Proyecto de ley 547.
Por el cual se declara la casa blanca, actual sede de la alianza francesa, como patrimonio cultural de la nación y dicta otras disposiciones
Paulette Thomas
Artículo 1.
Se declara Patrimonio Cultural Material Inmueble de la Nación, el inmueble conocido como "Casa Blanca", actual sede de la Alianza Francesa de Panamá, antigua residencia de Arturo Delvalle Hemíquez, construido entre los años 1924 y 1925 Y considerado una de las viviendas representativas del reparto urbano original de Bella Vista.
Artículo 2.
Se colocará en un lugar visible del inmueble, "Casa Blanca", una placa alusiva que establezca que ha sido declarado monumento que constituye Patrimonio Cultural Material Inmueble y la Ley mediante el cual fue declarada.
Artículo 3.
El inmueble objeto de la presente declaratoria se encuentra ubicado en la Calle 44 con Avenida Justo Arosemena, corregimiento de Bella Vista, Distrito de Panamá.
Artículo 4.
La protección patrimonial del inmueble comprende, de manera prioritaria, los siguientes elementos:
1. La volumetría original del inmueble y su configuración espacial interior, incluyendo el patio central.
2. La fachada principal, las laterales y la posterior visibles desde el espacio público.
3. Los elementos arquitectónicos característicos del inmueble, incluyendo su materialidad, ritmos de vanos, elementos ornamentales y sistemas constructivos.
4. Los componentes singulares que definen su carácter arquitectónico, tales como la escalera principal, los elementos compositivos del acceso y la lectura formal del conjunto. Las intervenciones que se realicen en el interior del inmueble deberán ser compatibles con los valores patrimoniales del bien, reversibles y claramente distinguibles, y no podrán alterar los valores arquitectónicos, históricos y urbanos que motivan su protección.
Artículo 5.
El Ministerio de Cultura de Panamá, a través de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural de Panamá, en coordinación con el Municipio de Panamá, adoptarán las medidas necesarias para la protección, conservación, restauración, rehabilitación y puesta en valor del inmueble, conforme a lo dispuesto en la Ley No. 175 de 2020 y en el Acuerdo Municipal 61 de 30 de marzo de 2021.
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Artículo 6.
La Dirección Nacional de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, deberá incluir el monumento que constituye patrimonio Cultural material inmueble, "Casa Blanca", en los registros oficiales de bienes culturales de carácter patrimonial inmueble del Estado, con base en la normativa vigente.
Artículo 7.
La Alianza Francesa de Panamá, estará a cargo del plan de manejo, mantenimiento y uso de este monumento que constituye patrimonio Cultural material inmueble, "Casa
Blanca", en cumplimiento con los valores patrimoniales, ya reconocidos en la Ley 175 de 2020.