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Proyecto de ley 516.

Que declara monumento histórico de la Nación el edificio de Archivo Nacional de Panamá y modifica la Ley 37 de 22 de mayo de 1966, por la cual se declaran históricos varios monumentos

Yaneline Ureña, Lilia Zurita

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

El Círculo de Arquitectas de Panamá como resultado de la actividad realizada en 2021 que comprendió la presentación del Foro Homenaje a la vida y obra del arquitecto Leonardo Villanueva Meyer, llevado a cabo del 14 de agosto de 2021 , iniciando con ciclo de charlas mensuales a través de la plataforma zoom, culminando con Exposición del mismo nombre que se realizó en las instalaciones del Archivo Nacional en el mes de noviembre de 2021. Arroja como resultado la determinación de ayudar a que se recbnozca el valor de la prolija obra del Arquitecto Villanueva y en caso concreto la obra monumental del edificio del Archivo Nacional.

a) Enunciado de valor o significación cultural

Esta estructura es la tercera obra monumental que diseña y construye el arquitecto Leonardp Villanueva, en la primera parte de la década de los años veinte del siglo xx. El edificio posee un gran valor arquitectónico que se debe conservar por su singularidad. Posee en su fachada una composición del BEAUX ART con ritmo alternado, la imagen del conjunto ,es NEOCLASICA. Sus columnas son auténticamente romanas. Según Villanueva encaja en el Mission Style. Su planta arquitectónica es simétrica con el eje central que culmina en una gran escalinata y su eje longitudinal comprende los pasillos que conducen a las oficinas, comprende una estructura de concreto armado y dos niveles. Sus paredes mantienen - n espesor de 20 cm construidas sobre un basamento que sirve de sótano el cuál, alberga hoy en día la máquina de restauración de documentos, siendo la segunda en el mundo.

Destacamos él valor intrínseco del edificio, ya que fue concebido para albergar los archivos de la gestión gubernamental, "depositando en él la prueba de nuestros derechos, la relación de todos los incidentes más palpitantes de nuestra vida pública, administrativa, política, fiscal y judicial el cual por medio de ellos, las generaciones que nos sigan puedan reconstruir nuestra vida de hoy, nuestras alegrías y tristezas, nuestros triunfos e infortunios, en suma nuestra historia toda. ti tomada de nota escrita por el presidente Belisario Porras al pie de la fotografia del edificio.

Con el mandato de resguardar el material documental de gran valor patrimonial, registro a su vez, de buena parte de la memoria histórica de la Nación, tiene como misión principal: la preservación del acervo histórico-cultural para las generaciones actuales y futuras, mediarite la conservación de documentos valiosos que dan testimonio de la actividad social, institucional de nuestra nación.

b) Sustentos legales

En base a la Ley 14 de 1982, por la cual se dictan medidas sobre custodia conservación administración por la Dirección Nacional de Patrimonio Histórico Gaceta oficial del viernes

14 de mayo de 1982 en el artículo dos en atribuciones de la dirección nacional de Patrimonio Histórico. Entre sus atribuciones está proponer a través del órgano ejecutivo, al Consejo nacional de legislación que se declaren monumentos nacionales, los inmuebles y objetos, cuya importancia y valor histórico justifique y que dispongan 10 conducente a adquisición. Así como su custodia, conservación y administración o la dirección nacional de Patrimonio Histórico.

Capítulo IV de esta Ley sobre Monumentos Históricos y Monumentos Naturales:

Artículo 37. "Podrán calificarse y declararse como monumentos nacionales las áreas o conjuntos urbanos como calles, plazas recodos, barrios, murallas fortalezas, ruinas u otros semejantes, y los lugares cuya memoria está unida a hechos importantes del proceso histórico nacional. Gaceta Oficial, jueves 29 de abril de 2004

De acuerdo al Decreto Ley No. 9 del 27 de agosto de 1997; por medio del cual se establece un régimen especial de incentivos para la re~tauración y puesta en valor del Conjunto Monumental Histórico del Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá.

Artículo 128.

La Dirección Nacional de Patrimonio Histórico del Instituto Nacional de Cultura será ·la encargada de hacer la clasificación de las edificaciones ubicadas en el Casco Antiguo de la ciudad, en base a 10 siguiente:

• Edificación de Primer Orden: aquella que sea integrante de gran valor, total en su mayor parte, por presentarse alguna de las siguientes circunstancias:

a. Ser anterior a 1850, o porque, a pesar de ser posterior a 1850, sea uno de los máximos ejemplos de la arquitectura de su época en el país.

b. Por su función, moradores o sucesos ocurridos en ella y está conservada íntegramente o en su mayor parte.

• Este tipo de edificación deberá conservarse y restaurarse íntegramente siguiendo una metodología científica, debiéndose modificar o eliminar los elementos discordantes, Desde su creación el Archivo Nacional ha tenido el mandato de resguardar el material documental de valor patrimonial y registro de la memoria histórica del país, además de la preservación del acervo histórico-cultural para las generaciones actuales y futuras.

Ámbito de Aplicación:

El Edificio de Archivos Nacionales se encuentra entre calle 31 y 32, cuyo frente da a la Avenida Perú, barrio de La Exposición, Corregimiento de Calidonia.

Área de acción: su impacto en la opinión pública y civil.

Delimitación: limitación del sitio o conjunto de edificios (descrita y en mapa georreferenciado) encuentra en el corregimiento de Calidonia, en la ciudad de Panamá. localizado en Avenida Perú frente a la sede de la Lotería Nacional de Beneficencia, entre las Establecimiento de Zonas de amortiguamiento: Dos manzanas contiguas a describir, y basándonos en:

Artículo 39 de la Ley 14 se define el alcance o la necesidad de declarar zonas de amortiguamiento considerando este hecho como sigue "La Dirección Nacional de Patrimonio Histórico deberá aprobar todo proyecto de obras que se realicen en las áreas adyacentes de un Monumento Nacional Histórico, con el fin de prevenir el deterioro o desmejoramiento del mismo.

Artículo 40

La Dirección Nacional de Monumentos deberá aprobar previamente todo proyecto ~e restauración u obra de conservación de los monumentos nacionales o históricos y velará porque tales obras no comprendan la alteración de los mismos ni desfiguren su identidad. Así mismo procurará conservar el medio ambiente propio del sitio donde se encuentre emplazado el monumento histórico

Objetivos de la ley

Proteger y conservar el edificio con la Declaratoria de Monumento Histórico Nacional definiendo los límites en los que está ubicada la zona del Monumento y normativas para preservar el edificio y su puesta en valor y el tratamiento que debe darse a las áreas aledañas que inciden en la perspectiva de la escala del monumento y en las actividades que se desarrollan en su entorno. Con esto buscaríamos sentar un precedente que involucra el urbanismo en el ámbito de hábitat y ciudad. Dicho esto, debemos recalcar que el edificio de] Archivo Nacional se encuentra en los límites del barrio La Exposición con el barrio de Calidonia destacándose cómo una de las obras que le dan identidad y carácter a la zona que se reconoce como la nueva ciudad planificada como centro urbano de la época y representativa del estilo de edificaciones desarrollaba la nueva ciudad.