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Proyecto de ley 591.

Que fomenta la movilidad segura, accesible, confiable y sostenible, fortalece la educación y la seguridad vial y dicta otras disposiciones

Manuel Cheng

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

La seguridad vial constituye un asunto de interés público prioritario, directamente relacionado con la protección de la vida, la integridad física y la movilidad segura de todas las personas que transitan por la vía pública. En la República de Panamá, los siniestros de tránsito continúan representando una de las principales causas de lesiones graves y muertes evitables, lo que evidencia la necesidad de fortalecer las políticas públicas orientadas a la prevención, la educación y la concienciación ciudadana en materia vial. De acuerdo a datos del Instituto Nacional de Estadística y Censo, la cantidad de accidentes en el año 2024 asciende a los 48,887 accidentes en todo el territorio nacional (INEC, 2025). Las cifras preliminares demuestran un aumento de 5,7% hasta septiembre del 2025 con respecto al año anterior. La Ley 58 de 22 de septiembre de 2015 declaró el 23 de octubre como el "Día de la Seguridad Vial" y la cuarta semana del mes de octubre como la "Semana de la Seguridad Vial" en la República de Panamá, con el propósito de promover la concienciación ciudadana sobre la importancia de una movilidad segura. Dicha norma constituyó un primer esfuerzo orientado a visibilizar la problemática de la seguridad vial ya fomentar, desde un enfoque conmemorativo, mensajes de prevención dirigidos a la población. No obstante, su alcance normativo resultó limitado, al circunscribirse principalmente a la declaratoria de fechas alusivas, sin establecer una política pública integral ni desarrollar mecanismos claros, estructurados y de carácter obligatorio que garantizaran la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de acciones permanentes por parte de las instituciones públicas, los centros educativos y los medios de comunicación. Tras varios años de vigencia, se ha constatado que el alcance de la Ley 58 resulta insuficiente frente a la complejidad actual "del tránsito y a la necesidad de adoptar un enfoque integral y permanente en materia de educación y seguridad vial. En este contexto, la presente iniciativa legislativa deroga la Ley 58 de 22 de septiembre de 2015, con el propósito de robustecer y actualizar el marco normativo, transformando actividades de carácter voluntario en acciones de cumplimiento obligatorio, orientadas a generar un impacto real y sostenido en la conducta de los usuarios de las vías públicas. La presente iniciativa busca superar dichas limitaciones, transformando el enfoque meramente conmemorativo en un modelo integral de educación y seguridad vial, mediante la incorporación de responsabilidades institucionales definidas, acciones educativas obligatorias, campañas de sensibilización continuas y mecanismos de coordinación interinstitucional, con el fin de generar un impacto real y sostenido en la conducta de los usuarios de las vías públicas y contribuir de manera efectiva a la prevención de los siniestros viales. Propone consolidar una verdadera política pública de prevención vial, basada en la educación, la sensibilización y la formación continua, reconociendo la prevención como un eje fundamental para la protección de la vida y la integridad de las personas. Para ello, se establecen responsabilidades claras para la Autoridad del Tránsito y Transporte

Terrestre (ATTT), el Ministerio de Educación, los gobiernos locales, los centros educativos, los medios de comunicación y otros actores públicos y privados, promoviendo una actuación coordinada y corresponsable. La iniciativa impulsa el desarrollo de campañas educativas permanentes, actividades pedagógicas y acciones de sensibilización dirigidas a la ciudadanía, integrando de manera estratégica al sistema educativo y a los medios de comunicación como herramientas clave para la difusión continua de mensajes orientados a fomentar conductas responsables, el respeto a las normas de tránsito y la convivencia segura entre peatones, ciclistas, motociclistas y conductores. Asimismo, el proyecto incorpora y define conceptos técnicos esenciales en materia de seguridad vial, manejo preventivo y cultura vial, fortaleciendo la claridad jurídica y armonizando la legislación nacional con estándares y buenas prácticas internacionales. En este sentido, se alinea con los principios de la Década de Acción para la Seguridad Vial de las Naciones Unidas (2021-2030), que promueve un enfoque integral basado en la educación, la prevención y el cambio de conductas para reducir de manera significativa las muertes y lesiones por siniestros viales. La propuesta se fundamenta en experiencias comparadas de países como Alemania, Irlanda y la República Checa, que han incorporado programas de educación vial obligatoria y campañas mediáticas sistemáticas como ejes de su política de seguridad vial. De igual forma, se establecen mecanismos de planificación, seguimiento y evaluación, mediante la elaboración de planes nacionales, informes técnicos oficiales y el uso de información estadística confiable, lo que permitirá medir el impacto de las acciones implementadas y ajustar las políticas públicas de manera oportuna y eficaz. En conclusión, la presente iniciativa representa un avance significativo hacia una política pública de seguridad vial más integral, moderna y proactiva, al institucionalizar la participación de actores clave, establecer acciones educativas obligatorias y fortalecer la cultura de prevención vial, con el objetivo de reducir la siniestralidad y garantizar una movilidad segura, digna y responsable para todas las personas que transitan por las vías de la República de Panamá. Por todo lo antes expuesto presento ante esta augusta cámara, el anteproyecto de ley "QUE FOMENTA LA MOVILIDAD SEGURA, ACCESIBLE, CONFIABLE Y SOSTENIBLE, FORTALECE LA EDUCACIÓN Y LA SEGURIDAD VIAL Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES"

HD. Manuel Cheng Peñalb

Diputado de la República Panamá Circuito 13-1