Proyecto de ley 487.
Ley marco integral de tecnologías financieras (FINTECH) Panamá
Ernesto Cedeño
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
En la última década, la revolución digital ha transformado los servicios financieros a nivel global. El surgimiento de las tecnologías financieras o Fintech ha abierto oportunidades sin precedentes para ampliar la inclusión financiera, generar eficiencia en los sistemas de pago, reducir costos de intermediación y atraer inversión extranjera directa en los mercados emergentes. Países de la región como México, Brasil, Colombia y Chile, así como la Unión Europea, han implementado marcos regulatorios específicos para el sector Fintech, consolidándose como polos de atracción de capital de riesgo, innovación y emprendimiento. En contraste, Panamá carece de una legislación integral que brinde certeza jurídica a los emprendedores e inversionistas, lo que genera dispersión normativa y vacíos regulatorios. Actualmente, las fintech en Panamá operan principalmente bajo avisos de operación emitidos por el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), conforme a la Ley N.O 5 de 2007, acompañados en algunos casos de la aplicación de la Ley N.O 42 de 2001 (sociedades financieras), la Ley N.O 48 de 2003 (remitentes de dinero) y las obligaciones de la Ley N.O 23 de 2015 (ALD/CFT). Sin embargo, la propia Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) y el Banco Nacional de Panamá han advertido que existen inconsistencias en la determinación de qué fintech deben ser supervisadas, así como una falta de uniformidad en los requisitos de autorización yen la cobertura de las obligaciones de prevención de blanqueo de capitales. La realidad es que muchas fintech han tenido que constituirse como sociedades financieras o remitentes de dinero, figuras que no fueron diseñadas para ellas, obligándolas a cumplir con requisitos desproporcionados para su tamaño y naturaleza. Esto genera inseguridad jurídica, limita la innovación y desalienta la inversión en el país. La evidencia reciente confirma la urgencia de este marco legal. Estudios académicos y regulatorios demuestran que entre 2020 y 2025 la población con cuenta bancaria en Panamá aumentó de 50% a 70%, el uso de servicios Fintech subió de 30% a 60%, las transacciones digitales crecieron de 40% a 75%, y el tiempo promedio de aprobación de préstamos se redujo de 7 a 3 días. Estos indicadores muestran que las soluciones Fintech mejoran la inclusión financiera, incrementan la eficiencia operativa y generan beneficios directos para la población y las empresas. Por ello, esta Ley se concibe como una Ley Marco Integral de Tecnologías Financieras (Fintech), flexible y moderna, capaz de adaptarse a la evolución tecnológica y de alinearse con las mejores prácticas internacionales. Se fundamenta en seis ejes principales:
1. Licenciamiento claro y proporcional para empresas Fintech, evitando aplicar normas diseñadas exclusivamente para la banca tradicional. 2. Protección al consumidor digital y ciberseguridad, garantizando transparencia, información clara y seguridad en las transacciones. 3. Prevención de blanqueo de capitales (AML/CFT), adaptando la Ley 23 de 2015 y los estándares internacionales a la realidad de los servicios digitales. 4. Atracción de inversión e innovación, mediante la creación de un sandbox regulatorio nacional y la implementación de incentivos para startups, inversionistas y hubs tecnológicos. 5. Educación financiera digital e inclusión social, como pilares para el desarrollo sostenible y equitativo. 6. Armonización normativa, creando un régimen especial Fintech que coordine y complemente las leyes existentes (Ley 42 de 2001, Ley 48 de 2003 y Ley 5 de 2007), eliminando duplicidades y brindando seguridad jurídica. Con este marco, Panamá se proyecta hacia la modernización de su sistema financiero, la competitividad internacional y el desarrollo sostenible del ecosistema digital, contribuyendo al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en materia de innovación, industria, inclusión y reducción de desigualdades. En conclusión, la aprobación de esta Ley permitirá que Panamá no solo regule, sino que lidere en la región la revolución de las finanzas digitales, ofreciendo un entorno seguro y atractivo para startups, inversionistas y usuarios, en línea con las recomendaciones del Banco Mundial, el BID, la OCDE y organismos internacionales, así como con la visión institucional del sistema bancario panameño. La experiencia reciente de Panamá con el desarrollo de plataformas estatales de pago digital, en el marco de programas sociales durante la pandemia, ha demostrado los riesgos de operar soluciones tecnológicas sin contratos formales claros, sin transparencia suficiente y sin un marco normativo especializado. Estos vacíos han generado cuestionamientos públicos y procesos judiciales, lo que confirma la necesidad de que cualquier iniciativa de tecnología financiera, pública o privada, cuente con reglas claras de gobernanza, rendición de cuentas y protección al consumidor.
? ~ {"-A---H.D ERNESTO CEDEÑO ALVARADO Diputado de la República de Panamá Circuito 8-4
Exposición de motivos
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