serie de requisitos pueda dar fe publica.

2- Que el Ministerio de Gobierno sea el ente encargado de fiscalizar y sancionar a los notarios públicos.

3- Digitalización de los servicios notariales, para adaptarla a los tiempos actuales.

4- Se profesionaliza el derecho notarial panameño. Ya que todo notario público deberá contar con un diplomado en la materia y además superar con éxitos un examen para poder ejercer este servicio público.

5- Permite la utilización y otorga validez a las firmas electrónicas certificadas.

En el derecho comparado ya existen Leyes como la que estamos proponiendo. Por ejemplo en Costa Rica y Guatemala las funciones de notariado público la puede ejercer cualquier persona que sea licenciado en derecho con posgrado en derecho notarial o estar facultado para ejercerlo mediante un titulo que lo acredite. En Estados Unidos, en el estado de California, se requiere que el candidato a notario público realice un curso de 6 horas y que luego apruebe un examen que lo faculte a para poder otorgar fe pública.

Los beneficios de que esta propuesta se convierta en Ley de la República representará una descongestión en cuanto a la realización de los trámites que deban realizarse actualmente mediante notarias, eliminan que los notarios sean nombrados por el Presidente de tumo con la finalidad de garantizar transparencia, todo abogado podrá ser notario, se eliminará la excesiva burocratización del sistema legal panameño, existirá un ente fiscalizador con poder sancionador y mejora en la prestación de los servicios notariales.