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Parlamento

Anteproyecto de ley 193.

Que modifica la Ley 83 de 9 de noviembre de 2012 e impulsa la exigencia de mecanismos de verificación de identidad segura en entidades públicas y privadas.

Propuesta Ciudadana

Cuadro comparativo SeguirPendiente de prohijar
1Artículo 1modifica · adicionaSe modifica el título de la Ley 83 de 2012 así: "Que modifica y adiciona artículos a la Ley 83 de 2012, sobre el uso de medios electrónicos y digitales para los trámites gubernamentales y privados, y dicta otra disposición"Leer +

Artículo 1.

Se modifica el título de la Ley 83 de 2012 así: "Que modifica y adiciona artículos a la Ley 83 de 2012, sobre el uso de medios electrónicos y digitales para los trámites gubernamentales y privados, y dicta otra disposición"

2Artículo 2disposiciónEl artículo 3 de la Ley 83 de 2012 queda así:Leer +

Artículo 2.

El artículo 3 de la Ley 83 de 2012 queda así:

Artículo 3. Definiciones. Para los efectos de esta Ley, los siguientes términos entenderán así:

1. Verificación de Identidad: Proceso que permite autenticar la identidad de una persona sin invadir la privacidad de sus datos personales, utilizando mecanismos seguros y tecnologías de tokenización y encriptación.

2. Tokenización: Reemplazo de datos sensibles con equivalentes no sensibles (tokens) que pueden ser utilizados para verificar identidades de manera segura.

3. Encriptación: Uso de algoritmos matemáticos para proteger información sensible, asegurando que sólo personas autorizadas puedan acceder a los datos.

3Artículo 3adicionaSe adiciona el artículo 7-A a la Ley 83 de 2012, así:Leer +

Artículo 3.

Se adiciona el artículo 7-A a la Ley 83 de 2012, así:

Artículo 7-A. Exigencia de Mecanismos de Verificación de Identidad:

1. Todas las empresas privadas e instituciones públicas deberán implementar mecanismos de verificación de identidad que cumplan con los estándares de seguridad y privacidad similares a los establecidos por el Instituto Nacional de Estándares y Tecnología (NIST) y el Estándar de Procesamiento de Información Federal (FIPS), específicamente:

a. NIST SP 800-63: Pautas para la identidad digital.

b. FIPS 140-2: Requisitos de seguridad criptográfica.

c. FIPS 201-2: Requisitos de verificación de identidad personal (PIV).

2. Evitar el uso y almacenamiento de datos biométricos sensibles, para asegurar la privacidad del usuario.

3. Las entidades deben utilizar tecnologías de tokenización y encriptación para proteger los datos personales durante el proceso de verificación.

4Artículo 4adicionaSe adiciona el artículo 7-B a la Ley 83 de 2012, así:Leer +

Artículo 4.

Se adiciona el artículo 7-B a la Ley 83 de 2012, así:

Artículo 7-B. Mecanismo de Supervisión: 1. El Tribunal Electoral, en coordinación con la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AlG) y la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAl), serán responsables de supervisar y certificar que los mecanismos de verificación de identidad implementades por las entidades cumplan con los estándares de seguridad y privacidad.

2. Las entidades deberán suscribir contratos o convenios y acuerdos de uso y confidencialidad de la información con el Tribunal Electoral para la validación de identidades.

5Artículo 5adicionaSe adiciona el artículo 7-C a la Ley 83 de 2012, así:Leer +

Artículo 5.

Se adiciona el artículo 7-C a la Ley 83 de 2012, así:

Artículo 7-C. Derechos de los Ciudadanos: 1. Acceder a un historial de todas las solicitudes de verificación de identidad realizadas por entidades públicas y privadas.

2. Acceder a un portal de usuario, proporcionado por las entidades correspondientes, donde los ciudadanos puedan ver y gestionar las solicitudes de verificación de identidad, garantizando la transparencia y control sobre sus datos.

6Artículo 6disposiciónEl artículo 9 de la Ley 83 de 2012 queda así:Leer +

Artículo 6.

El artículo 9 de la Ley 83 de 2012 queda así:

Artículo 9. Intercambio digital o electrónico de datos. El Tribunal Electoral y la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental definirán los estándares técnicos de documentación que se requieran para la verificación de . identidad, asegurando la seguridad del entorno de comunicaciones y la protección de los datos que se transmitan.

7Artículo 7disposiciónEl artículo 14 de la Ley 83 de 2012 queda así:Leer +

Artículo 7.

El artículo 14 de la Ley 83 de 2012 queda así:

Artículo 14. Interoperabilidad de los sistemas de información. Las entidades públicas utilizarán las tecnologías de la información en sus relaciones con las demás entidades y con los usuarios, aplicando el uso de una plataforma de verificación de identidad digital segura que cumpla con estándares similares a los de NIST y FIPS, garantizando un alto nivel de seguridad y protección de los datos.

8Artículo 8disposiciónEsta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.Leer +

Artículo 8.

Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.