Proyecto de ley 625.
Que adiciona artículos a la Ley 364 de 6 de febrero de 2023, "que desarrolla el derecho humano a la salud mental y garantiza su cobertura nacional", y dicta otras disposiciones
Yuzaida Marín
1Artículo 1disposiciónEsta Ley tiene por objeto adicionar artículos a la Ley 364 de 2023 con el fin de queLeer +
Artículo 1.
Esta Ley tiene por objeto adicionar artículos a la Ley 364 de 2023 con el fin de que se establezcan Unidades Especializadas en Salud Mental para niños, niñas y adolescentes.
2Artículo 2adicionaSe adiciona un artículo nuevo 8-A a la Ley 364 de 2023 así:Leer +
Artículo 2.
Se adiciona un artículo nuevo 8-A a la Ley 364 de 2023 así:
Artículo 8-A. Se establecen, en las redes integradas de los servicios de salud, Unidades Especializadas en Salud Mental para Niños, Niñas y Adolescentes destinadas a brindar atención integral, continua y diferenciada a la población menor de dieciocho años que presente problemas, trastornos o situaciones de riesgo relacionadas cón la salud mental y el desarrollo psicosocial.
El Estado, a través del ministerio de Salud, promoverá la instalación progresiva de estas unidades en todas las regiones sanitarias del país, priorizando aquellas con mayor índice de riesgo y garantizando el equipo interdisciplinario necesario.
Asimismo, podrá celebrar convenios con instituciones educativas, sociales y gobiernos locales para ampliar su cobertura y alcance territorial.
3Artículo 3adicionaSe adiciona un artículo nuevo 8-B a la Ley 364 de 2023, así:Leer +
Artículo 3.
Se adiciona un artículo nuevo 8-B a la Ley 364 de 2023, así:
Artículo 8-B. Las Unidades Especializadas en Salud Mental para Niños, Niñas y Adolescentes tendrán, entre otras, las siguientes funciones:
1. Realizar la detección temprana, evaluación y diagnóstico clínico psicosocial de los trastornos mentales y del desarrollo.
2. Brindar tratamiento interdisciplinario mediante intervenciones terapéuticas, familiares y comunitarias.
3. Desarrollar programas de prevención y promoción de la salud mental en coordinación con los centros educativos y comunitarios.
4. Coordinar con las instituciones competentes del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, conforme
10 establecido en la Ley 285 de 2022.
5. Mantener registros, indicadores e informes sobre el estado de salud mental de la población infantil y adolescente, respetando la confidencialidad y protección de datos personales.
4Artículo 4disposiciónEl Estado destinará los recursos presupuestarios que sean necesarios para elLeer +
Artículo 4.
El Estado destinará los recursos presupuestarios que sean necesarios para el cumplimiento de esta Ley siguiendo las directrices señaladas en la Ley 285 de 2022.
5Artículo 5 · aparición 1 de 2adicionaEsta Ley adiciona los artículos 8-A y 8-B a la Ley 364 de 6 de febrero de 2023.Leer +
Artículo 5.
Esta Ley adiciona los artículos 8-A y 8-B a la Ley 364 de 6 de febrero de 2023.
5Artículo 5 · aparición 2 de 2disposiciónEsta Ley será reglamentada por el Órgano Ejecutivo.Leer +
Artículo 5.
Esta Ley será reglamentada por el Órgano Ejecutivo.
6Artículo 6disposiciónEsta Ley entrará a regir a los seis meses de su promulgación.Leer +
Artículo 6.
Esta Ley entrará a regir a los seis meses de su promulgación.