Proyecto de ley 437.
Que modifica la Ley 58 de 1998, que establece la división político administrativa de las provincias de Coclé, Herrera, Los Santos y Veraguas
Dana Castañeda
| Artículo | Efecto | Texto | Acciones |
|---|---|---|---|
| Artículo 1 | modifica | Artículo 1.Se modifica el literal b del numeral 1 y el literal b del numeral 3 del artículo 8 de la Ley 58 de 1998, así: Artículo 8. El distrito de La Pintada se divide en siete corregimientos a saber: La Pintada (Cabecera), El Harino, El Potrero, Las Lomas, Llano Grande, Llano Norte y Piedras Gordas. La cabecera el distrito de La Pintada es el poblado de La Pintada. Los límites de los corregimientos del distrito de La Pintada son los siguientes: 1. Corregimiento La Pintada (cabecera): b. Con el corregimiento El Potrero: Desde la cima del cerro Guacamaya, en los límites con el distrito de Penonomé, línea recta noroeste al nacimiento de la quebrada Toro Bravo, aguas abajo está quebrada, hasta donde le confluye una quebrada S/N, se continua por esta última quebrada hasta su nacimiento, punto con coordenadas UTM WGS-84 E 557 603m y N 944 215m, se sigue línea recta en dirección noroeste hasta un punto con coordenadas UTM WGS-84 E 557 240m y N 944 796m en una alcantarilla, ubicada en la entrada del camino que conduce a cerro Guacamaya, desde este punto se continua en línea recta a la cima del cerro Colorado, punto con coordenadas UTM WGS-84 E 557 238m y N 945 403m , se continua hacia el noroeste por la cordillera que divide las aguas de río Potrero de las aguas de la quebrada Boquilla, pasando por el cerro San Francisco y el cerro Picacho hasta la cima de loma Potrellano; desde esta cima, línea recta noroeste a la confluencia de la quebrada Palomo con el río Potrero. 3.Corregimiento El Potrero: b. Con el corregimiento La Pintada (Cabecera): Desde la confluencia de la quebrada Palomo con el río Potrero, línea recta en dirección sureste, hasta la cima de loma Potrellano, seguimos por la divisoria de aguas que divide las aguas de la quebrada Boquilla y el río Potrero pasando por los cerros Picacho, San Francisco, hasta la cima del cerro Colorado, en un punto con coordenadas UTM WGS-84 E 557 238m y N 945 403m, se sigue con dirección sur hasta un punto con coordenadas UTM WGS-84 E 557 240m y N 944 796m, ubicado en una alcantarilla, en la entrada del camino al cerro Guacamaya, de ahí línea recta con dirección sureste al nacimiento de una quebrada S/N; punto con coordenadas UTM WGS-84 E 557 603m y N 944215m, aguas abajo está quebrada, hasta su unión con la quebrada Toro Bravo, se continua aguas arriba por esta última quebrada hasta su nacimiento, desde allí. se sigue en línea recta hasta la cima del cerro Guacamaya, punto con coordenadas UTM WGS-84 E 558 663m y N 941 04lm. | |
| Artículo 2 | modifica | Artículo 2.La presente Ley modifica el literal b del numeral 1 y el literal b del numeral 3 del artículo 8 de la Ley 58 de 1998. | |
| Artículo 3 | disposición | Artículo 3.Esta Ley comenzará a regir al día siguiente al de su promulgación. | |