Ir al contenido

Proyecto de ley 593.

Que modifica la Ley 6 de 22 de enero de 2002, que dicta normas para la transparencia en la gestión pública para incorporar la obligación de publicar las inspecciones y mantenimientos de las infraestructuras públicas.

Heidy Caballero

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

Durante el periodo republicano el Estado panameño, ha invertido miles de millones de balboas en la construcción de obras que han elevado la calidad de vida de la población a través, de servicios de salud, educación, infraestructuras viales, marítimas, aeroportuarias y la dotación de agua. No obstante, con el pasar del tiempo, estas estructuras se han visto afectadas por factores ambientales normales y extraordinarios (sismos, temblores, inundaciones, deslaves), que merman las edificaciones y disminuyen su vida útil.

Cabe destacar, de igual forma, el Estado contempla en sus presupuestos anuales, sumas monetarias destinadas al mantenimiento preventivo y correctivo de las obras antes mencionadas. Sin embargo, los ciudadanos desconocemos las actividades de las evaluaciones técnicas, trabajos realizados, costos y los resultados, dado que no cuentan con registros digitales con acceso al público que generen. la transparencia y la confianza necesaria que eviten las campañas de desinformación y la propagación de rumores que afectan a la ciudad y a la creatividad del Estado.

La combinación del deterioro estructural, la falta de mantenimiento oportuno y las dificultades para obtener información pública ha generado costos sociales y económicos significativos, reforzando la urgencia de crear una norma que obligue la publicación digital periódica y accesible de los planes de mantenimiento, contrataciones y auditorías técnicas.

Naciones como Chile, Uruguay y España son líderes en las gestiones de transparencia de las infraestructuras públicas, gracias a la implementación de mecanismos digitales de acceso abierto que permiten la construcción de infraestructuras resilientes.

Las infraestructuras resilientes, son aquellas que resisten, se adaptan y se recuperan de desastres (naturales, climáticos, cibernéticos), invirtiendo en planificación, modernización, desarrollo sostenible y esto lo han logrado gracias a sistemas de datos abiertos que permiten vigilar, comparar, auditar y planificar.

Este Anteproyecto de Ley, por tanto, coloca al país en la ruta hacia una gestión más inteligente, con capacidad para prevenir desastres, optimizar recursos y garantizar que cada obra pública cumpla su propósito y principalmente, servir al bienestar colectivo. En esencia, esta propuesta no busca únicamente corregir fallas del presente, sino preparar al país para los desafios. Una infraestructura transparente es una infraestructura segura, eficiente y más humana.

Por todas las razones y consideraciones expuestas en la presente exposición de motivos, le solicitamos que el Anteproyecto de Ley presentado, reciba el trámite legislativo que establece el Reglamento Orgánico del régimen Interno de la Asamblea Nacional, para que, sea debidamente debatido en la comisión que corresponda y continúe su análisis y discusión en el recinto parlamentario.

Cordialmente, 1 J oseph Icaza