Anteproyecto de ley 193.
Que modifica la Ley 83 de 9 de noviembre de 2012 e impulsa la exigencia de mecanismos de verificación de identidad segura en entidades públicas y privadas.
Propuesta Ciudadana
| Artículo | Efecto | Texto | Acciones |
|---|---|---|---|
| Artículo 1 | modifica · adiciona | Artículo 1.Se modifica el título de la Ley 83 de 2012 así: "Que modifica y adiciona artículos a la Ley 83 de 2012, sobre el uso de medios electrónicos y digitales para los trámites gubernamentales y privados, y dicta otra disposición" | |
| Artículo 2 | disposición | Artículo 2.El artículo 3 de la Ley 83 de 2012 queda así: **Artículo 3.** _Definiciones._ Para los efectos de esta Ley, los siguientes términos entenderán así: 1. Verificación de Identidad: Proceso que permite autenticar la identidad de una persona sin invadir la privacidad de sus datos personales, utilizando mecanismos seguros y tecnologías de tokenización y encriptación. 2. Tokenización: Reemplazo de datos sensibles con equivalentes no sensibles (tokens) que pueden ser utilizados para verificar identidades de manera segura. 3. Encriptación: Uso de algoritmos matemáticos para proteger información sensible, asegurando que sólo personas autorizadas puedan acceder a los datos. | |
| Artículo 3 | adiciona | Artículo 3.Se adiciona el artículo 7-A a la Ley 83 de 2012, así: **Artículo 7-A.** Exigencia de Mecanismos de Verificación de Identidad: 1. Todas las empresas privadas e instituciones públicas deberán implementar mecanismos de verificación de identidad que cumplan con los estándares de seguridad y privacidad similares a los establecidos por el Instituto Nacional de Estándares y Tecnología (NIST) y el Estándar de Procesamiento de Información Federal (FIPS), específicamente: a. NIST SP 800-63: Pautas para la identidad digital. b. FIPS 140-2: Requisitos de seguridad criptográfica. c. FIPS 201-2: Requisitos de verificación de identidad personal (PIV). 2. Evitar el uso y almacenamiento de datos biométricos sensibles, para asegurar la privacidad del usuario. 3. Las entidades deben utilizar tecnologías de tokenización y encriptación para proteger los datos personales durante el proceso de verificación. | |
| Artículo 4 | adiciona | Artículo 4.Se adiciona el artículo 7-B a la Ley 83 de 2012, así: **Artículo 7-B.** _Mecanismo de Supervisión: 1._ El Tribunal Electoral, en coordinación con la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AlG) y la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAl), serán responsables de supervisar y certificar que los mecanismos de verificación de identidad implementades por las entidades cumplan con los estándares de seguridad y privacidad. 2. Las entidades deberán suscribir contratos o convenios y acuerdos de uso y confidencialidad de la información con el Tribunal Electoral para la validación de identidades. | |
| Artículo 5 | adiciona | Artículo 5.Se adiciona el artículo 7-C a la Ley 83 de 2012, así: **Artículo 7-C.** _Derechos de los Ciudadanos: 1._ Acceder a un historial de todas las solicitudes de verificación de identidad realizadas por entidades públicas y privadas. 2. Acceder a un portal de usuario, proporcionado por las entidades correspondientes, donde los ciudadanos puedan ver y gestionar las solicitudes de verificación de identidad, garantizando la transparencia y control sobre sus datos. | |
| Artículo 6 | disposición | Artículo 6.El artículo 9 de la Ley 83 de 2012 queda así: **Artículo 9.** Intercambio digital o electrónico de datos. El Tribunal Electoral y la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental definirán los estándares técnicos de documentación que se requieran para la verificación de . identidad, asegurando la seguridad del entorno de comunicaciones y la protección de los datos que se transmitan. | |
| Artículo 7 | disposición | Artículo 7.El artículo 14 de la Ley 83 de 2012 queda así: **Artículo 14.** Interoperabilidad de los sistemas de información. Las entidades públicas utilizarán las tecnologías de la información en sus relaciones con las demás entidades y con los usuarios, aplicando el uso de una plataforma de verificación de identidad digital segura que cumpla con estándares similares a los de NIST y FIPS, garantizando un alto nivel de seguridad y protección de los datos. | |
| Artículo 8 | disposición | Artículo 8.Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. | |