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Proyecto de ley 425.

Que modifica la Ley 134 del 31 de diciembre 2013, que establece equiparación económica para las personas con discapacidad

Orlando Carrasquilla

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

En nuestro país, miles de ciudadanos con necesidades especiales enfrentan barreras estructurales que limitan su acceso a la educación, la capacitación, y en consecuencia a un empleo digno. A pesar de los avances normativos, persiste una brecha significativa entre el potencial de estas personas y las oportunidades reales que se les ofrecen. Este anteproyecto de ley propone aumentar algunos descuentos y conceder otros significativos en programas de estudio, cursos, seminarios, talleres de capacitación y educativos, públicos y privados, de nivel básico, medio, superior y post universitario a personas con necesidades especiales con el objetivo de empoderar a estas personas mediante la educación, brindándoles herramientas para competir en igualdad de condiciones e incentivar a las empresas públicas y privadas a contratarlas, reconociendo el valor de una fuerza laboral diversa y capacitada. Esta iniciativa no representa un gasto, sino una inversión en talento, dignidad y equidad. Favorecer la inserción y permanencia de las personas con necesidades especiales en el mercado laboral, tanto en el ámbito público como privado, es una obligación ética y legal del Estado. Esta propuesta de ley mantiene un enfoque de derechos humanos, igualdad de oportunidades y justicia económica. No basta con fomentar la contratación de personas con necesidades especiales mediante incentivos fiscales o cuotas de inclusión laboral. Es imprescindible dotarles de las herramientas necesarias para competir en igualdad de condiciones, yeso comienza por el acceso efectivo, asequible, permanente y equiparado a la educación y capacitación profesional.

Pafacio Justo )!rosemena - CóáÍfJo Postar 0815-0 1-265 - Panamá, <R.§pú6Eica áe Panamá

Las personas con necesidades especiales no son sujetos de asistencia: son ciudadanos con derechos, talentos y aspiraciones que merecen ser reconocidos y respaldados. Es mandatorio considerar que hoy las principales universidades oficiales del país, Universidad de Panamá y Universidad Tecnológica, conceden descuentos de hasta el cincuenta por ciento (50%) e incluso exoneraciones totales en ciertos casos, previa evaluación socio económica de las personas con necesidades especiales. Por otro lado, los jubilados y pensionados de nuestro país, qUIenes gozan de ciertos descuentos y tarifas especiales poseen un descuento del veinte por ciento (20%) para la adquisición de prótesis, aparatos y accesorios de ayuda, el cual es mayor al concedido a las personas con necesidades especiales; lo cual por justicia debe ser equiparado y otorgado en igualdad de condiciones a las personas con necesidades especiales. Por las consideraciones expuestas sometemos ante esta augusta cámara el presente anteproyecto de ley con la finalidad de equiparar oportunidades y facilitar el acceso a los programas educativos en todos los niveles a las personas con necesidades especiales; propiciar la inclusión laboral pues al mejorar su perfil profesional, aumentan sus oportunidades de ser contratados, se contribuye al desarrollo económico y social del país, al ejercer plenamente sus derechos a la educación, el trabajo yana vida digna, independiente y productiva.

Diputado e la República Circuito 2-2