Anteproyecto de ley 418.
Que regula y reglamenta el ejercicio de la profesión de técnico en Electrocardiografía en la República de Panamá y dicta otras disposiciones
Propuesta Ciudadana
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
1. Justificación y Necesidad Social La salud cardiovascular representa uno de los pilares fundamentales de la salud pública en Panamá. El diagnóstico preciso y oportuno de patologías cardíacas depende, en gran medida, de la pericia y formación técnica de quienes operan los equipos de electrocardiografía. Hasta la fecha, el ejercicio de esta profesión se ha regido principalmente por actos administrativos (resoluciones), lo que genera una inseguridad jurídica y una falta de escalafón profesional sólido que sólo una Ley de la República puede subsanar. "Especialización y Alcance de la Competencia Técnica" "La evolución de la medicina cardiovascular en Panamá exige que el personal técnico posea una formación integral que supere la electrocardiografía convencional. Esta propuesta reconoce y regula la competencia del técnico en áreas críticas como el Holter de Ritmo, la Hemodinámica (Cateterismo), las Pruebas de Esfuerzo (Ergometría) y la Ecocardiografía.
El rigor académico de esta profesión, que conlleva una carga horaria superior a las 1,900 horas entre teoría y práctica clínica (equivalente a más de dos años de formación continua), justifica plenamente que el Estado garantice un escalafón profesional acorde a la complejidad de estas funciones. La asistencia técnica en procedimientos invasivos y de diagnóstico por imagen cardíaca no puede quedar a la discreción de normativas temporales, sino que debe estar protegida por una Ley que asegure la idoneidad de quien opera estos equipos de alta tecnología en instalaciones tanto del Ministerio de Salud como de la Caja de Seguro Social." 2. Antecedentes y Evolución Normativa El Estado panameño ha reconocido la importancia de esta disciplina a través del Consejo Técnico de Salud. Sin embargo, es imperativo elevar este reconocimiento al rango de Ley para garantizar la idoneidad y la protección de los profesionales.
Se toman como referencias base:
* Resolución N° 7 de 30 de diciembre de 2008: Que establece las primeras directrices para el ejercicio de la técnica en electrocardiografía.
* Resolución N° 11 de 31 de julio de 2013: La cual modificó el Artículo 4 de la resolución anterior, ajustando requisitos de formación y ejercicio.
A pesar de estos avances, la dinámica actual de salud exige una normativa con fuerza de Ley que defina claramente el ámbito de competencia, los requisitos de idoneidad, los derechos laborales y las sanciones por ejercicio ilegal de la profesión.
3. Objetivos de la Propuesta La presente iniciativa busca:
* Institucionalizar la profesión: Darle un marco legal de carácter permanente que trascienda resoluciones administrativas.
* Garantizar la Calidad de Atención: Asegurar que todo técnico que realice Un electrocardiograma cuente con la formación académica y técnica avalada por las autoridades correspondientes.
* Definir Competencias: Delimitar las funciones específicas para evitar el intrusismo profesional y garantizar la seguridad del paciente.
4. Fundamento Jurídico, Transparencia y Limitaciones Bajo el amparo del Artículo 111 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional y conforme a la Resolución N° 20 de 20 de febrero de 2024, esta propuesta se somete a la Dirección Nacional para la Promoción de la Participación Ciudadana.
* Cumplimiento de Limitaciones: Se hace constar que esta iniciativa regula una profesión técnica de salud y no interfiere con materias constitucionales, tratados internacionales ni el régimen interno legislativo.
* Transparencia: Solicitamos que el análisis técnico-jurídico del Departamento de Participación Ciudadana valide la viabilidad de esta norma, otorgándole el número de anteproyecto correspondiente para su prohijamiento en la Comisión de Salud, Trabajo y Desarrollo Social, permitiendo así el escrutinio público y la participación de los gremios interesados.
5. Conclusión Regular la profesión de Técnico en Electrocardiografía no es solo un acto de justicia laboral para estos profesionales, sino una medida de seguridad nacional para todos los pacientes panameños que confían su salud cardiaca en manos expertas y debidamente acredita as por la ley.
COMISIÓN ,4 DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.
Exposición de motivos
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