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Proyecto de ley 572.

Que regula la disposición, reciclaje y valoración del aceite de cocina de uso doméstico en la República de Panamá

Patsy Lee

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

Antecedentes y Propósitos

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La gestión ambiental en Panamá ha evolucionado notablemente en los últimos años, con el desarrollo de marcos normativos como el Decreto Ejecutivo No. 270 de 15 de marzo de 2013, Que establece las normas de vigilancia sanitaria para la reutilización del aceite vegetal, en cualquier establecimiento de interés sanitario, la Ley 33 de 2018 sobre gestión integral de residuos sólidos y la Ley 276 de 2021 sobre Basura Cero. Sin embargo, aún: existen vacíos legales en la regulación de ciertos residuos de origen domiciliario que, pese a su bajo volumen individual, generan un impacto acumulativo y severo sobre el ambiente y la infraestructura pública, específicamente en las cañerías y tuberías a nivel nacional.

Uno de estos residuos es el aceite vegetal usado, principalmente el generado por el uso doméstico de aceite para cocinar. En la actualidad, la gran mayoría de los hogares panameños desechan el aceite usado a través del fregadero o la basura común, ignorando que una sola gota de aceite puede contaminar hasta mil litros de agua, obstruir sistemas de drenaje y contribuir al colapso de las plantas de tratamiento de aguas residuales, ya que al enfriarse o entrar en contacto con otras sustancias, estos se solidifican y se adhieren a las paredes internas de las tuberías. Estas prácticas se han documentado en varios distritos del país, incluyendo San Miguelito, La Chorrera y Ciudad de Panamá, donde se han reportado fallos operativos por acumulación de grasa en los sistemas de alcantarillado.

Cuando el aceite se vierte en el desagüe, este inicialmente puede fluir sin problema. Sin embargo, al entrar en contacto con otras sustancias, se solidifica y se adhiere a las paredes internas de las tuberías. Con el tiempo, esta acumulación reduce el flujo de agua, causando obstrucciones, malos olores y la proliferación de bacterias, afectando la higiene del hogar y la comunidad.

A pesar de algunas iniciativas comunitarias e institucionales orientadas a su recolección y reciclaje, como proyectos piloto impulsados por el Programa Saneamiento de Panamá y alianzas con empresas recicladoras, no existe una ley nacional que regule de manera clara y obligatoria la separación, recolección y destino final del aceite vegetal usado domiciliario. Frente a este escenario, el presente anteproyecto crea un sistema nacional exclusivamente domiciliario para la gestión integral del aceite vegetal usado, que establece la separación en origen, acopio seguro, recolección diferenciada y logística inversa, así como su valorización no alimentaria (por ejemplo, para biodiesel y jabones) y la educación ciudadana. El modelo asigna responsabilidades claras a los generadores domésticos, administraciones de PR, municipios y gestores autorizados, e incorpora un esquema de corresponsabilidad para productores, importadores y distribuidores de aceite comestible, orientado al segmento del hogar. Con ello, se busca llenar el vacío normativo y establecer una base legal uniforme, técnica y operativa que permita gestionar adecuadamente este residuo, promoviendo su valorización y evitando impactos negativos en la salud pública, el ambiente y la infraestructura del país.

II.

Beneficios

La implementación de esta Ley se traduce en impactos que generaran beneficios concretos en múltiples niveles.

Ambientales . ./ Reducción de la contaminación de fuentes de agua dulce y marinas . ./ Disminución de la obstrucción de drenajes y colapsos en sistemas de tratamiento de aguas residuales . ./ Disminución del uso de productos químicos agresivos para desatascar tuberías contaminadas por los aceites.

Sociales y Sanitarios . ./ Mejora la calidad de vida urbana al evitar malos olores, plagas y vertimientos contaminantes . ./ Disminución de enfermedades gastrointestinales y cutáneas relacionadas con la reutilización indebida del aceite.

Económicos . ./ Reducción de costos operativos en el sector público por mantenimientos de drenajes . ./ Generación de empleos y emprendimientos en el reciclaje y fabricación de subproductos como el biodiesel, jabones, velas, exfoliantes entre otros usos ./ Atracción y fomento de inversión extranjera para impulsar infraestructura y modernización tecnológica del sector, promoviendo transferencia de conocimiento, encadenamientos productivos locales y mayor competitividad en mercados internacionales. Educativos y Culturales . ./ Promoción de la cultura del reciclaje y la economía circular desde los hogares . ./ Mayor participación ciudadana en la gestión ambiental local.

III. Adecuación y desarrollo de normas constitucionales. El presente Anteproyecto es conforme y desarrolla los pnnClplOS y mandatos constitucionales de la República de Panamá, en particular: Capítulo 7° - "Régimen Ecológico" "Artículo 119. El Estado y todos los habitantes del territorio nacional tienen el deber de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la destrucción de los ecosistemas." Esta propuesta legislativa representa una estrategia ambientalmente responsable, sostenible y necesaria ante los desafíos que enfrenta Panamá en materia de gestión de re'siduos líquidos domiciliarios. La regulación de la disposición del aceite de cocina usado no solo responde al creciente problema del colapso de drenajes y contaminación de aguas, sino que también promueve la educación ambiental, el emprendimiento verde, la economía circular y la salud pública.

Este marco normativo permitirá transformar un residuo altamente contaminante en una oportunidad para la innovación, el reciclaje, la producción de energías alternativas y la generación de empleos sostenibles en las comunidades.

Por 10 anteriormente expuesto y confiando en que su implementación redundará en beneficios significativos para el ambiente, la salud colectiva, la infraestructura sanitaria, la educación ciudadana y el desarrollo sostenible del país, con el mayor de los respetos presentamos a consideración de este Honorable Pleno esta iniciativa legislativa, esperando contar con sus aportes y respaldo, y que luego de surtido el trámite legislativo y aprobado en tres debates, se convierta en Ley de la República.