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Proyecto de ley 461.

Que modifica artículos de la Ley 51 de 2017, que regula el transporte de carga por carretera

Rogelio Revello

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

El transporte de carga por carretera constituye un componente esencial para el desarrollo económico y logístico de la República de Panamá, toda vez que permite el abastecimiento de bienes, mercancías e insumos tanto a nivel nacional como internacional, aprovechando nuestra posición geográfica estratégica, no obstante, el incremento sostenido de operaciones de transporte terrestre, así como el ingreso de vehículos de matrícula extranjera, demanda del Estado la adopción de medidas que garanticen la seguridad vial, la protección ambiental y el cumplimiento efectivo de la normativa vigente en materia de tránsito, transporte y aduanas.

En ese sentido, la presente iniciativa, propone la incorporación de dos disposiciones que refuerzan el control del ingreso, permanencia y salida de vehículos de transporte de carga en territorio panameño, y establecen criterios técnicos para la importación de vehículos destinados a dicha actividad.

Estableciendo las condiciones y requisitos que deben cumplir los vehículos de transporte de carga con matrícula extranjera al ingresar y salir del país, limitando su circulación a los puestos, rutas y horarios oficialmente habilitados. De igual forma, dispone que las autoridades competentes verifiquen el cumplimiento de las obligaciones pecuniarias derivadas de infracciones de tránsito, daños causados o procesos pendientes por accidentes de tránsito antes de autorizar su ingreso o salida, buscando garantizar el respeto de las normas de tránsito nacionales, evitar la impunidad de infracciones cometidas por conductores y propietarios de vehículos foráneos y proteger los derechos de las personas afectadas por accidentes o daños en el territorio nacional. Asimismo, se establece una coordinación interinstitucional encabezada por el Ministerio de Seguridad Pública y el Servicio Nacional de Migración para asegurar la transmisión oportuna de la información relevante, evitando así que los procedimientos sancionatorios queden sin efecto por omisiones administrativas.

Adicional la regulación sobre la importación de vehículos destinados al servicio de transporte de carga por carretera, disposiciones que responde a la necesidad de garantizar que los vehículos que ingresen al país cumplan con estándares mínimos de seguridad estructural y tecnológica, reduciendo el riesgo de accidentes viales y promoviendo una flota vehicular más moderna y eficiente. Adicionalmente, se refuerza como requisito obligatorio que todos los vehículos importados para este fin, sin importar su año de fabricación o país de procedencia, acrediten las certificaciones de emisiones de gases contaminantes, en concordancia con los compromisos de normas ambientales nacionales e internacionales asumidos por Panamá.

Buscando fortalecer el control fronterizo, promover la seguridad vial, proteger los derechos de los usuarios de las vías panameñas, contribuir a la reducción de accidentes de tránsito y mejorar las condiciones ambientales mediante el control de emisiones contaminantes, en armonía con el interés público y el bienestar de la población.