Proyecto de ley 550.
Por la cual se aprueba el acuerdo de servicios aéreos entre el gobierno de la República de Panamá y el gobierno del Reino de arabia Saudita, hecho en París el 16 de junio de 2025
Ministerio de Relaciones Exteriores
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
Este Acuerdo tiene como objetivo constituir el marco jurídico para regular los intercambios aéreos entre Panamá y El Reino de Arabia Saudita. Esta medida responde al ejercicio, por parte de cada uno de los Estados contratantes, del derecho de soberanía plena y exclusiva, sobre su espacio aéreo. Uno de los aspectos más importantes que se propone el presente Acuerdo es proteger al más alto grado la seguridad de la aviación civil contra actos de interferencia ilícita, lo que nos lleva a interesarnos como país en la administración y regulación efectiva de las normas de seguridad en las instalaciones aeronáuticas, tripulación de vuelo, aeronaves y la operación de las mismas. Así también, habrá la igualdad de oportunidades para que las líneas aéreas designadas de ambas Partes Contratantes exploten los servicios convenidos en las rutas especificadas. Cada una de las Partes Contratantes se otorgarán los siguientes derechos para el aprovechamiento de servicios aéreos internacionales por la línea aérea o líneas aéreas designadas por cada una de ellas, a saber: el derecho de efectuar vuelos a través de su territorio sin aterrizar; el derecho de aterrizar en su territorio para fines no comerciales; y el derecho de hacer escalas en su territorio en las rutas especificadas en este Acuerdo con el propósito de embarcar y desembarcar tráfico internacional de pasajeros y carga, incluyendo correo, por separado o en combinación. De conformidad con el cuadro de rutas anexo a este Acuerdo, las líneas aéreas panameñas tienen derecho a explotar los servicios aéreos desde puntos en Panamá, puntos intermedios, puntos en Arabia Saudita, puntos más allá y viceversa. Finalmente, la aprobación de este Acuerdo reviste una importancia estratégica para el país, toda vez que permitirá fortalecer la conectividad directa o indirecta entre Panamá y Medio .Oriente, facilitando el comercio bilateral, la atracción de inversiones, el incremento del flujo turístico y el posicionamiento del Hub de las Américas como plataforma de conexión intercontinental.
Exposición de motivos
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