Ir al contenido
Parlamento

Anteproyecto de ley 403.

Que modifica Ley 6 de 1987, sobre beneficios a jubilados, pensionados y tercera edad, modificada por la Ley 18 de 1989, la Ley 15 de 1992, la Ley 37 de 2001, la Ley 14 de 2003, la Ley 51 de 2005 y la Ley 30 de 2008.

Luis Camacho

Cuadro comparativo SeguirPendiente de prohijar

Artículo 1.

Adiciónese, inmediatamente un numeral al artículo 1 de la Ley 6 de 198, sobre beneficios a jubilados, pensionados y tercera edad, modificada por la Ley 18 de 1998, la Ley 37 de 2011. La Ley 14 de 2003, la Ley 51 de 2005 y la Ley 30 de 2008, el siguiente artículo:

Artículo 1. - Los panameños o extranjeros residentes en el territorio nacional que tengan cincuenta y cinco años o más, si son mujeres; o sesenta años o más, si son varones; y todos los jubilados y pensionados por cualquier género gozaran de los siguientes beneficios:

26. Descuento del 20% en el pago de la taza de aseo ya sea empresa estatal, privada o mixta.

Comentar

La lectura es pública. Para participar necesitas Premier activo. Ver mi cuenta.

Artículo 2.

- Esta Ley adiciona un numeral al articulo 1 de la Ley 6 de 198, sobre beneficios a jubilados, pensionados y tercera edad, modificada por la Ley 18 de 1998, la Ley 37 de 2011. La Ley 14 de 2003, la Ley 51 de 2005 y la Ley 30 de 2008.

Artículo 3.

Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación en Gaceta Oficial.