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Anteproyecto de ley 173.

Que crea el hogar "razón de vivir" para adultos mayores, el cual estará ubicado en la provincia de Colón y dicta otras disposiciones.

Víctor Castillo

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Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

La Constitución Política de Panamá reconoce la protección a la familia, como unidad esencial de la sociedad. Bajo ese marco normativo, en el numeral 3 del artículo 63 de dicha excerta legal, se referencia la obligación del Estado de velar por la protección de los ancianos.

Desde esa misma óptica, Panamá es signataria de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, la cual fue insertada a la legislación nacional, a partir de la Ley 36 de 2 de agosto de 2016, la cual fue modificada posteriormente, a través de la Ley 149 de 24 de ~bril de 2020, que introduce disposiciones sobre la penalización al maltrato de personas de edad avanzada. De igual forma, mediante la reciente Ley 431 de 25 de abril de 2024, se crea el Sistema Nacional de Cuidados, que regula el derecho de cuido a esa población vulnerable de la sociedad, nuestros adultos mayores.

En ese contexto, y siendo un compromiso del Estado panameño, velar por el cuidado y atención integral de nuestros adultos mayores priorizando su bienestar físico, seguridad y protección, con el objetivo de ampliar la esperanza de vida saludable y la calidad de vida de los mismos, presentamos a su consideración este Anteproyecto de Ley que "Que crea el Hogar RAZÓN DE VIVIR para adultos mayores, el cual estará ubicado en la provincia de Colón y dicta otras disposiciones", como una respuesta concreta de brindarle atención efectiva tal como lo exigen nuestra normativa interna y convenios internacionales, a esa parte importante de nuestra población, a la que en última instancia todos llegaremos, y conocida como la edad dorada, bajo la consigna del respeto y salvaguarda de sus derechos humanos.

De acuerdo con investigaciones realizadas, nuestro país mantiene cerca de 72 asilos de ancianos, de los cuales, su inmensa mayoría se encuentran en la provincia de Panamá, contando incluso con albergues que son estatales, regentados por el Ministerio de Desarrollo Social, como dependencia del Órgano Ejecutivo y por el Municipio de Panamá. De igual manera, esta labor la vienen realizando entidades privadas y organizaciones sin fines de lucro.

La provincia de Colón, con una población superior a los 17 mil adultos mayores, según estadísticas del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INEC año 2022), entendiendo el término como aquella persona mayor de los 60 años, cuenta con cerca de tres hogares privados para la atención de los adultos mayores, los cuales cumplen una importante labor social, porque representan una alternativa real para aquellos ancianos que por diferentes razones no tienen un lugar donde vivir. , .

Pese a lo anterior, hay una población que no tiene acceso a esos albergues permanentes, sea por la imposibilidad física y económica de las entidades para recibirlos, por ausencia de recursos para su ingreso y en general por motivos de toda índole, lo que imposibilita que un grupo importante de la población cuente con una alternativa que no solo priorice un buen trato hacia ese anciano, que merece una vejez digna, sino que además debe procurarse que la familia cuente con una opción segura y confiable que mantenga el contacto pleno, en aras de dar una buena ancianidad.

Confiamos que este Anteproyecto de Ley, sea una esperanza y a la vez una solución para aquellas familias que no pueden ingresar a sus seres queridos a un hogar privado, ya que esta decisión por demás difícil debe ir acompañada de una real garantía de que el lugar en donde esa persona estará sus últimos días, le permita una calidad de vida que incluso alargue su estadía en este mundo. Cuidado y atención, una Razón para vivir ..