Proyecto de ley 625.
Que adiciona artículos a la Ley 364 de 6 de febrero de 2023, "que desarrolla el derecho humano a la salud mental y garantiza su cobertura nacional", y dicta otras disposiciones
Yuzaida Marín
Artículo 1.
Esta Ley tiene por objeto adicionar artículos a la Ley 364 de 2023 con el fin de que se establezcan Unidades Especializadas en Salud Mental para niños, niñas y adolescentes.
Artículo 2.
Se adiciona un artículo nuevo 8-A a la Ley 364 de 2023 así:
Artículo 8-A. Se establecen, en las redes integradas de los servicios de salud, Unidades Especializadas en Salud Mental para Niños, Niñas y Adolescentes destinadas a brindar atención integral, continua y diferenciada a la población menor de dieciocho años que presente problemas, trastornos o situaciones de riesgo relacionadas cón la salud mental y el desarrollo psicosocial.
El Estado, a través del ministerio de Salud, promoverá la instalación progresiva de estas unidades en todas las regiones sanitarias del país, priorizando aquellas con mayor índice de riesgo y garantizando el equipo interdisciplinario necesario.
Asimismo, podrá celebrar convenios con instituciones educativas, sociales y gobiernos locales para ampliar su cobertura y alcance territorial.
Comentar
La lectura es pública. Para participar necesitas Premier activo. Ver mi cuenta.
Artículo 3.
Se adiciona un artículo nuevo 8-B a la Ley 364 de 2023, así:
Artículo 8-B. Las Unidades Especializadas en Salud Mental para Niños, Niñas y Adolescentes tendrán, entre otras, las siguientes funciones:
1. Realizar la detección temprana, evaluación y diagnóstico clínico psicosocial de los trastornos mentales y del desarrollo.
2. Brindar tratamiento interdisciplinario mediante intervenciones terapéuticas, familiares y comunitarias.
3. Desarrollar programas de prevención y promoción de la salud mental en coordinación con los centros educativos y comunitarios.
4. Coordinar con las instituciones competentes del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, conforme
10 establecido en la Ley 285 de 2022.
5. Mantener registros, indicadores e informes sobre el estado de salud mental de la población infantil y adolescente, respetando la confidencialidad y protección de datos personales.
Artículo 4.
El Estado destinará los recursos presupuestarios que sean necesarios para el cumplimiento de esta Ley siguiendo las directrices señaladas en la Ley 285 de 2022.
Artículo 5 · aparición 1 de 2
Artículo 5.
Esta Ley adiciona los artículos 8-A y 8-B a la Ley 364 de 6 de febrero de 2023.
Artículo 5 · aparición 2 de 2
Artículo 5.
Esta Ley será reglamentada por el Órgano Ejecutivo.
Artículo 6.
Esta Ley entrará a regir a los seis meses de su promulgación.