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Parlamento

Proyecto de ley 568.

Ley mjp (de pago garantizado al productor), “que regula las relaciones comerciales en merca Panamá y garantiza el pago oportuno a los productores agropecuarios”

Medin Jiménez

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Capítulo 1 Disposiciones Generales

1Artículo 1disposiciónObjeto de la Ley.Leer +

Artículo 1.

Objeto de la Ley.

La presente Ley tiene por objeto regular las transacciones comerciales realizadas entre productores agropecuarios y compradores dentro de Merca Panamá, garantizando el pago oportuno, transparente y verificable por la mercancía entregada.

2Artículo 2disposiciónÁmbito de aplicación.Leer +

Artículo 2.

Ámbito de aplicación.

Esta Ley aplica a toda persona natural o jurídica que compre, venda, intermedie o distribuya productos agropecuarios dentro de las instalaciones de Merca Panamá o mediante operaciones registradas en su sistema.

3Artículo 3disposiciónDefiniciones.Leer +

Artículo 3.

Definiciones. Para efectos de esta Ley se entenderá por: •

Productor: Persona natural o jurídica que cultiva, cría o produce bienes agropecuarios. •

Comprador: Toda persona natural o jurídica que adquiere mercancía dentro de Merca Panamá.

• Contrato de suministro: Documento fisico o digital que establece condiciones de entrega, precio y forma de pago.

• Plataforma de Registro Comercial (PRC): Sistema obligatorio administrado por Merca Panamá para registrar transacciones.

Capítulo 11 Registro y Formalización de las Transacciones

4Artículo 4disposiciónRegistro obligatorio.Leer +

Artículo 4.

Registro obligatorio. Toda entrega de mercancía deberá registrarse en la PRC antes de la salida del producto del área de descarga. El registro incluirá: •

Identidad del productor y comprador

• Tipo y cantidad de mercancía

• Precio pactado

• Fecha y forma de pago

5Artículo 5disposiciónContrato mínimo obligatorio o Orden de Compra con tres (3) copias.Leer +

Artículo 5.

Contrato mínimo obligatorio o Orden de Compra con tres (

3) copias.

Toda transacción deberá contar con un contrato de suministro simplificado o Orden de Compra con tres (

3) copias fisico o digital, validado por Merca Panamá. Su ausencia no exime al comprador de la obligación de pago.

6Artículo 6disposiciónTrazabilidad.Leer +

Artículo 6.

Trazabilidad. Merca Panamá implementará un sistema de trazabilidad que permita verificar la entrega, recepción y destino de la mercancía.

Capítulo III Pago Oportuno y Garantías

7Artículo 7disposiciónPlazo máximo de pago.Leer +

Artículo 7.

Plazo máximo de pago. El comprador deberá pagar al productor en un plazo máximo de 15 días calendario posteriores a la entrega, salvo pacto escrito que no podrá exceder de 30 días.

8Artículo 8disposiciónGarantía de cumplimiento.Leer +

Artículo 8.

Garantía de cumplimiento. Todo comprador deberá mantener una fianza, póliza de cumplimiento o depósito de garantía ante Merca Panamá para responder por obligaciones impagas.

9Artículo 9disposiciónIntereses por mora.Leer +

Artículo 9.

Intereses por mora.

El incumplimiento del plazo de pago generará intereses moratorios equivalentes a la tasa bancaria activa promedio más 2 puntos porcentuales.

10Artículo 10disposiciónPago electrónico obligatorio o como lo convengan las Partes.Leer +

Artículo 10.

Pago electrónico obligatorio o como lo convengan las Partes.

Los pagos deberán realizarse mediante transferencia bancaria, ACH o medios electrónicos, registrados en la PRC para asegurar trazabilidad o como convengan las partes.

Capítulo IV Supervisión, Auditoría y Transparencia

11Artículo 11disposiciónUnidad de Supervisión Comercial.Leer +

Artículo 11.

Unidad de Supervisión Comercial.

Se crea la Unidad de Supervisión Comercial de Merca Panamá, encargada de: •

Verificar registros

• Auditar operaciones

• Atender denuncias

• Emitir sanciones administrativas

12Artículo 12disposiciónPublicidad de morosos.Leer +

Artículo 12.

Publicidad de morosos.

Merca Panamá publicará trimestralmente la lista de compradores sancionados o con pagos pendientes.

Capítulo V Sanciones

13Artículo 13disposiciónSanciones administrativas.Leer +

Artículo 13.

Sanciones administrativas.

El comprador que incumpla sus obligaciones será sancionado con: •

Multas de B/. 500 a B/. 10,000 según gravedad

• Suspensión temporal del permiso de operación

• Cancelación definitiva en caso de reincidencia

14Artículo 14disposiciónResponsabilidad penal.Leer +

Artículo 14.

Responsabilidad penal.

Cuando el incumplimiento constituya fraude, estafa o apropiación indebida, Merca Panamá remitirá el expediente al Ministerio Público.

Capítulo VI Mecanismos de Resolución de Conllictos

15Artículo 15disposiciónMediación obligatoria.Leer +

Artículo 15.

Mediación obligatoria.

Antes de acudir a la vía judicial, las partes deberán someterse a un proceso de mediación administrado por Merca Panamá.

16Artículo 16disposiciónProcedimiento expedito.Leer +

Artículo 16.

Procedimiento expedito.

Las controversias por montos menores a B/. 10,000 se resolverán mediante un procedimiento abreviado con decisión en un máximo de 30 días.

Capítulo VII Disposiciones Finales

17Artículo 17disposiciónReglamentación.Leer +

Artículo 17.

Reglamentación.

El Órgano Ejecutivo reglamentará esta Ley en un plazo de 3 meses, contados a partir de su promulgación Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación. Se derogan todas las disposiciones que sean contrarias a la presente Ley.