Proyecto de ley 608.
Que modifica el artículo 331 del Código Penal
Eduardo Gaitán
3 de 3 artículos
| Artículo | Efecto | Texto | Acciones |
|---|---|---|---|
| Artículo 1 | modifica | Artículo 1.Se modifica el artículo 331 del Código Penal, para que quede así: Artículo 331. Al promotor, jefe o dirigente de la asociación ilícita o de la pandilla, se le aumentará la sanción hasta una tercera parte. La sanción se aumentará hasta en la mitad, cuando el promotor, jefe o dirigente capte, reclute, induzca, utilice o instrumentalice a personas menores de edad para la comisión de los delitos que constituyen el objeto de la asociación ilícita o de la pandilla. | |
| Artículo 2 | modifica | Artículo 2.La presente Ley modifica el artículo 331 del Código Penal. | |
| Artículo 3 | disposición | Artículo 3.Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación en la Gaceta Oficial | |